Casos legales

Autoridad de Apelación Penal 83664-02-26 Omri Essenheim contra la Policía de Israel 32 433 - parte 12

May 20, 2026
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La primera prueba - la prueba de las circunstancias del caso: Esta prueba debe examinar, entre otras cosas, las circunstancias en las que se proporcionó la información al periodista, el momento de la información, la forma en que la fuente estuvo expuesta a la información que proporcionó, el grado de riesgo implicado en revelar el nombre de la fuente y su expectativa de que no se revelara.

La segunda prueba - la calidad de la información: dentro del marco de esta prueba, debe examinarse el tipo de información proporcionada, su importancia y el grado de interés público inherente a su divulgación al público general." (Juez Decisión de Sagi en una apelación contra la Compañía de Noticias Israelí).

Según este enfoque, tampoco se debe aplicar el privilegio periodístico a las entrevistas en la calle, como en el ejemplo presentado anteriormente, ya que los entrevistados no deberían ser reconocidos como "fuentes".  En este sentido, he visto enfatizar que la mera elección de una fuente para ser entrevistada abiertamente no es suficiente para convertirlo en un "entrevistado" en el sentido de que el privilegio no se le aplica automáticamente.  Reiteraré que no es solo la confidencialidad la que subyace al privilegio, sino también la relación de confianza que la confidencialidad busca mantener.  Estas palabras también son coherentes con las consideraciones que deben tenerse en cuenta en el marco de la prueba de las circunstancias del caso, como se ha citado anteriormente].

  1. La conclusión de esta sección es que ha llegado el momento de reconocer el privilegio periodístico en relación conMateria prima Periodista, ya sea en relación con material que se ha definido como "no debe ser citado", o en relación con material que se origina en una relación de confianza que justifica protección. Reiteramos que ampliar el alcance del privilegio no lo hace absoluto en sí mismo.  El privilegio periodístico es, como se ha dicho, confidencialidad Relativo, que el tribunal puede eliminar en los casos apropiados de acuerdo con las pruebas establecidas en el Citrino.
  2. Hemos avanzado mucho hasta ahora, pero debemos tener en cuenta que la confidencialidad es una forma de expresión en la que los valores protegidos pueden ser protegidos en nuestro sistema jurídico, pero no la única. La distinción entre los distintos medios legales que sirven para proteger esos intereses y valores protegidos se acentua en circunstancias que cumplen con los "límites" de estos medios y las limitaciones que conllevan.

Como he comentado en el asunto מקור ראשון, en la base de la institución de la confidencialidad existen varias normas que limitan la protección que ofrece:

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