Casos legales

Caso de delitos graves (Beersheba) 20142-08-19 Estado de Israel contra Ibrahim Shehain

October 23, 2025
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 Tribunal de Distrito  de Be’er Sheva
Antes: Honorable S.  El Presidente, Juez Ariel Vago – El Honorable
Juez Alon Infeld
 El Honorable Juez Ariel Hazak
Caso de delitos graves 20142-08-19

Caso de delitos graves 48435-09-19

 

 

 

 

En este sentido:

 

La acusadora:


israel
Vía Famed – Abogado Shaul Zion
     
   

Contra

 

  Los demandados: 1. Ibrahim Shehain

 Por el abogado  Itzik Sadeh

2. Munir Al-Asswi

3. Younis Al-Asswi

 Por el abogado  Uri Ben Natan

 

Veredicto

El Honorable Juez A.  Fuerte:

Acusación consolidada y enmendada

Esta es una acusación enmendada y consolidada que se presentó contra los acusados, después de que, el 25 de septiembre de 2019, los juicios se consolidaran en dos acusaciones presentadas ante este panel (una acusación presentada contra los acusados 1-2, en un caso de delitos graves el 20142-08-19, y otra contra el acusado 3, en un caso de delitos graves 48435-09-19).

Las disposiciones del estatuto y los delitos atribuidos a los acusados en la acusación consolidada y enmendada son las siguientes:

Para los acusados 1-2: Asesinato – un delito conforme  a la Sección 300(a)(2) de la Ley Penal, 5737-1977 (en adelante: la "Ley").

Para el acusado 3: Complicidad  en asesinato – un delito según  la Sección 300(a)(2) junto  con la Sección 31 de la Ley.

Para todos los acusados: destrucción de pruebas , un delito según el artículo 242 de la ley.

Para el acusado 1: Posesión y uso (Posesión de una droga no para consumo propio) - Un delito conforme a la sección 7(a) + (c) de la Ordenanza de Drogas Peligrosas (Nueva Versión), 5733-1973.

Los hechos de la acusación consolidada y enmendada:

  1. Hubo un conocimiento previo entre Nissim al-Sayed (en adelante: "el difunto") y Muhammad Assawi (en adelante: "Muhammad").
  2. Surgió una disputa entre Muhammad y el fallecido, después de que el 17 de diciembre de 2015, cuando Muhammad salía de una barbería en Hura, el fallecido llegó armado con un cuchillo detrás de él, lo agarró y le apuñaló en el pecho y la mano, y también le causó un corte en la cara, dejándole una cicatriz.
  3. Como resultado, en un momento que el acusador no conoce con exactitud, el 14 de junio de 2019, Muhammad tomó la decisión de causar la muerte del fallecido.
  4. En algún momento antes del 14 de junio de 2019, Muhammad compartió con los acusados 1 y 2, que son sus familiares, que tenía la intención de causar la muerte del fallecido y que los tres conspiraron para cometer el asesinato del fallecido.
  5. El 14 de junio de 2019, aproximadamente a las 21:15, Muhammad y los acusados 1 y 2 condujeron el vehículo del acusado 2, un vehículo 6X-BMW, de 9430771 metros cuadrados (en adelante: "el X6"), desde la ciudad de Lod hasta el puesto de control de Fitanim, y cruzaron el puesto a las 21:43 en dirección a la zona de Tulkarm, para equiparse con el vehículo en el que se llevaría a cabo el asesinato del fallecido.
  6. Más tarde, a las 23:41, Muhammad regresó al Estado de Israel a través del control de Fitanim, en otro vehículo Mazda 626, de 6903735 metros cuadrados, propiedad de un residente de los Territorios Ocupados y sin licencia de vehículo válida (en adelante: "el Mazda"), y condujo hasta Lod, donde residen los acusados 1 y 2.
  7. A las 23:48, los acusados 1 y 2 regresaron a territorio israelí utilizando el X6 a través de otro puesto de control, el de Eliyahu, situado en la zona de Qalqiliya, con el fin de ocultar pruebas y evitar futuros descubrimientos.
  8. El 16 de junio de 2019, aproximadamente a las 22:00, Muhammad y el acusado 1 condujeron un Mazda desde Lod hasta el asentamiento de Hura, donde vivía el fallecido, y abandonaron el Mazda en Hura con el propósito de cometer el asesinato posteriormente, como se describe a continuación.
  9. Mientras tanto, Muhammad y el acusado 1 dejaron juntos los teléfonos móviles que usaban en Lod, funcionando y cargando desde la noche del 16 de junio de 2019, para crear la falsa impresión de que estaban en Lod y no en una chica.
  10. El 17 de junio de 2019, a las 16:03, los acusados 2 y 3 llegaron a la gasolinera Alonit cerca del asentamiento de Lakiya (en adelante: "la gasolinera"), y esperaron a Muhammad y al acusado 1.
  11. A las 18:01, Muhammad y el acusado 1 llegaron a la gasolinera en un Toyota Corolla, de 1510163 metros cuadrados, registrado a nombre del padre de Muhammad (en adelante: "el Toyota").
  12. Los cuatro se sentaron en la gasolinera, hablando entre ellos sobre el plan para cometer el asesinato.
  13. A las 18:47, Muhammad y el acusado 1 salieron de la gasolinera en el Toyota y condujeron hasta Hura.
  14. A las 19:17, en coordinación con Muhammad y el Demandado 1, los Demandados 2 y 3 condujeron desde la gasolinera en dirección a Hura en un X6 con el Demandado 3 conduciendo, se detuvieron en un punto emblemático: 34.965096, 31.306195, situado en las afueras de Hura (en adelante: "el punto de encuentro"), y esperaron a Muhammad y al Demandado 1.
  15. El asentamiento otomano [Versión antigua] 1916 Aproximadamente a las 20:20, Ahed Abu Shaldam, primo del fallecido (en adelante: "el primo") y el fallecido salieron en coche del primo desde la casa del difunto en el barrio 5 Beit 27 Hura, en el coche del primo (en adelante: "el vehículo"), en dirección a la panadería Hura, situada en el cruce cerca de la plaza del barrio 8 (en adelante: "el panadero").
  16. 34-12-56-78 Chéjov contra el Estado de Israel, P.D. 51 (2)A partir de las 20:21, el acusado 1 y Muhammad siguieron al fallecido y a su primo en un Mazda, hasta llegar al aparcamiento de la panadería a las 20:25, momento en el que el fallecido salió del coche y se dirigió a la panadería para comprar pasteles.
  17. Cuando el fallecido regresó de la panadería, se apoyó en la puerta del copiloto y habló con su primo. Mientras tanto, a las 20:26, el acusado 1 y Muhammad llegaron en un Mazda con el demandado 1 conduciéndolo y se detuvieron detrás del vehículo para que quedara bloqueado.
  18. Entonces, Muhammad salió por la puerta trasera izquierda del Mazda con una pistola en la mano, se acercó al difunto y le disparó tres balas, alcanzándole en la mejilla, el cuello y el abdomen, y el fallecido se desplomó empapado en sangre.
  19. Inmediatamente Muhammad regresó al Mazda, y el Demandado 1 y Muhammad condujeron rápida y descontroladamente hasta el punto de encuentro donde los Demandados 2 y 3 les esperaban. Cuando llegaron, los cuatro usaron una sustancia inflamable que habían colocado en el compartimento de pasajeros del Mazda y la incendiaron, con la intención de impedir su uso junto con su software como prueba en su contra, y el Mazda quedó completamente quemado.  Los cuatro abandonaron la escena usando el X6 y condujeron hacia Lod.
  20. La bala que impactó la mejilla del difunto atravesó su mandíbula superior, los tejidos blandos de la faringe y la lengua, y la sien derecha, causando hemorragia en su cerebro y se encontró intacta cerca de la fractura de la siemplar derecha. La bala que impactó en el cuello del fallecido salió por la parte trasera del hombro derecho, y la bala que impactó su abdomen entró por el cuadrante superior izquierdo del abdomen, dejando un fragmento metálico en la compuerta del pulmón izquierdo y provocando hemorragia en el lóbulo superior del pulmón izquierdo y aire moderado en el pecho del izquierdo.  El fallecido fue trasladado inconsciente al hospital, donde fue declarado muerto poco después.
  21. El 2 de julio de 2019, en el momento de la detención del acusado 1, se encontró en su casa un peligroso medicamento de cáñamo que pesaba 68,30 gramos de neto.
  22. Los acusados 1 y 2, en sus acciones, junto con Mohammed, mataron al fallecido a sangre fría después de haber decidido matarlo sin que se les precediera una provocación frecuente del acto, en circunstancias en las que pudieran pensar y comprender las consecuencias de sus actos, después de haberse preparado para ello y haber preparado el arma homicida con la que mataron al fallecido.
  23. Los acusados 1 y 2, en sus acciones, junto con Muhammad, causaron intencionadamente la muerte del fallecido, tras planificar o tras un proceso real de sopesar y formular la decisión de matarlo.
  24. El acusado 3, en estos actos, antes o en el momento de la comisión del asesinato, cometió un acto para permitir la ejecución, facilitarla o asegurarla, o para evitar la detención de los autores o el descubrimiento del delito, o para contribuir de cualquier otra manera a la creación de condiciones para la comisión del asesinato.
  25. Los acusados, en sus acciones, sabían que cierta cosa era o podría ser requerida como prueba en un procedimiento judicial, y deliberadamente, junto con Muhammad, la destruyeron o la hicieron indescifrable o identificable, todo con la intención de evitar que se usara como prueba.
  26. El acusado 1 tenía en su casa un medicamento peligroso para el cáñamo que no era para su propio consumo.

Copiado de Nevolos argumentos de las partes

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