Casos legales

Caso Civil (Herzliya) 20126-11-23 Aharon Baruch contra Amir Almog - parte 7

June 28, 2026
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Ciertamente, un contrato condicional, ciertamente un contrato que está condicionado a una condición de rescisión (en contraposición a una condición suspendida), en el momento de su conclusión es un contrato completo y vinculante a todos los efectos.  Sin embargo, este es un contrato que ya ha planteado un signo de interrogación sobre su supervivencia.  La supervivencia del contrato de venta condicional no es resultado de la conducta de las partes en aislamiento y en contra de los acuerdos contractuales, como ocurre en caso de incumplimiento del acuerdo.  La supervivencia de un contrato de venta condicional es resultado de los acuerdos inicial y básico de las partes en el acuerdo de engatamiento, cuando las partes acordaron desde el principio que puede haber circunstancias en las que el acuerdo no se ejecutará.

No hay razón para desvincular al agente inmobiliario de los acuerdos básicos de las partes en el contrato de compraventa.  Dicha indemnización es incompatible con la esencia del acuerdo de corretaje y con el hecho de que el derecho del corredor a las comisiones de corretaje se basa en el acuerdo de compraventa celebrado entre las partes y derivado de él.

Al respecto, véase el libro de Daniel Friedman y Nili Cohen, Contracts (Vol.  3, 2003), 56-57, de la siguiente manera:

"En la jurisprudencia, la cuestión ha surgido más de una vez de si un agente inmobiliario que ha celebrado un contrato condicional tiene derecho a su salario, es decir, a comisiones de corretaje.  En principio, la respuesta a esta pregunta depende de la interpretación del contrato de corretaje.  Como es bien sabido, el derecho del mediador a la remuneración suele depender del éxito de la correduría, es decir, del hecho de que el agente inmobiliario haya podido concluir un contrato entre las partes.  Sin embargo, la cuestión es si un contrato condicional cumple este requisito.  En la jurisprudencia, se ha dicho más de una vez que el agente inmobiliario recibe su salario si provoca que se celebre un 'contrato vinculante' entre su cliente y otra persona.  Sin embargo, el término 'contrato vinculante' ha planteado bastantes dificultades.  La cuestión puede surgir en una amplia variedad de situaciones en las que el contrato no se cumple finalmente.  Es razonable suponer que el agente inmobiliario recibirá su salario si se firma un contrato vinculante, incluso si el contrato no se cumplió debido a su incumplimiento (esto, por supuesto, si el contrato de intermediación no estipula lo contrario).  En tal caso, las partes del contrato tienen un derecho incondicional a cumplirlo, y aunque se cancele por incumplimiento, la parte perjudicada sigue teniendo derecho a una compensación que refleje el valor de la prestación.  La cuestión es más difícil en un caso en el que el contrato fue cancelado debido a un defecto que existía en él en primer lugar (como si se concluyera por fraude o coacción).  Me inclino a opinar que, en tal caso, el agente inmobiliario no debería recibir un salario, al menos no de ese cliente que no es responsable del defecto...

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