Casos legales

Caso criminal 17813-01-10 Estado de Israel contra Avraham Levy - parte 383

December 19, 2014
Impresión

Cabe señalar que en la sentencia Crim. Crim. 10035-01-13 (Shalom Tel Aviv)  Estado de Israel contra la hermana Idris (publicada en Nevo, 9 de julio de 2013), a la que se refirió el abogado de los acusados, el acusador trató de basarse en la declaración del denunciante, que no fue interrogado, a diferencia del presente caso, en el que no se solicita confiar en las declaraciones de Yoram Rihani y Daniella en cuanto a la veracidad del contenido, sino solo con el propósito de que los acusados lo conozcan.  Además, incluso en las conversaciones telefónicas que tuvieron lugar entre los acusados 8 y 9 y Daniella y Yoram, se dio peso a la veracidad del contenido, pero solo a las declaraciones de los acusados 8 y 9, y no a las declaraciones de quienes no fueron testigos en el juicio, según mi decisión del 26 de octubre de 2011.

  1. Los acusados 8 y 9 también afirmaron que los interrogadores habían "renovado" sus mensajes escritos y les habían agregado contenido incriminatorio.

Encontré que hay fundamento en este argumento, especialmente en el caso del demandado 9.  Una lectura de la declaración escrita del acusado 9 y la forma en que están escritas sus palabras, da una impresión errónea en cuanto a la forma en que el acusado 9 dijo las cosas más incriminatorias y sustanciales.  Si no se hubiera grabado el interrogatorio del acusado 9, o si sus palabras no se hubieran escuchado con claridad, como fue el caso del acusado 8, el tribunal se habría basado en declaraciones inexactas del acusado 9 sobre el tema más esencial de la investigación.

Como señalé a este respecto cuando discutí afirmaciones similares de los acusados 3-5: "Cualquier documentación de un interrogatorio debe reflejar con precisión lo que dijo el acusado, incluso si no es posible registrar todas las palabras del interrogado textualmente y, además, debido a que hay fallas técnicas en las grabaciones de los interrogatorios de vez en cuando, en la medida en que haya documentación escrita del interrogatorio, debe editarse de la manera más precisa y correcta.  Para que refleje con precisión las palabras del acusado y no se base en la documentación grabada del interrogatorio".

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