Casos legales

Caso criminal 17813-01-10 Estado de Israel contra Avraham Levy - parte 357

December 19, 2014
Impresión

Sin embargo, en Crim. Appeal (Tel Aviv District) 70035/04 Estado de Israel v. Hanana (publicado en Nevo, 9 de septiembre de 2004), se sostuvo que puede ser una advertencia demasiado general, para socavar el peso de la confesión de un sospechoso:

"La obligación misma de aclarar al sospechoso de qué se sospecha no debe estar necesariamente relacionada con el grado de precisión en los detalles que se le dieron durante el interrogatorio.  No hay duda de que un organismo de investigación tiene derecho y debe investigar, incluso cuando la imagen no esté en su totalidad, y por lo tanto es posible que la advertencia sea general, no especifique la fecha, hora, etc., o detalles similares, si no se conocen, o existe una razón de investigación para no mencionarlos en una determinada etapa de la investigación.  La falta de advertencia no invalida necesariamente la admisibilidad de la declaración de un sospechoso, incluso si luego se convierte en una confesión de un acusado.

Aún así, como instrucción moral y práctica, un sospechoso necesita saber por qué está siendo interrogado.  La ausencia de una advertencia, y más aún, la ausencia de una explicación de lo que se sospecha, puede privarlo de su defensa por un lado, y dañar el peso de la confesión por el otro.

...

No hace falta decir que su versión a la policía acompañará más tarde al sospechoso durante todo el proceso.  Una explicación que no se dé en esta etapa se definirá como una versión suprimida y será recibida con sospecha y desconfianza.  Es inconcebible que un sospechoso se vea obligado a lidiar con los ojos realmente cerrados, y se le pida que busque a tientas en la oscuridad y adivine lo que se le atribuye.  El hecho de que un sospechoso no tenga derecho a revisar el material del interrogatorio no significa que no tenga derecho a conocer la sospecha que se le atribuye, porque sin esta opinión, ¿cómo puede plantear una versión de la defensa y remitir a los investigadores a pruebas que puedan ayudarlo a refutar la sospecha?" (Mi énfasis – S.K.).

  1. En el presente caso, la impresión que se desprende de la investigación es que la advertencia fue deliberadamente general, y no porque los investigadores no tuvieran la información requerida al comienzo de la investigación, o porque las sospechas cambiaran durante el interrogatorio. Los dos interrogadores que participaron en el interrogatorio del acusado 9, Rafi Vaknin y Ahmad Suleiman, fueron interrogados sobre esto, y no respondieron claramente que lo hicieron porque no conocían en ese momento las sospechas atribuidas al acusado 9, sino aparentemente debido a un método de interrogatorio (29 de junio de 2011, p. 107, línea 10 y 5 de febrero de 2013, p. 847, líneas 10-19).
  2. Además, no se trata de no dar al acusado 9 todos  los hechos sobre las sospechas que se le atribuyen, sino más bien de que se le imputaron cargos de delito tan general, sin mencionar ningún hecho relacionado con las sospechas que se le atribuyen, que el acusado 9 ni siquiera pudo adivinar lo que se le atribuyó.  De su interrogatorio se desprende claramente que durante la mayor parte de su interrogatorio creía que las sospechas eran completamente diferentes de las que realmente se le atribuían, y más tarde se sorprendió al descubrir qué sospechas se le atribuían realmente.
  3. La sensación incómoda se ve reforzada por la forma en que los investigadores se comportaron en este asunto, por el hecho de que el acusado 9 pidió una y otra vez, con determinación, saber qué sospechas se le atribuían, lo que indica la importancia de esta información para él, y a pesar de esto, no se le proporcionó ninguna información adicional.
  4. En estas circunstancias, si el acusado 9 hubiera confesado en esta etapa, y sin recibir más información sobre las sospechas que se le atribuyen, podría haber sido apropiado determinar que su defensa había sido privada y dar a esta conducta de los interrogadores un peso significativo al examinar el peso de la confesión.
  5. Sin embargo, y aunque soy de la opinión de que la conducta de la policía en este asunto fue inapropiada, no he encontrado que tenga ninguna relevancia en el presente caso, ya que la confesión del acusado 9 se dio solo después de escuchar las palabras de Rafi Vaknin, de las cuales se desprendió claramente que la sospecha atribuida al acusado 9 era del delito de soborno, y que los actos que se le atribuyen y que establecen este delito incluso le fueron mencionados (ver las palabras de Rafi Vaknin en p. 5, líneas 12-32).
  6. En vista de todo lo anterior, no considero que la confesión del acusado 9 deba ser invalidada o que su peso deba reducirse por esta razón.

El derecho a consultar a un abogado

  1. Según el acusado 9, los investigadores de la policía no se aseguraron de enfatizarle su derecho a consultar a un abogado y no firmaron este derecho. Según él, aunque los documentos del interrogatorio indican que se le dijo que tenía derecho a consultar con un abogado, debido a su estado mental en ese momento, que estaba "flotando en otro lugar" y no estaba "en buenas condiciones", no escuchó estas palabras y no les prestó atención:

"P:  Su abogado dijo en la corte que  no deberían informarle sobre el derecho a consultar con un abogado.  Le digo que el interrogador Suleiman estaba en la corte ahora, y explicó explícitamente y dijo, y también salió de la transcripción, que le  advirtió explícitamente sobre su derecho a consultar con un abogado, y también le preguntó qué quería hacer, ¿verdad?

Parte previa1...356357
358...385Próxima parte