Por ello, el comité del grupo decidió llegar a un acuerdo por razones pragmáticas, pero parece que había una posibilidad real de rechazar las reclamaciones de esos compradores si insistía y si los demandados habían estado implicados. Por tanto, se rompió la relación causal entre el supuesto daño y la atribución de responsabilidad a los demandados.
- Un refuerzo para la ruptura de la conexión causal se encuentra en los resultados del manejo por parte del abogado Nof de las notas de advertencia que se registraron a favor del Banco Mizrahi Tefahot. Aquí también, cuando el abogado Nof se enteró, contactó con la Sra. Or y exigió que se eliminaran los comentarios, y el asunto también se discutió en una reunión que tuvo lugar con los comités de los grupos 104 y 102 (el resumen de la reunión del 12 de enero de 2015 se adjuntó como Apéndice 58 a las declaraciones juradas de los demandados). Tan pronto como no se abordó el asunto, el abogado Nof también contactó con el banco en febrero de 2016 e incluso preparó una moción inicial para llevar a la eliminación de los comentarios. En cualquier caso, el banco renunció a su derecho a algunos de los pagos recibidos por los miembros del grupo, en vista del reconocimiento de que los pagarés no se registraron conforme al procedimiento correspondiente en el acuerdo de composición.
- Dado que he rechazado este elemento de la reclamación en su fondo, no es necesario pronunciarse sobre la reclamación de limitación que se le hizo.
El componente de la reclamación de compensación debido a la negligencia de los demandados en la gestión del pago del impuesto de compra
- Los demandantes solicitaron en sus resúmenes (párrafos 569 y 586(f)) una compensación como estimación por la supuesta negligencia de los demandados en la gestión del pago del impuesto de compra, que causó las ejecuciones hipotecarias impuestas a sus cuentas
- La demanda debe ser desestimada respecto a este componente.
- En primer lugar, este encabezado no se mencionó en la declaración de la demanda (véase, por ejemplo, el capítulo 22 de la declaración enmendada titulada "El daño causado a los demandantes", en los párrafos 27.1-27.6, que no incluye referencia al asunto). La declaración original de la reivindicación tampoco aparece en el componente. Los demandantes incluso afirmaron explícitamente en su reclamación (en el párrafo 27.6 de la declaración enmendada) que reclaman solo por el daño directo y los gastos colectivos, e incluso aclararon (ibid., en el párrafo 27.3) que por "daños directos" se refieren a la cantidad de la inversión, incluido el impuesto de compra si se paga, menos la cantidad del reembolso que han recibido hasta el momento.
Aunque en el párrafo 27.1 de la declaración enmendada de la demanda, los demandantes mencionaron que también pagaron intereses respecto del impuesto de compra debido al retraso en su pago, además afirmaron (ibid., en el párrafo 19.8.2) que las multas e intereses por el pago atrasado les fueron devueltos en 2020.