Casos legales

Caso Civil (Tel Aviv) 58538-05-19 Michael Benz y otros 52 contra la apelación del caso financiero – Tribunal Supremo Guy Nof - parte 51

May 29, 2026
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Un examen de los resúmenes muestra que presentaron una queja según la cual los demandados no explicaron "la falta de posibilidad práctica de reemplazar a Inbal Or como director del grupo" (párrafo 37(c) de los resúmenes).  Pero, ¿cómo causó esta posibilidad el daño?

En este sentido, el Sr.  David Reznik (demandante 34) se refirió a un correo electrónico enviado, entre otros, al abogado Aharonson el 30 de agosto de 2014 (Apéndice 7 de su declaración jurada), en el que preguntaba si era posible desconectarse de la Sra.  Or.  Continuó testificando que el abogado Nof respondió que en esta etapa no representaba a la Sra.  Or, pero a la luz de la disposición contractual, no podía ser apartada de su puesto.  Sin embargo, no se adjuntó ninguna referencia que respaldara esta afirmación.

Por su parte, los demandados adjuntaron el acta de la reunión del Comité 104 del Proyecto Jabotinsky del 12 de enero de 2015 (Apéndice 58 a su declaración jurada).  En esa reunión surgió la posibilidad de que ambos comités celebraran una reunión para discutir el despido de la señora Or, pero no se informó de qué siguió a esa discusión.

  1. En cualquier caso, algunos miembros del grupo, como hemos visto, contactaron a la señorita Or en noviembre de 2015 exigiendo que fuera reemplazada. Iban acompañados de asesoramiento legal altamente profesional, y la demanda se presentó a pesar de la existencia de dicha cláusula contractual. Por tanto, no parece que los peticionarios de la carta la consideraran vinculante.  Aún no está claro por qué no se tomaron más medidas antes de ella.  Es posible que el comité del grupo no estuviera interesado en esto y se intentara dar la oportunidad de avanzar en los procedimientos de planificación en ese momento.  Y lo más probable es queun nuevo organizador del equipo, si su llegada fuera posible, también brindaría la oportunidad de una acción conjunta para ambos tribunales, ya que esto debería garantizar un rendimiento mucho mayor.

Por tanto, no está claro si existe una conexión causal entre la cláusula del acuerdo y los daños que se produjeron.  Además, es posible que el intento de sustituir a un organizador de grupo hubiera acabado en los tribunales, y mientras tanto el Grupo Or hubiera entrado en la conferencia.

  1. Todo esto plantea más preguntas que respuestas, y los demandantes no han demostrado derecho a una compensación económica respecto a este asunto.

La alegación de que los demandados se abstuvieron de depositar el depósito en fideicomiso en contravención de la carta de compromiso

  1. Según los demandantes en sus resúmenes, los demandados incumplieron su compromiso de depositar en el fideicomiso, conforme a la carta de contrato, un depósito del 10% de la estimación total del coste del componente de construcción y los componentes correspondientes establecidos en el formulario de incorporación.

Como se puede recordar, la carta de compromiso indicaba una estimación de los costes de construcción, así como la compensación por el retraso en la entrega de los apartamentos.  En el contexto de estos compromisos, la cláusula 4 de la carta de compromiso establece que, para garantizarlos, serán transferidos "al apoderado del grupo, o a un fiduciario designado por el banco que financie el proyecto, en la medida en que [...] un total del 10% de la estimación total de coste del componente de construcción y el componente correspondiente establecido en el formulario de unión [...].  El importe del depósito será transferido por nosotros solo tras el pago de la estimación total del componente de la tierra y la tasa de comercialización, según se define en el formulario de incorporación, por parte de todos los miembros del grupo en su totalidad.  El depósito permanecerá en manos del fiduciario, hasta que se firme un acuerdo con el contratista ejecutante."

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