Casos legales

Tribunal Superior de Justicia 63904-03-26 La Asociación de Periodistas en Israel (NPO) contra el Gobierno de Israel - parte 12

September 8, 2026
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Aquí está., Las declaraciones hechas por candidatos a cargos públicos pueden ser relevantes para la evaluación de su idoneidad para el puesto, y en particular examinar el temor de que les resulte difícil ejercer sus poderes de manera objetiva, Con igualdad e imparcialidad, o que el nombramientoָם dañará la confianza del público en el organismo en el que servirá.  Esto no significa que toda declaración controvertida conduzca a la descalificación de la candidatura; Para fines de esta determinación, es necesario examinar, entre otras cosas, la naturaleza de la declaración, las circunstancias de su audiencia y el grado de impacto global que tiene en la idoneidad del candidato para el nombramiento (comparar y ver: Asunto Petrushka, en el párrafo 25; עניין Schussheim, en los párrafos 19-20).  Por tanto, esto significa que las declaraciones y otros datos que radian sobre el carácter de un candidato particular y sobre la posibilidad de que el público confíe en sus decisiones, constituyen una parte esencial de la base fáctica relevante que se espera que se presente a los responsables de la toma de decisiones.  Y todo esto es, naturalmente, acorde con la naturaleza de la posición en la que nos ocupamos.

  1. En este contexto, hay que decir lo obvio: está claro que toda persona privada tiene derecho a expresarse en público y libremente, incluso cuando se trata de expresiones de naturaleza inusual, escandalosa o exasperante. Esto se discutió en el pasado, mi colega el juez Stein en otro contexto, en su decisión de que:

"Siempre que su expresión no constituya un delito penal o un delito civil y no crea una certeza casi segura de un daño real para la sociedad, su autonomía como persona libre se encuentra en el Dalat [...] Junto con el hecho de que este derecho forma parte del espacio autónomo de toda persona libre, su realización tiene un considerable valor social.  Las expresiones excepcionales, escandalosas, insultantes y enfadadas contribuyen de forma importante a la existencia de un discurso libre, no amenazado e invitado" (HCJ 7150/16 The Reform Center for Religion and State The Movement for Progressive Judaism in Israel v.  Minister of Justice, párrafos 3, 4-3, 3 (21 de septiembre de 2020)).

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