La cuarta carga
- En cuanto al cuarto cargo, se argumentó, Porque el acusado aprobó la entrada de la tía de S.' a Israel después de conformarse con una entrevista telefónica con Ace' solamente, y al tiempo que concede una exención del depósito de una garantía, En contravención de los procedimientos y sin verificación de los documentos pertinentes. También se afirmó, Porque el acusado actuó frente a Simcha, Secretario de la oficina de la Autoridad de Inmigración en Acre, Para conseguir el as' sin cita previa y darle el servicio requerido – Actualizar su divorcio en el registro. Más tarde, El demandado ingresó a las bases de datos de la Autoridad para verificar si el divorcio se había actualizado en las bases de datos. Hizo esto cuando estaba en un conflicto de intereses debido a sus vínculos con Ace'.
- En cuanto a la entrada de la tía de S.' Israel, Por lo tanto, en la etapa en que el demandado aprobó la solicitud, aún no existía una relación entre él y S.' Relaciones personales. Estos fueron creados como se detalla anteriormente (Párrafo 345), Solo después. por lo tanto, Las acciones que tomó en su caso no se hicieron en un conflicto de intereses, Y como se mencionó, Cuando se trata de conformarse con una entrevista telefónica, Así como la no obligación de garantía, No se puede decir que esto se haya hecho en una desviación de la norma, Cuando, como se mencionó,, Los trabajadores testificaron que esto se hacía como algo rutinario.
- En cuanto a la intervención del acusado en el asunto de S.' Frente a la alegría, En el momento en que él y Ace ya se habían formado' Relaciones personales cercanas e íntimas, Así, sin subestimar la gravedad de estas acciones, de ingresar bases de datos fuera del alcance del trabajo y tomar medidas para brindar servicio fuera de las fechas habituales, Está claro que este no es un acto que tenga la intención de causar daño, En las circunstancias del caso, Daño significativo a uno de los valores protegidos por este delito de abuso de confianza, Y este no es un acto de abuso de confianza que caiga dentro del alcance del delito penal.
Absuelvo al acusado del delito de fraude y abuso de confianza que se le atribuyó en este cargo.