Casos legales

Petición administrativa (Jerusalén) 15971-03-25 Fair Margin Ltd. contra el Ministerio de Finanzas del Estado de Israel – Autoridad de Capital, Seguros y Ahorro - parte 7

April 29, 2026
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El profesor Doron Israeli, el consultor externo que acompañó la licitación, presentó su opinión ante los miembros del comité de licitaciones sobre el asunto, en una discusión celebrada el 19 de marzo de 2024.  Según él, para que el Valor Justo de Ness altere la valoración de un activo concreto, debe influir en varios parámetros, incluyendo hacer una solicitud individual a Moody's para ajustar la cifra crediticia a todo el mercado, aprobar el cambio por parte del comité profesional de la empresa, y más, mientras la cotización se expone al público y a la auditoría de la Autoridad.  Según él, en la situación mencionada, el sesgo de valoración no compensaría la empresa en términos de coste-beneficio, y es un riesgo con baja probabilidad de realización.

El 29 de agosto de 2024, el comité volvió a contactar con Ness Pierre Value solicitando aclaraciones y complementos de datos sobre el alcance de las relaciones comerciales de Danel

A la empresa matriz...  El 9 de septiembre de 2024, Ness Pierre Value respondió a la solicitud del comité...  Estos datos apoyan la determinación de que no existe dependencia económica entre la empresa matriz y Danel o un organismo institucional concreto, y que el potencial de conflicto de intereses es bajo...

A la luz de lo anterior, el Comité opina que las relaciones comerciales de Ness Fair Value con las entidades institucionales no generan una preocupación real de conflicto de intereses..."

Además, el comité de licitaciones decidió que la propuesta de Ness no sería descalificada.

  1. El 22 de enero de 2025, tras examinar las propuestas financieras de ambas empresas, tras recibir una calificación y tras sopesar la puntuación de la propuesta financiera (20%) junto con las calificaciones previamente dadas por la calidad del licitador (20%) y la calidad del modelo ofrecido por cada uno (60%), el comité de licitaciones declaró ganadora la propuesta de Ness. La puntuación ponderada final recibida por el peticionario fue de 84,435, mientras que la de Ness fue de 91,002. La principal diferencia entre las puntuaciones de las propuestas se originó en la puntuación de 11,793 recibida por la oferta financiera del Peticionario (una oferta financiera de 9.980.000 NIS), frente a la puntuación obtenida por la Oferta Milagrosa, que era de 20,00 (una oferta financiera de 5.858.000 ILS, aproximadamente un 42% más barata que la propuesta del Peticionario).  Tras la decisión del comité de licitaciones, se enviaron al peticionario el acta del comité y una propuesta de un proyecto de mitad.
  2. El 8 de junio de 2025, el Demandante contactó con el Demandado exigiendo que la propuesta de Ness fuera descalificada (Apéndice 18 de la Petición). En su solicitud, la demandante argumentó que la propuesta de Ness debía ser descalificada debido a un conflicto de intereses derivado del hecho de que: "No puede haber una disputa real de que el Valor Justo de Ness... y sus accionistas mantienen amplias relaciones comerciales con los organismos institucionales" (párrafo 4 de la solicitud).  El demandante también alegó que Ness violó las disposiciones de la licitación respecto a los subproveedores y su dependencia, entre otras cosas, del hecho de que Moody's estaba "profundamente involucrada", según la alegación, "en el desarrollo del modelo y de hecho proporciona a Ness el Valor Justo con los productos más sustanciales del modelo" (párrafo 28 de la solicitud).

El 2 de julio de 2025, el comité de licitaciones discutió la solicitud del peticionario y la rechazó (Apéndices 15-16 de la respuesta).

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