Casos legales

Caso civil (Tel Aviv) 58608-01-22 Dan Hershpang contra Bar Tarnovsky - parte 4

July 14, 2026
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Proporcionando Cuentas - General

  1. La norma establece que una reclamación por la prestación de cuentas se realiza en dos etapas: En la primera etapa, el demandante debe demostrar la existencia de una relación especial que justifique la concesión de cuentas. La jurisprudencia reconocía relaciones especiales que incluyen una relación de lealtad, misión, autorización o sociedad, pero enfatizaba que esta no es una lista cerrada.  Además, el demandante debe probar, incluso prima facie, la existencia de un derecho de reclamación en relación con los fondos que son objeto de las cuentas.  Si el demandante ha demostrado su elegibilidad para las cuentas y en ausencia de una razón que justifique abstenerse de hacerlo, se emitirá una orden para la prestación de cuentas.  En la segunda fase, si el demandante tiene objeciones a las cuentas presentadas, la carga pasa al demandado para demostrar que las cuentas proporcionadas son fiables y satisfactorias, y solo entonces se examinará la responsabilidad del demandado conforme a las cuentas.  Para ser precisos, no basta con que el demandado no cumpliera con la carga de persuadir para demostrar la credibilidad de sus relatos para que el demandante ganara su reclamación, y el demandante está obligado a probar su reclamación (véase, Apelación Civil 127/95 Consejo de Producción y Comercialización de Frutas contra Mehadrin Ltd., IsrSC 51(4( 337, 344-345 (1997(; Apelación Civil 8250/11 Card-Gard Scientific Survival Ltd.  contra Pharma Life Ltd., párrafo 24 (22 de junio de 2015(; Autoridad de Apelación Civil 3656/17 Khalil contra Antaki Centro de Sanación Herbolaria Ltd., párrafo 17 (1 de junio de 2017(; Apelación Civil 8713/11 Sayeg contra A.  Luzon Properties and Investments Ltd., párrafo 106 de la sentencia del Honorable Magistrado Y.  Danziger (20.8.2017().
  2. La existencia de una relación especial

1.a.  ¿Se ha llegado a un acuerdo?

  1. La primera cuestión que debe decidirse es si se firmó un acuerdo vinculante entre las partes en las circunstancias descritas. Según el demandado, la prueba de que no se firmó un acuerdo vinculante es la ausencia de un acuerdo escrito (véanse los párrafos 8-11 de los resúmenes del demandado).  Más bien, La regla es que "un contrato puede celebrarse oralmente, por escrito o en cualquier otra forma, salvo que exista una determinada condición para su validez por ley o acuerdo entre las partes" (Artículo 23 de la Ley de Contratos (Parte General), 5733-1973 (en adelante: La Ley de Contratos().  En ausencia de cualquier otra obligación legal y cuando la voluntad de las partes se exprese externamente, No hay impedimento para determinar que se ha celebrado un acuerdo vinculante, siempre que se demuestre su contenido.
  2. Las pruebas muestran que se llegó a un acuerdo oral entre las partes. Esta conclusión se basa en dos pilares principales: Las confesiones del acusado y la conducta de las partes que Aprende de la correspondencia intercambiada entre las partes en tiempo real.  En este contexto, consideré que la evidencia era coherente con la versión del demandante, mientras que, por otro lado, la versión del demandado fue considerada inconsistente e incluía afirmaciones contradictorias.  Así, por ejemplo, aunque el demandado inicialmente afirmó que el demandante "debía ayudarle", que no tenía nada que ver con la empresa y que los contactos entre las partes no maduraron hasta convertirse en un acuerdo vinculante (véase, por ejemplo, , Sección 39 de la declaración de defensa), El demandado alegó A continuación Porque se acercó al demandante con una oferta relacionada con un terreno concreto y finalmente testificó que se había formado un acuerdo en virtud del cual, cuando se generaran beneficios, el demandante habría recibido su parte (Transcripción, p.  66, párrafos 13-15).
  3. Además, en la carta del demandado fechada el 17 de agosto de 2021, que se intercambió entre las partes antes de presentar la demanda, el demandado alegó que ambos planeaban establecer juntos la empresa (p. 674 de la declaración jurada del demandante), de la siguiente manera:

"En resumen, debe señalarse que las partes (es decir, el demandante y el demandado - véase G( planearon efectivamente, junto con otro socio, establecer una actividad para la venta de productos relacionados con la pandemia de coronavirus a través de Internet, pero nunca se acordó una división de beneficios entre ellas (y mucho menos los ingresos de dicha actividad)...  En la práctica, mi cliente (el demandado - R.  G.( estableció, junto con un tercero, un proyecto en el que productos relacionados con la pandemia de coronavirus se venden a través de Internet, financiados íntegramente por mi cliente y con mi cliente asumiendo todos los riesgos, incluidos todos los gastos necesarios...  Su cliente (el demandante - R.  G.( no aportó nada real al proyecto que realmente se estableciera."

  1. Además de estas versiones, el demandado confirmó durante su contrainterrogatorio la versión del demandante, según la cual se acercó al demandante, en el contexto de una amistad de larga data, y le sugirió que estableciera una página web que sirviera de infraestructura para una tienda online que vendiera productos protectores contra el coronavirus. El demandado también confirmó en su testimonio que se acordó que el demandante estaría a cargo del campo técnico en todos los asuntos relacionados con el establecimiento y mantenimiento del sitio, a cambio de compartir los beneficios.  El demandado tampoco negó la afirmación de que el demandante era la única parte que poseía el conocimiento necesario para la creación del sitio web ("Abogado Levy: En marzo de 2020 tiene ambiciones, intenciones y metas para establecer un gran negocio aquí, ¿por qué contacta con Dan?; el demandado: [...] porque Dan tiene conocimiento de este asunto."Transcripción, p.  46, párrafos 30-37 (y también: "Necesitaba a alguien que supiera cómo configurar sitios web" (Nombre, párrafos 1-2.
  2. Así que sí, El demandado confirmó en la práctica la versión del demandante de que se acercó al demandante con una oferta para unirse a la actividad empresarial a cambio de una parte de los beneficios, y que el demandante aceptó dicha oferta. A pesar de los intentos del acusado de ocultar y negar la existencia de un acuerdo vinculante entre las partes, es evidente por los testimonios que escuché ante mí, y en particular por la propia versión del acusado en su contrainterrogatorio y por las pruebas presentadas, que se llegó a un acuerdo.  El desarrollo de las versiones del demandado a lo largo del procedimiento, que iban desde una negación total de una relación comercial hasta una admisión parcial de una "sociedad menor", así como el derecho del demandante a recibir informes, actúa conforme a su obligación.
  3. Además, esta conclusión se ve respaldada por la correspondencia intercambiada en tiempo real entre las partes, que ofrece una imagen clara de su intención de celebrar un acuerdo vinculante (Demandado: "Recibió una opción para ganar dinero" (p. 103 de la declaración jurada del demandante, correspondencia fechada el 3 de abril de 2020, a las 18:37).
  4. Además, el contenido, alcance y ubicación de la correspondencia intercambiada entre las partes revelan un discurso coherente e intensivo, que refuerza la determinación de que se ha formulado un acuerdo vinculante, incluso si aún no se han acordado todos los detalles sobre el alcance de los beneficios o la fecha de pago. Quiero enfatizar que no consideré oportuno aceptar el argumento del demandado de que la ausencia de un acuerdo escrito demuestra que las partes no tenían intención de celebrar el acuerdo o que no se cumplió el requisito de especificidad.  En mi opinión, el hecho de que las partes actuaran informalmente sobre la base del fideicomiso existente entre ellas y sin fundamentar los acuerdos por escrito es razonable dadas las circunstancias del caso y no perjudica las condiciones necesarias para la celebración de un acuerdo.  Esto, entre otras cosas, tuvo en cuenta el hecho de que el demandado intentó aprovechar una oportunidad de negocio que identificó, al tiempo que respondía rápidamente a la necesidad surgida con el estallido de la pandemia de COVID-19.  Fue el demandado, quien fue el iniciador y portador de la idea que es objeto del procedimiento, y la persona que reunió a su alrededor a quienes trabajaban para llevar a cabo la idea fue quien intentó involucrarse de esta manera.  En otras palabras, fue el demandado quien eligió, basándose en sus conexiones personales y en la confianza que prevalecía entre él y las otras partes, no anclar los acuerdos escritos.  No es casualidad que el demandado reiteró y confirmó que una parte significativa de los compromisos comerciales que realizó en relación con esta actividad se realizaron oralmente y sin documentación por escrito, y en general Es Explicó que no tenía "un acuerdo vinculante con Dennis y Robert (es decir, Polanski y Grossman - R.  G.), pero actuamos como un equipo en plena cooperación" (párrafo 3 de la declaración jurada del demandado; y el acusado incluso repitió esto en su contrainterrogatorio, Transcripción, p.  44, párrafos 8-9).
  5. Esto, mientras que la correspondencia indica que el demandante intentó anclar los acuerdos escritos en tiempo real. Así, el 29 de marzo de 2020, unas tres semanas después de iniciar la actividad conjunta, el demandado rechazó la solicitud del demandante de poner los acuerdos por escrito, afirmando: "No estoy lidiando con esto ahora mismo, porque está empezando a afectar a un abogado.  Actualmente trabajo sobre la base de la fe" (p.  85 de la declaración jurada del demandante, correspondencia fechada el 29 de marzo de 2020, a las 14:57).  Opino que, en las circunstancias del caso, la forma en que el demandado tomó sus medidas está de acuerdo con la lógica empresarial que refleja los patrones de acción de los emprendedores Al comienzo de su viaje operando bajo condiciones de incertidumbre (comparar, Caso civil (Distrito de Tel Aviv( 25256-03-20 Abramov contra Kochavi, párrafo 20 (5 de enero de 2022).
  6. Estas palabras se expresaron en el testimonio del acusado, quien explicó que:

"El Demandado: No sabía que mi objetivo era montar un gran negocio antes que nada...

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