Casos legales

Acción colectiva (Tel Aviv) 11278-10-19 Yehoshua Klein contra Refinerías de Petróleo Ltd. - parte 152

January 13, 2026
Impresión

"En mi opinión, propuse la norma que considero apropiada a la luz de estos criterios y basada en la premisa de que las reglas de prueba de reclamaciones por responsabilidad civil deben reflejar la idea de que los daños son daños completos – no existe 'medio ilícito' ni 'una octava parte del daño' – y que la justicia correctiva es, en esencia, un principio bilateral que exige la prueba de una conexión causal" (ibid., párrafo 55, énfasis añadido).

Por tanto, no basta con señalar a varias personas lesionadas que tengan alguna relación con el acusado.  Incluso si se han realizado estudios epidemiológicos que muestran altas tasas de morbilidad entre los miembros del grupo, y existe una cierta conexión o correlación entre el grupo y el demandado, el demandante tendrá que determinar la posible causalidad entre los daños de cada miembro del grupo y el riesgo al que estuvieron expuestos por el demandado (sobre la distinción entre una conexión/correlación y una conexión causal a nivel científico-jurídico, véase el caso Krishov,  pp. 338-340).  Los demandantes deberían haber demostrado, basándose en pruebas científicas, que existe un posible vínculo causal entre el acto ilícito que constituye un riesgo recurrente (por ejemplo, la descarga de cadmio en el arroyo) y el daño a cada miembro del grupo (por ejemplo, cáncer de próstata) en la forma y la manera en que la parte lesionada fue expuesta al acto ilícito (por ejemplo, exposición cutánea a cierta concentración).  Es posible que miembros del mismo grupo hayan estado expuestos a varios riesgos recurrentes al mismo  tiempo (exposición a varias sustancias peligrosas) y que los daños de los miembros del grupo se expresen de varias maneras diferentes (enfermedades de distintos tipos), pero aún así debe demostrarse que existe una posible conexión causal entre cada expresión ilícita y su origen ilícito (ibid., párrafo 48).

  1. Como resumen conciso y no exhaustivo, debe decirse que la norma para demostrar morbilidad excesiva de una fuente contaminante obliga —e incluso los solicitantes aquí, dentro del marco de su solicitud de aprobación— a demostrar una conexión causal potencial y específica mediante pruebas científicas sólidas, cumpliendo requisitos específicos respecto al tipo de sustancia, la forma de exposición y descripción, y sopesando factores de riesgo adicionales. Para ser precisos, la morbilidad excesiva es una condición necesaria pero no suficiente, y la causalidad debe demostrarse, y no solo correlación, incluso en casos de ambigüedad causal o sesgo
  2. En el párrafo 334 de los resúmenes de los solicitantes, se argumentó que: "Todos los solicitantes, en sus declaraciones juradas y testimonios, establecieron bien su causa personal como víctimas directas de la contaminación de las fábricas con olores y ansiedad causados por morbilidad excesiva para desarrollar cáncer" (véase también lo que se indica en los párrafos 5, 126 y 332 de los resúmenes  y los párrafos 12-18 de los resúmenes de la réplica sobre la prueba de 'morbilidad excesiva').
  3. En sus resúmenes, los solicitantes también se refirieron y se basaron en la existencia de un 'sesgo recurrente'. Así, por ejemplo, en la sección 51 [sección 320], argumentaron, entre otras cosas, que: "...La prueba de sesgo recurrente pretende eximir problemas para demostrar una conexión causal en casos donde existe causalidad ambigua, donde el obstáculo para ganar la reclamación está en la prueba del equilibrio de probabilidades"... El modelo de sesgo recurrente se aplica cuando el autor de la responsabilidad crea un riesgo repetido para un grupo de personas y existe un sesgo constante en la aplicación de la regla de la balanza de probabilidades, es decir, el demandado o el demandante siempre gana" (Civil Appeal 1415/13B.  v. Heinz Remedia enla Apelación Fiscal, párr. 24 (22 de julio de 2014)."
  4. De manera similar, en el párrafo 19 de los resúmenes de la respuesta, los Solicitantes argumentaron, basándose en la existencia de un sesgo recurrente, entre otras cosas, que: "...Sin embargo, al aplicar la prueba de la balanza de probabilidades respecto a los daños causados por ese riesgo, existe un sesgo recurrente: aunque se ha demostrado que el riesgo creado por el infractor se materializa y causa daños a algunas de las partes perjudicadas del grupo, una de las partes de la reclamación ganará o perderá el 100% de las reclamaciones individuales que se presentarán. En esta situación, estamos ante un sesgo sistemático en la aplicación del equilibrio de probabilidades, y las consideraciones de justicia correctiva y disuasión efectiva requieren una solución alternativa para distinguir entre sesgo repetitivo, daño probatorio y pérdida de posibilidades de recuperación..."

y en el párrafo 73 de los resúmenes de la respuesta, los Demandantes reiteraron que, entre otras cosas, que: "...Un requisito previo para plantear una afirmación de sesgo repetido es la existencia de causalidad ambigua.  Como se ha dicho, la prueba de sesgo recurrente pretende eximir problemas para demostrar una conexión causal en casos donde existe causalidad ambigua, donde el obstáculo para ganar la reclamación está en la prueba del equilibrio de probabilidades"...  "El modelo de sesgo recurrente se aplica cuando el autor de la responsabilidad crea un riesgo repetido para un grupo de personas y existe un sesgo constante en la aplicación de la regla de la balanza de probabilidades, es decir, el demandado o demandante siempre gana."

  1. Los demandados abordaron el tema de la morbilidad excesiva, entre otras cosas, en el capítulo B(2), secciones 20-46. y según la afirmación del sesgo recurrente, véan, entre otros, las secciones 552-562 y 568-575 para sus resúmenes.
  2. En el caso del Golán mencionado, se sostiene, entre otras cosas, que "...Para demostrar los fundamentos que constituyen la prueba de sesgo recurrente —según la balanza de probabilidades— las partes deben aportar la mejor evidencia, y se puede suponer que, en los casos en los que esto no sea necesario por la naturaleza del riesgo, podrán utilizar las herramientas habituales a su disposición, incluyendo opiniones expertas, material profesional y testimonios relevantes" (ibid., párrafo 31).

Discusión y decisión

  1. Tras considerar los argumentos de las partes, examinar las opiniones y testimonios de los expertos y otros testigos, y toda la documentación que se me presentó, llegué a la conclusión de que las reclamaciones de los solicitantes debían ser rechazadas, y que no pudieron probar la norma que se les exigía, entre otras cosas, respecto a la existencia de morbilidad excesiva y una conexión causal.
  2. La norma es que, en reclamaciones que involucran supuestos daños causados por la exposición a sustancias tóxicas, el demandante-demandante debe demostrar la existencia de un posible vínculo causal fáctico, es decir, si la supuesta exposición es capaz de causar la enfermedad alegada, así como la existencia de un vínculo causal factual específico, es decir, si la exposición del demandante en determinadas circunstancias causó realmente la  enfermedad del demandante, en el contexto de todos sus datos personales y las circunstancias de la exposición.  En nuestro caso, según recordamos,  no se afirmó que la supuesta exposición causara alguna enfermedad a los solicitantes.
  3. Así, ya se ha determinado arriba y en detalle, en el capítulo que trata la comparación irrelevante con la media nacional, que una comparación de morbilidad en Haifa con morbilidad en la población general (la media nacional) no puede probar de forma fiable la existencia de  un exceso de morbilidad en Haifa (véase extensamente  los párrafos 462-469 arriba).
  4. Como se detalló anteriormente, las opiniones expertas del Prof. Lin y la Dra. Shlita no prueban, con el nivel requerido, que exista morbilidad excesiva en la bahía de Haifa que se origina solo en fábricas entre los miembros del grupo. Las tesis que sustentan las opiniones de los expertos mencionados ya han sido rechazadas por el Tribunal de Distrito de Haifa y el   Tribunal  Supremo, así como por el marco de esta sentencia, y no tienen la facultad de servir como base científica adecuada para determinar que existe morbilidad excesiva en la bahía de Haifa – morbilidad que se origina en las emisiones de fábricas [independientemente de otros factores de emisión reconocidos y probados].
  5. No es inútil señalar que, aparte de los expertos y el profesor Grotto, no declararon testigos profesionales a favor de los solicitantes, por lo que no es posible relacionar de forma probatoria la documentación que se presentó como si tuviera fundamento.
  6. En este punto, vale la pena enfatizar que el profesor Grotto no presentó una opinión, y no hay espacio para tratar ninguno de los escritos de los Apéndices 4 y 1 como opiniones.
  7. Además, si los solicitantes querían dar un verdadero peso a la posición y opinión profesional del profesor Grotto, habría sido apropiado presentar su opinión o al menos su declaración jurada. Al final del día, un "documento de posición" "como se llama (no/sí)", expresa la posición personal del profesor Grotto en este caso basándose en su interpretación de varios estudios (en los que no participó en la edición), y no  expresa, como resultó ser, la posición del establecimiento médico.
  8. Los solicitantes se basan en lo que se expone en el documento de posición, por lo que es posible concluir que existe un exceso de morbilidad en la bahía de Haifa que se originó en los demandados.  Mi opinión no es la suya.  Véase también la discusión sobre el asunto detallada arriba.
  9. En el párrafo 27 de los resúmenes de los solicitantes, se refieren a lo que se indica en la página 4 del documento de posición en el centro. En la brisha se afirma que "...Estudios epidemiológicos en el distrito de Haifa han encontrado una relación entre la contaminación del aire industrial y la morbilidad respiratoria, así como la contaminación atmosférica no congénita y el asma en niños." No es posible dar el peso probatorio adecuado a estudios epidemiológicos 'oscuros' sin que sean presentados en los tribunales por sus editores.  Ten en cuenta que el párrafo no menciona "morbilidad excesiva", sino solo morbilidad, y que también es una fuente de contaminación del aire "distinta a la estructural" en contraste con la contaminación industrial.  Además, el grupo en cuestión en este párrafo son los niños, y no representa al grupo objeto de la solicitud de aprobación.
  10. El Registro de Emisiones Ambientales (EPP) de 2013 aparentemente incluye, de forma similar al Apéndice 11 de los Apéndices de los Solicitantes (2014), datos sobre todas las fuentes de emisiones en el Golfo de Sustancias Orgánicas Volátiles No Metanas (NMVOCs), como centrales eléctricas, gasolineras y transporte. Por tanto,  el  asunto no puede atribuirse únicamente a los demandados.
  11. En el párrafo 22 de los resúmenes, los solicitantes se refieren a lo que se indica en la página 5 del documento de posición, donde se dice que "...A la luz de los datos excepcionales sobre morbilidad, incluidos los estudios epidemiológicos en el área de la Bahía de Haifa, incluyendo datos y estudios publicados tras las decisiones del Comité de Distrito, y de acuerdo con el conocimiento existente en la literatura médica, el Ministerio de Salud considera que, a la luz del número de programas en el área de la Bahía de Haifa, tienen un potencial significativo de impacto..". Estas cosas no constituyen pruebas legales significativas que demuestren la morbilidad excesiva causada al grupo, solo por las fábricas.
  12. En el párrafo 23 de los resúmenes, los solicitantes se refieren a la página 6 del documento de posición, donde se indica, entre otras cosas, que "...En los últimos años, la Organización Mundial de la Salud y asociaciones profesionales han determinado que existe un vínculo causal entre ciertas enfermedades y la exposición a la contaminación atmosférica, basándose en la revisión de numerosos estudios epidemiológicos que han examinado grandes poblaciones así como estudios toxicológicos. En este artículo, nos centramos en tres grupos de enfermedades para las que se estableció un vínculo causal con la contaminación del aire: exacerbación del asma en niños, morbilidad y mortalidad cardíaca, y cáncer de pulmón."
  13. Los estudios epidemiológicos y toxicológicos no han sido probados ante el tribunal. Además, estamos hablando de cosas generales que no vinculan inequívocamente las fábricas con ciertas enfermedades como un único factor sin el cual no hay nadie. Como se señaló detalladamente anteriormente, el documento de posición (Apéndice 1) no determinó que el aire (contaminado) emitido por las chimeneas de las fábricas y que llega a la zona residencial y que  los miembros del grupo respiran como aire ambiental en su zona de residencia sea el único que causa el exceso de morbilidad en el Golfo.
  14. Así, el profesor Grotto también confirmó en su testimonio en el contrainterrogatorio, en relación con lo que se afirmó en el documento de posición, entre otras cosas, que él "... que la generación de electricidad también causa morbilidad y cáncer." Según él, el transporte, la generación eléctrica y la contaminación del aire proveniente de la industria emiten un carcinógeno, que no necesita ser probado.  Le preguntaron si era consciente de "...Quien fuma desde barcos tiene la emisión de contaminantes de los barcos en el puerto", respondió:

Esto también implica muchas fuentes de contaminación a las que la gente está expuestaNuestro objetivo, como defensor de la salud pública, es reducir al máximo las fuentes que se pueden reducir, el PM2.5 del que hablé antes no siempre puede reducirse.  Parte de ello viene de una lucha africana y no tenemos nada que hacer, pero la parte que podemos afrontar es nuestro trabajo para lidiar...

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