En otras palabras, , El propósito del acuerdo de conflicto de intereses, Como se aclaró en la jurisprudencia, Inna Resumen Evitar la posibilidad de influir en el testimonio de un testigo. A esto añadiré que la posición de que, al concluir el testimonio de un determinado testigo, el acuerdo de conflicto de intereses en su caso termina es ilógica. Está claro que el acuerdo de conflicto de intereses pretende evitar situaciones en las que también se presente el testigo "Beneficio" para su testimonio (después de que haya terminado). De lo contrario, habrá preocupación de que haya testigos presentes en el juicio (y no solo el que disfrute del mismo "Beneficio") verá qué se hará con la persona que es objeto del acuerdo "Hefetz visitó".
Además, en términos de visibilidad pública, sin abordar las importantes afirmaciones planteadas sobre la importancia del contenido del testimonio de D."R. Ben-Hai-Segev, e incluso ignorando el hecho de que la fiscalía en el juicio penal del primer ministro intentó declararlo como"Testigo hostil" - Hay una razón para el defecto en el hecho de que el primer ministro actúa para promover el nombramiento de un testigo en su juicio para un cargo público de alto nivel. Por lo tanto, incluso si en esta etapa no hay posibilidad práctica para que el primer ministro influya en el testimonio que ya se ha dado - Y sin tener que entrar en las preguntas que surgieron en relación con la posibilidad teórica de un demonio"R. Ben Hai-Segev será llamado a testificar de nuevo (sección 167 Por la bondad"פ) - Su implicación muy activa en el proceso de toma de decisiones del gobierno probablemente generará dudas entre los observadores desde la periferia sobre si la distinción entre el interés personal del primer ministro y su posición pública se ha preservado plenamente. También debe señalarse que incluso hay una razón para el defecto en el intento del primer ministro de promover una interpretación restrictiva de su propio arreglo. En particular, dado que no consultó previamente al asesor legal sobre el asunto, como debería haber hecho si surgiera duda en su corazón, e incluso sin explicar "Interpretación" Esto es suyo en tiempo real - Más bien, recordó presentar la interpretación restrictiva del acuerdo solo retroactivamente, después de que se plantearan argumentos sobre el asunto.
- Por lo tanto, nuestra conclusión es que en la decisión del Primer Ministro de incluir en el orden del día la cuestión de votar a favor de los miembros del Consejo, incluido el Dr. Ben Hai-Segev; en su decisión de ejercer su autoridad bajo la Sección 9 del Reglamento Gubernamental en el contexto de dicha votación; y en su participación en la reunión del Gabinete y su voto sobre el nombramiento del Dr. Ben Hai-Segev - el Primer Ministro violó el acuerdo de conflicto de intereses. En este contexto, debe recordarse que en la decisión del gobierno se declaró explícitamente que "el secretario del gobierno anunció que, de acuerdo con las regulaciones para el trabajo del gobierno, el primer ministro establece la agenda para la discusión del gobierno y aprobó la inclusión de la resolución propuesta en el asunto" [énfasis añadido].
- Dado que consideramos que el Primer Ministro tuvo un conflicto de intereses respecto al nombramiento del Dr. Ben-Hai-Segev, es necesario concluir que no tenía derecho a participar en el proceso de toma de decisiones sobre su nombramiento. En este contexto, no tiene ninguna influencia en el hecho de que la decisión del gobierno fue finalmente adoptada por unanimidad, ni que no se requiriera el voto del Primer Ministro para su aceptación. Esto, en primer lugar, tiene en cuenta que, según el Secretario del Gabinete, la mera inclusión de la resolución propuesta se hizo con la aprobación (personal) del Primer Ministro; y también que la norma que prohíbe el conflicto de intereses también se aplica a la participación en el proceso de toma de decisiones de un órgano colegiado como el gobierno, y más aún cuando se trata del Primer Ministro, y la mera participación de una persona en conflicto de intereses perjudica la correcta conducción del procedimiento. En un contexto similar, tuve la oportunidad de aclarar lo siguiente en el caso del Colegio de Abogados:
"Un funcionario que se encuentra en una situación de conflicto de intereses no puede formar parte del proceso de toma de decisiones sobre un asunto respecto al que existe el conflicto de intereses; y su mera participación en la votación perjudica la integridad de todo el proceso. Así, el tribunal ha fallado más de una vez, en diversos contextos de toma de decisiones por organismos colegiados [...] Si es así, el mero hecho de que el Primer Ministro participara en la discusión y votara, que, como se ha señalado, se encontraba en una situación de conflicto de intereses, conduce a la invalidez de la decisión, ya que la regla de conflicto de intereses también se aplica a los órganos colegiados" (ibid., en los párrafos 86-87).