Además. La evidencia indica que el simple hecho de liberar el cable del cabrestante no atestigua una falla en el sistema de sujeción del cabrestante, mientras que, según explican tanto los peritos como el miembro de la tripulación, la liberación de un cable atado al cabrestante es un mecanismo de protección incorporado, diseñado para evitar que el cable se rompa o se desconecte completamente (véase el testimonio del Sr. Shlomo Mann en la página 14 de la transcripción de la reunión, a partir de la línea 14, y el testimonio del señor Giant, en la página 18 del acta de la reunión, a partir de la línea 8).
Así, a las 17:00, cuando se soltó el cable conectado a la boya nº 1, la tripulación y la persona encargada de la carga lograron detenerlo y llevarlo de vuelta al lugar (véase Edon Gidron, quien describió cómo a las 17:00, cuando se soltó un cable atado a la boya nº 1, "conseguimos levantarlo y cerrarlo"), sin que esto fuera evidencia de una avería en el cabrestante desde la perspectiva de los presentes, incluido Gidron. Además. A pesar de los vientos continuos después de las 17:00 y tras el regreso del cable nº 1 como se indicó antes, los cables y cuerdas no se soltaron hasta las 20:00, de una manera que no es compatible con una falla inherente de los mecanismos.
A esto debe añadirse que, aunque en dos de los cabrestantes de los que se soltaron los cables se sustituyeron las pastillas de freno tras el incidente (y más sobre esto más adelante), en otra parte de los cabrestantes de donde se soltaron los cables, las pastillas de freno no se reemplazaron, para enseñarte que el simple hecho de que los cables del cabrestante se soltaran no atestiguaba un fallo en el mecanismo de parada del cabrestante en este caso.
- Los demandantes argumentaron que el consentimiento mismo de la tripulación, expresado en la cláusula 48 de la lista de control, según la cual la liberación del barco solo sería con vientos de 35 nudos o más, da fe de que los cabrestantes debían soportar vientos de hasta 35 nudos, y que el hecho de que esto no ocurriera da fe de un fallo de los cabrestantes, junto con el hecho de que, según los documentos del barco, estos cabrestantes debían soportar una carga de hasta 30 toneladas. es la carga que les ejerció el viento de 30 nudos.
No encontré ningún fundamento en estas afirmaciones.