Los demandados se refieren a la sección 7 (a) de la Ley de Arrendamientos y Préstamos y afirman que, dado que el propietario no actuó para regular el sistema de alcantarillado, presentaron una demanda de ejecución.
En cuanto al deseo de poner fin a la relación de arrendamiento, los demandados confirman que hicieron una oferta para adelantar la fecha de terminación del contrato de arrendamiento, pero esta oferta estaba condicionada a condiciones que no se cumplían y que no hay base para negar la opción que se les dio de prorrogar el contrato de arrendamiento. Según ellos, anunciaron el ejercicio de la opción tras la entrega de la demanda de escasa cuantía que habían presentado. Se argumentó que, dado que no se había formulado el acuerdo para rescindir la relación de arrendamiento, los demandados invirtieron una suma de 28.000 ILS en la propiedad arrendada, una reclamación que no se detalló como se requiere en la declaración de defensa, y llevaron a cabo acciones de mantenimiento como se detalla en la correspondencia a la que se refirieron, Apéndice A/11.
El Acuerdo Otomano [Versión Antigua] 1916Por lo tanto, los demandados afirman que están compensando sus daños o reduciendo el valor de la renta como su derecho por ley y como se detalla en las secciones 50-51 de su demanda.
12-34-56-78 Chéjov contra el Estado de Israel, P.D. 51 (2)
Discusión y decisión
Marco deliberativo
- Como se indicó anteriormente, en la decisión del 1 de octubre de 2025, se denegó la solicitud de los demandados de retrasar el esclarecimiento de este procedimiento. Para evitar dudas, no he encontrado una base para la solicitud alternativa de los demandados de consolidar este procedimiento con el reclamo que presentaron. Un procedimiento de desalojo de inquilinos establece un procedimiento especial para escuchar el reclamo de un propietario por incumplimiento de un contrato de arrendamiento con él, y un reclamo financiero del inquilino contra el propietario no debe asociarse con esta demanda. Aunque los demandados presentaron una demanda de ejecución, su preteILSón de ejecución en principio se aclara en este procedimiento, y no hay lugar para la aclaración en un procedimiento separado iniciado por los demandados, un procedimiento en el que pasarán varios meses hasta que se determine la primera fase de instrucción, de manera contraria a la finalidad del procedimiento especial en una demanda de desahucio de un inquilino. Los demandados no iniciaron una reparación temporal en el mismo procedimiento que haría cumplir el contrato de arrendamiento, y es muy dudoso que hubiera espacio para discutir dicha reparación cuando el curso principal es aclarar la causa del desalojo en el reclamo del propietario.
Cabe aclarar que no hay fundamento para las pretensiones de los demandados de silenciar una causa de acción o una facción, mientras no se haya aclarado el procedimiento que iniciaron en cualquier caso, no se ha establecido ningún hallazgo que pueda impedir el esclarecimiento de este procedimiento.