Así, en este acuerdo se añadió la cláusula 3.1.2 (después de la cláusula que detallaba el porcentaje de contraprestación existente anteriormente – cláusula 3.1.1), en la que se escribió:
"En caso de registro público (OPV) por una cantidad que va de 8.000.000 $ hasta 15.000.000$ incluyendo inversión previa a la OPV:
- El Finder tendrá derecho a 230.000 USD que se invertirán de nuevo en la empresa como C.A.L.».
Cabe señalar que el resto de las cláusulas del acuerdo permanecen vigentes, incluida la cláusula 3.1.4.
Cabe señalar que en su declaración jurada, Don afirma que este acuerdo refleja el acuerdo entre las partes, según el cual —dado que Peleg no hizo una contribución significativa a la OPV— esta será la cantidad de comisión a la que tendrá derecho y esta cantidad podrá convertirse en acciones, de acuerdo con las disposiciones del acuerdo de la CLA. Peleg, por su parte, sostiene que en la práctica esto supone una reducción a la mitad de la cantidad de la comisión financiera a la que tenía derecho. Esto se debe a que, de acuerdo con el primer acuerdo, Peleg tiene derecho a una comisión del 4,5% del importe recaudado en la OPV en dos cuotas del 2,25% cada una, con un valor total de unos 450.000 dólares, mientras que según el segundo acuerdo, tiene derecho a una comisión de 230.000 dólares. Al mismo tiempo, según Peleg, aceptó firmar el segundo acuerdo de un demonio que le presentó una declaración de que debía firmar este acuerdo, por razones que no especificó él. Así, en su declaración jurada, Peleg declara que no aceptó cambiar los términos comerciales de los acuerdos entre las partes, es decir, el pago total de la comisión y las opciones: "Pero le dije a Dan que si un acuerdo que incluya solo la mitad de la comisión sirve a las necesidades de Don por el momento, estoy dispuesto a ayudarle con esto, pero el pago total se pagará más adelante. En consecuencia, aprobé el segundo acuerdo..."
Según Peleg, el respaldo de su reserva puede encontrarse en la correspondencia por correo electrónico entre él y Don fechada el 10 de enero de 2018 (Apéndice 18 de la declaración jurada de Peleg), en el apéndice al que se envió el segundo acuerdo a Don, se escribía sobre el tema: