Casos legales

Caso penal (Jerusalén) 54589-02-17 Estado de Israel contra Oshri Sharon - parte 66

May 31, 2026
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De igual modo, no es asunto de los competidores "dar notas" al proceso competitivo, determinar que no es óptimo o que solo es un "concurso por apariencias", y por tanto tienen derecho a coordinar sus propuestas.  Incluso un competidor convencido de que su victoria está garantizada no tiene derecho a coordinar su puja con otra por ello.  Puede presentar una candidatura independiente y esperar ganar.  Un competidor que cree que no puede competir o que, en cualquier caso, se espera que otro competidor gane, está abierto a tomar una decisión independiente de no presentar una oferta o una que refleje sus capacidades.  Coordinar propuestas indebidas no es una de las opciones legítimas y equivale a un delito.

Además, el procedimiento competitivo también es relevante para obtener la mejor oferta y comprobar el precio de contratación.  Wei y Oshri tampoco afirmaron que a Levi le prometieron que ella llevaría a cabo el proyecto a un precio acordado y decidido.  Un procedimiento de solicitud de presupuesto puede influir en el precio que el cliente tendrá que pagar por el contenido de la obra (véase más abajo en el párrafo 285).  Coordinar las ofertas priva al cliente tanto de esta ventaja del procedimiento competitivo como de que esto también puede invalidarlo.

  1. Además. El argumento de que la competencia en VMware Labs  era una competición en primera vista debería ser rechazado por  otra razón también.  Este es un argumento que, de hecho, es un disfraz diferente a la afirmación de que en la práctica no hubo competición en la NBA en cuestión y que la coordinación entre Wii y Harel no fue una renuncia a la competición por parte de Harel y no causó daño a la competencia.  Sin embargo, este argumento —más allá de todas las razones citadas anteriormente para su rechazo, y más allá del hecho de que contrasta con la afirmación de Harel en sus resúmenes de que luchó por el proyecto— socava esencialmente las presunciones absolutas establecidas en el artículo 2(b) de la Ley de la Competencia, en el marco de la que se enmarca el acuerdo de coordinación en nuestro caso, y puede vaciarlas de su contenido (véase y comparar: el  caso Ariel en el párrafo 20).  En cualquier caso, en la medida en que no existía viabilidad de la competición, no se aclaró por qué era necesaria la coordinación ni por qué cada participante no actuaba para presentar una propuesta independiente sin coordinación (o para abstenerse de presentar una propuesta de forma independiente).

El argumento general es que la actividad preliminar de un proveedor respecto al personal del proyecto —realizar un piloto, un estudio de viabilidad, caracterización técnica, configuración, etc.— garantiza al proveedor final la victoria y convierte al equipo de compras del equipo de compras en una especie de competencia

  1. Hemos visto arriba que el argumento de Wei y Oshri de que la solicitud de presupuestos para VMware Lab era un procedimiento competitivo solo por motivos de apariencia debería ser rechazado a la luz de la actividad de Wee respecto al proyecto y Kandelstein antes del VMware Lab.
  2. Durante todo el procedimiento, los demandados plantearon un argumento similar con aplicabilidad general. El argumento, en esencia, es que la conducta del proveedor respecto al personal del proyecto —que puede incluir el establecimiento de un piloto, la prueba de viabilidad (POC), la caracterización tecnológica de los requisitos del proyecto, la configuración, etc.— garantiza que el proveedor gane.  El argumento es que el tema del personal de adquisiciones en el futuro, como fenómeno general y conducta en IAI, no es más que una tapadera y competencia por el bien de la apariencia.
  3. Con todo lo que se ha dicho en VMware Lab, hemos visto arriba que la afirmación es inconsistente con las pruebas y testimonios.  Abordaremos este argumento a continuación, en la medida necesaria, en el marco de la audiencia de los siguientes cargos.
  4. En esta etapa, abordaremos el argumento en el formato general que se planteó, y parece que no debería ser aceptado. Aunque las acciones preliminares del proveedor le daban una ventaja significativa, a veces significativa, e incluso si tales acciones a veces generaban tensión entre el proyecto y las partes de la compra, que creían que en algunos casos no harían que el proceso de adquisición fuera menos óptimo, los proveedores sabían que la obtención y el pedido solo se realizarían después de los procedimientos disciplinarios de las partes de la compra.  El argumento de que los procedimientos de contratación eran una forma de competencia por simple apariencia debe ser rechazado.  Los responsables de compras querían recibir ofertas reales y no ofertas coordinadas inútiles.  En cualquier caso, como ya se ha señalado antes, a nivel de principios, los proveedores debían competir de forma independiente en los procedimientos de la NCAA.  La reclamación no justifica la coordinación de propuestas a espaldas del cliente ni califica dicha coordinación.
  5. Discutiremos la imagen que surgió de los testimonios en relación con lo anterior.
  6. Factores de apelación civil – A partir de los testimonios del cliente, del personal de IAI, tanto de las partes del proyecto como del personal de adquisiciones, se demostró que los organismos de adquisiciones tienen independencia, que no están obligados a estar satisfechos con la posición del personal del proyecto ni con su preferencia, que la contratación tiene su propia independencia y consideraciones, que tiene derecho a realizar investigaciones y un procedimiento competitivo, que la obtención de un proveedor no es definitiva ni está garantizada incluso si actuó con el personal del proyecto e invirtió en inversiones. pero solo después del procedimiento realizado por los organismos de contratación y cuando se emita una orden; Y que los proveedores lo sabían muy bien.

Así, por ejemplo, Moti Vered, responsable de uno de los proyectos en Elta, declaró que existen disputas constantes entre el proyecto y la adquisición; que la contratación tiene consideraciones adicionales; que a veces la adquisición conoce alternativas a la contratación más allá de lo que conoce el personal del proyecto; y que la contratación tiene la independencia de examinar opciones adicionales de compromiso y no aceptar de antemano la posición o preferencia del proyecto tal cual, incluso cuando el proyecto considera que se cumplen las condiciones para colaborar con un único proveedor (p. 6390,  Págs. 1-3, p. 6391, Págs. 9-19, Pág. 6395, Págs. 20-32, P. 6400, Págs. 17-19, Págs. 6407, Págs. 23-29).  De manera similar, Kandelstein, la persona implicada en el laboratorio de VMware, testificó que si hay una diferencia significativa de precio, es posible que el proyecto acabe trabajando con un proveedor diferente al que tenía en primer lugar (p. 831, párs. 19-24; y véase también el testimonio de Oshri de que, aunque el proyecto prefería a Wee, Kandelstein declaró explícitamente que había competencia y que Wee sabía que la victoria no estaba en su propio bolsillo, p. 4915, s. 17 - p. 4916,  p. 9).

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