Casos legales

Caso Civil (Haifa) 50975-11-21 La Compañía de Seguros Phoenix Ltd. contra Hafnia Petroleros Ship Holdings Singapure Pte Ltd - parte 5

August 2, 2026
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A continuación, discutiremos esto en profundidad, cuando discutamos la reclamación de fallo o defecto de estos mecanismos por parte de los demandantes.

La cuestión de la responsabilidad

  1. Cuando hemos discutido la secuencia de eventos de ese día y las causas inmediatas de la misma, surge la cuestión de la responsabilidad legal por esta cadena de eventos.

Resumen

  1. Antes de profundizar en el caso específico en cuestión en este procedimiento, hay espacio para discutir los principios generales de la división de responsabilidades entre la tripulación del buque y el personal portuario en el que está atracado.
  2. Cuando un barco llega al puerto y desea entrar con el propósito de atracar para cargar combustible, debe hacerse una distinción entre dos etapas diferentes: la etapa de enrutamiento hasta que el barco atraque y la etapa de carga después de que el buque haya sido atracado.

La principal sentencia que trató la diferencia entre estas etapas se escuchó en el marco de la apelación civil 804/80 Sidaar Tanker Corporation et al.  contra Eilat Ashkelon Pipeline Company Ltd.  et al.  [Nevo] (en adelante: el "caso Sidaar").

  1. La etapa de pilotaje (o navegación) se refiere a la entrada del barco en el puerto y a su maniobra hasta el lugar de fondeo y confinamiento.

En principio, la responsabilidad en esta etapa está establecida en la Ordenanza de Daños Causados por Buques en Navegación, que establece en su sección 2 que "no obstante todas las disposiciones de cualquier ley otomana o cualquier otra ley u ordenanza, el propietario o capitán de cualquier barco en navegación, sea coercitiva o no, será responsable por cualquier pérdida o daño causado por el barco o por un error en la navegación del mismo." Esta responsabilidad fue interpretada en la jurisprudencia como responsabilidad absoluta (Apelación Civil 542/73 "El Yam" Cargos contra Autoridad Portuaria [Nevo]).

Cabe señalar que, respecto a la cuestión de si la mencionada Ordenanza anula las reclamaciones de la defensa contra otra parte que causó el daño, el Tribunal Supremo respondió negativamente en el caso Sidaar, en una opinión mayoritaria emitida por el juez Barak.

  1. Sin embargo, dicha Ordenanza se aplica únicamente a la etapa de navegación del buque y no se extiende a las etapas posteriores, como la carga de carga mientras el buque está atracado.

En el caso Sidaar, se sostinuó, según el juez Netanyahu, con quien todos los jueces coincidieron en este punto, que "es incompatible con una situación de navegación o ruta, cuando un barco ya ha llegado a su destino final, está en posición estacionaria y está anclado o anclado en el puerto, no zarpa y no se planea levantar el ancla ni desprenderse en preparación para zarpar o el tráfico."

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