En tal procedimiento, los demandados deberían haber adjuntado todas sus pruebas a la declaración de defensa y, a la luz de la naturaleza de la disputa, no encontré que su defensa se viera afectada por la investigación de la reclamación de esta manera abreviada.
¿Se canceló legalmente la decisión de extender el período de arrendamiento?
- A la luz de la forma en que se redactó la opción otorgada a los inquilinos, en ausencia de una opción en el contrato por parte del propietario de cancelar el contrato de arrendamiento, no hay aplicabilidad A la Sección 251 a la Ley de Arrendamientos y Préstamos, que determina la forma de dar aviso de la activación de la opción. Los inquilinos tenían que avisar con 60 días de antelación al final del periodo de arrendamiento, es decir, a finales de mayo de 2025. El 26 de marzo de 2025, Naftali presentó la pequeña demanda que había presentado, Caso núm. 38952-02-25, [Nevo] En cuanto a su enfoque, constituye un aviso del ejercicio de la opción. Un examen de esa reclamación muestra que está redactada de manera engorrosa, con requisitos incomprensibles para el arbitraje y las demandas de ejecución y cancelación en una mezcla. Esa reclamación fue eliminada en la decisión del tribunal del 21 de abril de 2025, y no encontré que lo que se decía en ella fuera un aviso claro del ejercicio de la opción. Este razonamiento es suficiente para determinar que la opción dada a los inquilinos de extender el período de arrendamiento no se ha ejercido legalmente.
Además, un examen de la correspondencia entre las partes muestra que es posible entender a partir de las pretensiones de los arrendatarios que ya no están interesados en poseer el inmueble arrendado. Aunque estipularon varias condiciones sobre su deseo de irse, lo que podría haber sido posible para llegar a acuerdos y hacer que estos procedimientos fueran redundantes, pero no le dieron al propietario ningún horizonte en cuanto a la fecha de su salida de la propiedad arrendada, se dio un aviso vago de que si localizan una propiedad alternativa y celebran un acuerdo para alquilarla, notificarán dentro de los 30 días de su intención de desalojar al inquilino. En esas condiciones, se comprometieron a pagar el alquiler y los gastos completos hasta que la propiedad arrendada fuera devuelta al propietario.