Casos legales

Caso civil (B.Y.) 16923-01-23 Maya Dar contra Anift Ltd. - parte 4

January 30, 2025
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¿Informó el demandado al demandante de la renovación prevista antes de la firma del acuerdo?

  1. La demandante declaró que el aviso de la renovación de la tienda se le dio solo unas dos semanas y media después del inicio de su trabajo (párrafo 12 de la declaración jurada de la demandante). También declaró que, si hubiera sabido de la intención de renovar, solo habría comenzado el contrato de arrendamiento después de la reforma.

Por otro lado, los testigos del acusado, Shilon y Efrati, declararon "hasta donde sabían" que los empleados de la sucursal sabían de la renovación, que se esperaba comenzara en abril de 2022 (párrafo 24 de la declaración jurada de Shilon; párrafo 18 de la declaración jurada de Efrati).

Concluí aceptar la versión del demandante, que era fiable y coherente y respaldada por las pruebas y testimonios de las partes.

  1. Efrati y Shilon declararon que "hasta donde sabían" los empleados de la sucursal sabían de la renovación. Este testimonio no está respaldado por ninguna prueba ni testimonio de ningún empleado de la sucursal.  Como indican las pruebas, el 13 de enero de 2022 se celebró una reunión en presencia de la demandante, su madre, su abogado y los representantes de la demandada: Eran Shilon, Shiri Efrati, la responsable de personal de la demandada, y Yaron Koris, el CEO de la demandada.  Tami Dar declaró que los representantes del demandado no plantearon la posibilidad de renovar la tienda como parte de la reunión, y este hecho está respaldado por la transcripción de la reunión.  Durante la reunión, se supo que la barbería estuvo cerrada durante el periodo en que el demandante trabajó allí debido a inundaciones y inundaciones repetidas, por las que se vio obligado a realizar trabajos de sellado (párrafo 14 de la declaración jurada de Tami; Apéndice A de la declaración jurada de Shilon; pp.  11, 11-18).  Como se puede entender por el simple significado de las palabras, el trabajo de sellado se refería al periodo pasado, y no se indicó explícitamente en la conversación que se trataba de una renovación adicional que se haría en el futuro.  No hay disputa en que durante el periodo en que el demandante empleó en la sucursal hubo inundaciones (testimonio del demandante, pp.  9, 28-29; esto también es evidente en la declaración de Shilon en pp.  20, 12-14; pp.  28, 6-7)).  Sin embargo, la existencia de estas inundaciones no afecta necesariamente la realización de amplias renovaciones en la rama.
  2. Efrati también testificó que el plan de renovación se preparó efectivamente dos años antes de la renovación; Sin embargo, la decisión de llevarla a cabo la tomó el acusado solo durante el mes de marzo. No fue hasta finales de marzo o principios de abril cuando el gerente de la tienda fue informado sobre las etapas de ejecución y su personal (pp.  36, 31-33; pp.  37, 3-7).  Por ello, la existencia de la renovación se hizo pública por los empleados de la sucursal poco tiempo después de la reforma.  Este hecho se ve reforzado por la correspondencia entre Efrati y el demandante, que indica que el demandante no supo de la renovación hasta cerca de la festividad de Pascua.  Esta correspondencia no fue contradicha (Apéndice D a la declaración jurada del demandante).
  3. El acuerdo se firmó el 30 de marzo de 2022, para el periodo comprendido entre el 3 y el 2 de abril de 2023. En otras palabras, el testimonio de Efrati también indica que en el momento de la firma del acuerdo, el acusado ya sabía que documentaba la ejecución de una renovación.  Ya sea una reforma menor o aún más si es una renovación masiva, la existencia de una renovación en el entorno en el que el demandante opera la barbería es información que debería haberse comunicado al demandante.  Se esperaba que la demandada no guardara esta información consigo, sino que actualizara a la demandante sobre la existencia de la renovación, para que pudiera considerar sus procedimientos, incluida la fecha de inicio del contrato de arrendamiento.  También se esperaba que el demandado anclara la existencia de la renovación en el acuerdo entre las partes.
  4. El acusado no lo hizo. Según el demandado, la reforma no estaba relacionada con el acuerdo ni tenía la intención de interferir con la actividad de la barbería entre Efrati y el demandante (Apéndice D) anterior, la reforma no estaba relacionada con el acuerdo y no pretendía interferir en la actividad de la barbería.  Sin embargo, incluso si la demandada lo viera así, debería haber informado a la demandante antes de firmar el acuerdo sobre las renovaciones previstas para poder financiar sus pasos y no presentarla a un hecho consumado tras la firma del acuerdo.
  5. La falta de divulgación de la renovación prevista indica que el demandado ignoró a la demandante y sus intereses. Por tanto, el acusado actuó de mala fe durante las negociaciones.

¿Incumplió el demandado el acuerdo?

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