"El mensaje de nuestras palabras es claro: la persona que se comunica ilegalmente asume un riesgo; La autoridad no puede negar completamente el pago, aunque no lo enriquezca de forma ilegal. Pero el pago será mucho menor de lo esperado, ya que no se debe dar ninguna recompensa a quienes actuaron ilegalmente, y el bolsillo público no debe ser cargado a los caprichos y omisiones de sus agentes."
- Al determinar la suma mencionada, tuve en cuenta la suma de 56.407 ILS que la demandada estaba dispuesta a pagar a la demandante en el marco del borrador de acuerdo que ella le envió (Apéndice 3 de la declaración de defensa; cuando esta suma debía considerarse como una confesión de un litigante), las palabras del Sr. Fares en su testimonio ante mí ("Creo entonces... Profundizé en sus cálculos, llegué a 250.000 a 300.000 shekels con él, podía tragarlo. Creo que era razonable"; p. 27, párrafos 1-2), el presupuesto aunque no estaba firmado, así como los argumentos del demandante respecto al proyecto Gilad Junction y el hecho de que estos son proyectos similares en cuanto a los trabajos requeridos (en este sentido, véase el párrafo 18 de la declaración de demanda; palabras del abogado del demandante en p. 41, párrafos 27-35).
- Para evitar dudas, aclaro que el testimonio del Sr. Fares respecto a la suma mencionada, que le parece razonable (entre ILS 250.000 y ILS 300.000), está claro que no sustituye una opinión ni como prueba concluyente para demostrar la contraprestación debida al demandante, pero en las circunstancias del caso consideré que puede constituir cierto peso probatorio entre todas las consideraciones para determinar la cantidad que el demandado debe pagar, en vista del papel de este testigo en ese momento y su implicación en la conducción de las negociaciones con el demandante. sobre sus datos y después de que se le entregara la información relevante.
El testigo detalló detalladamente la secuencia de eventos relacionados con las negociaciones que tuvieron lugar (pp. 22-24), entre otros -