Casos legales

Quiebra (Jerusalén) 212/01 Wyndham Hotel Ltd. contra Moshe Cohen - parte 7

September 1, 2002
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Por tanto, la ausencia de un registro no impedía ni impedía que la solicitante se registrara como accionista, siempre que no exista otro impedimento para su registro en el registro de accionistas.

La realidad es que la falta de un registro de accionistas en la empresa no impidió que las empresas extranjeras, como accionistas de las acciones, que transfirieron a Milmus, se convirtieran en socios plenos de la empresa y enviaran directores en su nombre al consejo de administración.  En este sentido, los demandados no presentaron el argumento de la falta de un registro como motivo para impedir la participación de las empresas extranjeras en el consejo de administración y la gestión de la empresa.  Esta reclamación se hizo únicamente por la solicitud de liquidación y para poner un obstáculo adicional en el camino del solicitante.

Además, un accionista de una empresa privada es una persona registrada en el Registro de Accionistas, o una persona que posee una escritura de acciones, según lo establecido en el artículo 176 dela Ley de Sociedades.  En virtud de que Milmus posee la escritura de acciones que le fue transferida por las empresas extranjeras, posee la mitad de las acciones de la empresa.

Registro del solicitante como accionista

  1. La demandante sostiene que, en ausencia de un registro de accionistas en la empresa y a la luz de las pruebas que presentó respecto a la compra de acciones a las empresas extranjeras, debería determinarse que tenía derecho a ser registrada como accionista de la sociedad, que debe considerarse registrada y, en cualquier caso, debe considerarse una "participante" para presentar la solicitud de liquidación. En cualquier caso, la inscripción en el registro no es más que una prueba prima facie de la corrección de lo que se recoge en él, tal como se establece en el artículo 133(a) dela Ley de

Los demandados, a diferencia del solicitante, argumentan que en los estatutos de la sociedad se determinó que el consejo de administración de la empresa es el único, y a su única discreción, puede negarse a registrar una transferencia de acciones "a una persona que no deseen como miembro de la sociedad".  La empresa tampoco reconocerá a la persona que posee la acción como fiduciario, salvo por orden judicial; Por tanto, el Consejo de Administración no aprobó el registro de la transferencia de las acciones de las empresas extranjeras a Milmus, y no reconoce a la Sociedad Cotizadora como poseedora de las acciones de Milmus como fideicomisario.

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