Casos legales

Caso criminal 17813-01-10 Estado de Israel contra Avraham Levy - parte 355

December 19, 2014
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Así se determinó a este respecto en Crim. Crim. 1382/99 Estado de Israel v. David Belhanis (publicado en Nevo, 3 de agosto de 1999), en el que se advirtió al acusado de un delito diferente y menos grave que el que se le imputaba al final del día:

"Al comienzo de la audiencia, vale la pena señalar que el abogado Amir basa sus argumentos en la suposición de que existe un derecho básico del sospechoso a ser advertido, no solo que tiene derecho a permanecer en silencio y que todo lo que diga puede usarse como evidencia en su contra, sino también que la advertencia indicará el delito del que se sospecha.  En opinión del Sr. Amir, una declaración que se tomó de un sospechoso después de que se le advirtió mencionando el delito del que se le sospecha es inadmisible como prueba, si al final el sospechoso fue procesado por un delito diferente al mencionado en la advertencia, e incluso cuando se trata de dos delitos de diferente gravedad desde el punto de vista punitivo.  No solo eso, sino que las declaraciones hechas sin previo aviso o incluso con advertencia, al mencionar un delito diferente al de la acusación, están manchadas de tal invalidez que el tribunal las ignorará, incluso si se presentaron con consentimiento y sin realizar un juicio menor.  En opinión del Sr. Amir, este es un derecho básico al que el acusado no puede renunciar y su consentimiento para la aceptación de la evidencia es inútil.  Todo esto, en opinión del Sr. Amir, se deriva de laLey Básica: Dignidad y Libertad Humanas.

En mi opinión, todo el argumento se basa en una serie de suposiciones erróneas.

El derecho básico es la inmunidad contra la autoincriminación, de la que se deriva el derecho a permanecer en silencio (véase Kedmi, "On the Evidence", parte 1, p. 14 y las referencias citadas en él.  Sobre la diferencia entre el derecho a abstenerse de autoincriminarse y el derecho a guardar silencio, véase HCJ 6315/95 6836/95, Yosef Hachami v. David Levy, Takdin Elyon, vol. 97 (2), pág. 202).

No existe un derecho básico a ser advertido al mencionar cualquier delito.

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