Casos legales

Caso criminal 17813-01-10 Estado de Israel contra Avraham Levy - parte 382

December 19, 2014
Impresión

No considero aceptable este argumento, ya  que el artículo 293(5) del Código Penal establece explícitamente que no hay diferencia en el soborno: "Si lo da el donante o a través de otra persona; Si se le da al tomador o a otra persona para el tomador; ya sea le-khatḥila o be-di'avad; y si el beneficiario del soborno fue el tomador u otra persona".

En el caso Weinroth, el Honorable Juez Neutel dictaminó que enel mismo caso, en las circunstancias del mismo caso, en el que la contratación de los servicios de otra persona que llevó a cabo el manejo financiero conduce a la negación del componente "a favor", porque determinó que en ese caso la misma persona adicional actuó de manera independiente, sin la participación del acusado 1, a diferencia de este caso, en el que determiné que Yoram Rihani cometió los delitos para los acusados 8 y 9.  transfirió el regalo de los demandados 8 y 9 al servidor público, y la desviación de los procedimientos se hizo para y para los demandados 8 y 9 y para su beneficio.  Incluso si Yoram Rihani aparentemente tuviera sus propios intereses en sus acciones, esto no impide la imposición de responsabilidad a los demandados 8 y 9.

La participación de Yoram Rihani en las acciones de los acusados 8 y 9 en este caso está claramente incluida en la sección 293 (5) y, por lo tanto, no excluye la condena de los acusados 8 y 9 por el delito de soborno que se les atribuye.

  1. Los acusados 8 y 9 también afirmaron que la condición de Yoram Rihani y la muerte de Daniella perjudicaron su defensa. Hay algo de verdad en este argumento.

Aunque esto no es un fracaso por parte del estado, se creó una situación en la que a los acusados 8 y 9 no se les permitió investigar a las personas más importantes involucradas en el delito que se les atribuye.

Sin embargo, incluso después de haber considerado este hecho, dado que la condena de los acusados 8 y 9 no se basa en los testimonios de Daniella y Yoram Rihani, contrariamente al argumento de los acusados (párrafo 70 de sus resúmenes), y en vista de la sólida base probatoria que existe contra los acusados 8 y 9, detallada anteriormente, esto no cambia mi conclusión de que se ha probado más allá de toda duda razonable que los acusados 8 y 9 cometieron el delito que se les atribuye en la acusación.

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