Casos legales

Apelación Miscelánea – Civil (Tel Aviv) 40718-02-24 Genentech Inc v. Estado de Israel – Registrador de Patentes, Diseños y Marcas Registradas - parte 18

August 23, 2026
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Aun así, como argumenta el apelante, existe la posibilidad de que la solicitante de una orden de prórroga no cumpla formalmente las condiciones, pero sí existe la posibilidad de que las cumpla en el futuro, por ejemplo, en vista de la concesión de un permiso para comercializar el medicamento sin que aún se emita una orden de prórroga fuera de Israel.  En estas circunstancias, se inició un procedimiento dividido, por el cual se publica por primera vez un aviso bajo la sección 64E(e)(1 ) que el Registrador de Patentes emitirá una orden de prórroga "sujeta a la emisión de órdenes para la prórroga de dicha patente de referencia durante el periodo de validez de la patente básica".

Y si efectivamente se emiten órdenes de prórroga en el extranjero y se cumplen las condiciones de ambos países, se realiza la segunda fase del procedimiento por división y se publica un aviso conforme a la sección 64E(e)(3), y este es un aviso complementario, tal como se indica en la sección.

  1. Así, vemos diferentes caminos que, al final del día, desembocan en una situación en la que, mientras se emitan órdenes de prórroga en el extranjero en los países correspondientes y se cumplan las condiciones de ambos países, se emite una orden de prórroga en Israel. Los distintos avisos, dadas las distintas opciones, no son más que estaciones en el camino.  Y cuando la carretera se corona con éxito, se emite una orden de prórroga, en un momento adecuado y exitoso.  Y cuando se concede la orden, se interpone en su camino y se traga los distintos avisos que llevaron a su formulación.
  2. El apelante señala que la orden de prórroga, conforme a la ley, solo entra en vigor después de la expiración del periodo básico de la patente (de acuerdo con las disposiciones Sección 64H(b) Derecho), sin embargo, esto no resta mérito al hecho de que la orden de prórroga se haya convertido en una norma legal válida En el momento de su anuncio.

Es importante recordar y mencionar en este sentido la distinción básica entre la fecha de entrada en vigor de la norma jurídica y la fecha de su aplicabilidad.  "La fecha de entrada en vigor es la fecha en la que el acto administrativo adquiere validez jurídica...  En cambio, la fecha de solicitud es la fecha en la que la norma establecida en el acto administrativo comienza a aplicarse a asuntos y situaciones, y a crear derechos y obligaciones, tal como se determina en ella" (Yitzhak Zamir Administrative Authority: The Administrative Procedure 1338 (2011)).  De hecho, la orden de prórroga es una norma administrativa, ya que es emitida por una autoridad administrativa que regula la industria de patentes.

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