Casos legales

Acción colectiva (Tel Aviv) 11278-10-19 Yehoshua Klein contra Refinerías de Petróleo Ltd. - parte 154

January 13, 2026
Impresión

 La principal herramienta para demostrar el vínculo causal entre la contaminación ambiental y los daños corporales es la evidencia científica.  Esta prueba debe conectar el mundo de la ciencia con el mundo del derecho para que el juez pueda determinar si la ciencia reconoce la infección creada por el demandado como causa de la lesión corporal sufrida por el demandante.  Para que el tribunal se base en la evidencia científica, debe estar convencido de que la teoría detrás de la evidencia es aceptada en el mundo científico y que la prueba a la que testifica el testigo se realizó conforme a las reglas necesarias.  Esto muestra que, en casos donde existe certeza científica, es decir, se ha presentado ante el tribunal pruebas fiables de la posición inequívoca de la ciencia sobre el tema en disputa, este se basará en los hallazgos científicos.... (ibid., párrafos 37-36)

  1. Como se afirmó en el caso Kishon, "... El hecho de que una sustancia constituya un factor de riesgo no es suficiente para probar una reclamación, y el demandante debe demostrar su reclamación, comenzando por el posible vínculo causal y terminando con el vínculo causal específico." Incluso si aceptamos el argumento de los solicitantes [que no he comprobado] de que las emisiones de las chimeneas de las fábricas de los demandados constituyen un factor de riesgo para desarrollar cáncer (¿qué ?), los solicitantes también deben demostrar  , entre otras cosas:  morbilidad excesiva  (que no lograron demostrar como se detalló arriba); Un posible vínculo causal, así como para demostrar que las emisiones constituyen un "factor de riesgo en el perfil de exposición relevante", que incluye "el alcance y extensión de la exposición, el periodo de exposición y la forma de exposición – algo que no hicieron los solicitantes, así como teniendo en cuenta  "otros factores de riesgo normales (como edad, tabaquismo, exposición solar, genética familiar, etc.)", lo cual tampoco se tiene en cuenta en el alcance de las pruebas de los solicitantes ni en la opinión en su nombre.
  2. Como se ha mencionado anteriormente, la forma de demostrar la existencia de una conexión causal fáctica es mediante la evidencia científica del mundo médico. Los solicitantes, así como los expertos en su nombre, no presentaron de forma convincente que las emisiones constituyan un "factor de riesgo en el perfil de exposición relevante" que incluye "la extensión y extensión de la exposición, el periodo de exposición y la forma de exposición" (donde viven los residentes [aire ambiente] y en general), ni  mostraron que la opinión tuviera en cuenta "otros factores de riesgo normales (como la edad, el tabaquismo, la exposición al sol, genética familiar, etc.)".  Por lo tanto, y a la luz de todo lo anterior, la conclusión obvia es que los solicitantes no lograron demostrar la existencia de una conexión causal.
  3. En el caso Kishon, se sostuvo y el asunto tiene buena fuerza en nuestro caso también."Los demandantes deberían haber demostrado, sobre la base de pruebas científicas, que existe un posible vínculo causal entre el acto ilícito que constituye un riesgo recurrente (por ejemplo, la descarga de cadmio en el arroyo) y el daño a cada miembro del grupo (por ejemplo, cáncer de próstata) en la forma y la manera en que la parte perjudicada fue expuesta al acto ilícito." A la luz de todo lo que se expone en esta sentencia, es necesario concluir que los solicitantes no cumplieron con esta carga de la prueba.
  4. En el caso Kishon anterior, se dictaminó en relación con la 'investigación epidemiológica', mencionando la sentencia de Krishov, entre otras cosas que:

Porque incluso los estudios epidemiológicos no necesariamente prueban una relación causal, sino más bien evidencia estadística circunstancial.  "El lenguaje de la epidemiología es el lenguaje de las estadísticas, de la prevalencia, de las probabilidades, respecto a la conexión entre una sustancia determinada y una enfermedad particular en grupos de personas" (Krishov, v. 23).  Por tanto, la morbilidad excesiva es una condición necesaria pero no suficiente para demostrar una relación causal, y debe hacerse una distinción entre asociación y causalidad.  La investigación epidemiológico-estadística debe examinarse según los criterios aceptados mencionados en la sentencia del juez Naor en el caso Krishov (párrafo 44 de la sentencia), conocidos como directrices de Ill.  (ibid., párrafo 35)

  1. En el documento de posición del profesor Grotto, explicó y se refirió a muchos estudios epidemiológicos que, como se ha dicho, son evidencia estadística circunstancial y no necesariamente demuestran una conexión causal.
  2. Además, el profesor Grotto escribe en el documento de posición – y esto no ayuda a los solicitantes a demostrar la existencia de una conexión causal – entre otras cosas que "...Resumen y presentación de datos de morbilidad y mortalidad por diferentes unidades espaciales... No permite determinar la causa de la presencia de morbilidad excesiva en la zona, pero indica que es necesario realizar un estudio dedicado..." (ibid., p. 34 abajo) (véase también el testimonio del profesor Lin en la página 540, líneas 7-13).
  3. En cuanto a la prueba de "sesgo recurrente", debe señalarse desde el principio que "...La cuestión de si la prueba de sesgo recurrente es una regla vinculante no está exenta de dudas" y que "...La teoría del 'sesgo recurrente' como regla vinculante sigue por examinar" (El caso Kishon, párrafos 47-48) (y también: párrafos 557-561 de los resúmenes de los demandados).
  4. En el fondo del asunto, debe decirse que los solicitantes ni siquiera han cumplido todas las condiciones acumulativas a la luz de las cuales se aplicará la prueba de 'sesgo recurrente'. En el caso Kishon, se sostuvo en este asunto, entre otras cosas, que:

Por tanto, no basta con señalar a varias personas lesionadas que tengan alguna relación con el acusado.  Incluso si se han realizado estudios epidemiológicos que muestran altas tasas de morbilidad entre los miembros del grupo, y existe cierta conexión o correlación entre el grupo y el demandado,

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