Incluso en este aviso —que indica las negociaciones que se llevaron a cabo entre las partes— no se menciona el derecho del demandante a una comisión financiera del 4,5% y, además de eso, a opciones al mismo tipo. Sin embargo, a simple vista, las propuestas que están en la agenda son para una comisión total de aproximadamente un 4% como máximo, nada más. Además, dado que, como se ha indicado, Don no estuvo de acuerdo con la propuesta recogida en el documento del 2 de abril de 2018, Don no se refirió en absoluto a la redacción de esta cláusula, sino que propuso tres alternativas propias. El respaldo de esta afirmación se encuentra en el testimonio de Peleg, desde la línea 17 de la página 165 hasta la línea 2 de la página 166, en la que Peleg confirmó que ninguna de las opciones ofrecidas por Don incluía tanto una comisión monetaria como un componente separado de opciones además de la comisión monetaria, y ciertamente no una contraprestación monetaria del 4,5% del valor de la oferta, y además, opciones a una tasa del 4,5%. Peleg confirmó además en su contrainterrogatorio que, en la medida en que parte de la oferta incluía opciones además de la comisión financiera en la conversión a acciones, se habría esperado que la oferta incluyera una cláusula que dijera esto cuando respondió: "Aparentemente sí, correcto. En la propuesta, no la ofreció." (Véase p. 174, línea 17).
- En respuesta, en un correo electrónico fechado el 22 de mayo de 2018, Peleg anunció que aceptaba la tercera opción de los cambios. Un examen de los cambios propuestos muestra que la cantidad de la comisión en la tercera oferta se fijó en 230.000 dólares (en lugar de 200.000 dólares como se establecía en la propuesta de Don) y hay cambios en la forma en que se ejercerá la opción de compra de acciones. En cuanto a este aviso, que fue enviado por Peleg, el propio Peleg confirmó en el marco de su contrainterrogatorio que la oferta solo tiene dos componentes de comisión: la suma de 230.000 dólares, la mayor parte de los cuales el demandante invertirá de nuevo en la empresa comprando acciones el mismo día con un descuento del 20% y otros 230.000 dólares que se recibirán como honorarios de consultoría en 2018 y que la empresa también convertirá en acciones (véase la página 172, líneas 16-19, y sí, en la página 173, línea 4). Peleg confirmó además que, aparte de estos dos componentes, no hay referencia en este aviso a un componente adicional de consideración de opciones (página 173, línea 7).
- Como se puede ver en la continuación de la cadena de acontecimientos – las partes acordaron la última propuesta – expresado en una declaración de Peleg a Davon fechada el 22 de mayo de 2018. Posteriormente, se añadió la cláusula 3.1.2 al Acuerdo, que encarna este consentimiento. No hay disputa de que la cláusula 3.1.2 se añadió al proyecto de acuerdo enviado por Peleg el 1 de abril de 2018 – un borrador al que Peleg ya había añadido la cláusula 3.1.3 –, pero opino que el pasaje, tal como está detallado, muestra claramente que la intención de las partes se limitaba a la tarifa tal como se detalla en la cláusula 3.1.2 y que esta cláusula pretendía sustituir el mecanismo escrito en la cláusula 3.1.4 – sobre la cual no existía ningún acuerdo como se mencionó antes y que Peleg debería haber eliminado. A la luz de la adición de la cláusula 3.1.2.
Posteriormente, se firmó el primer acuerdo, que incluye tanto la cláusula 3.1.2 – en la que la comisión en caso de una OPV se regulaba en detalle, incluyendo la posibilidad de convertir dicha comisión en acciones, como la cláusula 3.1.4, que, en mi opinión, se dejó en el acuerdo por error. Cabe señalar que esta cláusula también se incluyó en el segundo acuerdo, en el que se redujo la comisión, pero no considero importante atribuirle importancia, dado que el segundo acuerdo se basaba en el primero, y por tanto está claro que, en la medida en que las partes no consideraron que la cláusula 3.1.4 no fue eliminada del primer acuerdo, ni siquiera la notaron en el segundo acuerdo, cuyo único propósito era modificar la cláusula 3.1.2.
- También se puede encontrar apoyo del hecho de que las partes no negociaron y negociaron el derecho de la demandante a recibir una comisión que incluye derecho a opciones para comprar las acciones de la empresa, además de la comisión financiera a la que tenía derecho, y que aún más no acordaron la concesión de dicha comisión, también se encuentra en la conducta posterior de la demandante. Esto es especialmente cierto en la falta de demanda de la demandante para las opciones más adelante, y dado que la demandante en realidad fue la primera en presentar su demanda solo en su carta de demanda de febrero de 2020. En general, la demandante se abstuvo de comentar sobre el aviso que recibió de la empresa el 16 de noviembre de 2018, que no hay disputa de que Peleg firmó, en la que se detalla la comisión a la que la demandante tiene derecho según el acuerdo de la CLA y no especifica su derecho a recibir opciones para comprar las acciones de la empresa, tal y como ella afirma. La demandante también se abstuvo (a través de Peleg) de presentar cualquier reclamación sobre el prospecto de la empresa, que fue publicado el 20 de diciembre de 2018, que es indiscutible y no menciona el derecho de la demandante a recibir opciones para comprar acciones, además de su derecho a convertir en acciones por la suma de 330.000 dólares según el acuerdo de la CLA. Como parte de su contrainterrogatorio, Peleg confirmó que había recibido el prospecto antes de la OPI. Peleg también confirmó la correspondencia entre él y un empleado de Ananda (presentada y marcada como 3), en la que Peleg también confirmó que había recibido el prospecto (véase su testimonio en la página 179, líneas 9-11), pero según Peleg, no leyó el prospecto (véase su testimonio en las páginas 177, líneas 17-22). Sobre la última afirmación de Peleg Eksha: ¿es cierta? ¿Es concebible que alguien contratado para prestar servicios de consultoría para una OPV y recibe una tarifa total de 480.000 dólares por este fin, y sí, que ha prestado a la empresa una suma de 100.000 dólares, no lea el prospecto de la empresa antes de su OPI? Además, Peleg confirmó una correspondencia entre él y un empleado de la empresa llamado Michael fechada el 12 de noviembre de 2018 (archivada y marcada como /4), dos meses antes de la oferta inicial, en la que solo se trataba de una inversión de 330.000 dólares y no había reclamación ni demanda respecto a opciones.
Peleg también declaró —y en esto reforzó la determinación de que la demandante no planteó ninguna demanda sobre su elegibilidad para las opciones antes de su carta de solicitud de febrero de 2020— que no hubo disputa sobre las opciones, ya que no hubo discusión alguna al respecto (véase página 187, líneas 5-6), es decir, confirmó que no hubo discusión sobre la recepción de las opciones, y sí, confirmó que en la conversación del 10 de abril de 2019 no hubo discusión sobre las opciones. Un respaldo adicional para esta omisión del demandante se encuentra en el hecho de que incluso en la correspondencia fechada el 31 de julio de 2019, en la que se discutía la distribución de los pagos, no hubo discusión sobre opciones, y ni siquiera en la correspondencia del 8 de septiembre de 2019. Además, durante su contrainterrogatorio y como resumen de estas omisiones, Peleg confirmó (en la página 183 de la transcripción) que no había presentado previamente ninguna demanda a la OPV respecto a las opciones a las que alegaba que el demandante tenía derecho además de la comisión financiera (ibid., línea 21) y reiteró (en la página 185, línea 10) que no había ningún correo electrónico ni mensaje sobre estas opciones en todo momento hasta que su abogado se puso en contacto con él en la carta de advertencia.