[Demandado]: No.
Abogada Dori Schwartz: No. En otras palabras, la cuestión de cómo los niños, o el niño, llegarán al mundo, mediante gestación subrogada, mediante un embarazo en el cuerpo [del apelante], no cambia el hecho de que usted no habría estado de acuerdo en ningún caso. No estás de acuerdo, punto, ¿verdad?
[Demandado]: Sí, le dije mi opinión" (Transcripción del 31 de enero de 2022, pp. 29-30).
Así, en el proceso, no fue la cuestión de la gestación subrogada lo que suscitó la objeción del demandado a que el apelante tuviera hijos a través de los embriones congelados. En este contexto, acepto la posición de la opinión minoritaria en el Tribunal de Distrito, según la cual el demandado desea mantener esta cuestión sin considerarla de verdadera importancia. La objeción del demandado en este asunto es puramente técnica y, por tanto, no se basa en una posición sustantiva y sincera.
- Es apropiado relatar, aunque sea brevemente, a las duras declaraciones hechas por el demandado y su abogado que giraban en torno a la extirpación del útero del apelante. El demandado señaló en la declaración jurada del testigo principal en su nombre que "Digo estas cosas con dolor, pero esto es un hecho. La extirpación del útero [de la apelante] puso fin a sus difíciles dudas. Su amargo destino me ha beneficiado, de hecho."Nombre, en el párrafo 9). El abogado del demandado también criticó duramente al apelante: "Quiero decirle que, por triste que sea, en realidad fue su histerectomía, esa era la póliza de seguro [del demandado]... Su póliza de seguro era que te habían extirpado el útero, y ahora estoy libre de mis obligaciones con él" (transcripción del 30 de enero de 2022, p. 30). Estas dolorosas palabras causaron al apelante un verdadero tumulto emocional, como se documenta en el acta de la audiencia. En este contexto, preciaré y señalaré a nivel humano que deberíamos lamentar estas declaraciones ofensivas, de las cuales parece que el "día de desastre" del apelante es el "día cambiado" del demandado. Argumentos de este tipo, en la medida en que el demandado intentó plantearlos, deberían haberse formulado de una manera más legal y neutral.
- A nivel legal, aclararé que el párrafo 3 de la declaración jurada no refleja una denegación generalizada de los procedimientos de gestación subrogada, sino solo el hecho de que en ese momento el plan de insertar los embriones en el útero del apelante estaba solo en la agenda. Como es bien sabido, el procedimiento relacionado con la gestación subrogada es fundamentalmente diferente. En cualquier caso, la posición del demandado en este contexto contradice directamente las conclusiones del Tribunal de Familia, en las que el tribunal de apelación no intervino y, incluso en la versión actual, no se presentó fundamento para intervenir. De acuerdo con estas determinaciones, tras recibir la amarga noticia de la necesidad de extirpar el útero de la apelante, la demandada intentó consolarla y levantarle el ánimo diciendo que no tenía de qué preocuparse porque los embriones congelados aún podían usarse A través de la gestación subrogada. Por tanto, esto es un consentimiento explícito que es posterior a la firma de la declaración jurada y sustituye lo que se indica en la sección 3 36.
- Más de lo necesario, añadiré que ni siquiera la versión del demandado sobre el curso de los hechos le ayuda. Según él, lamentó lo de la histerectomía, pero no prometió nada al apelante respecto a la gestación subrogada. En su testimonio ante el Tribunal de Familia, señaló que "le dije que todo iría bien y eso fue todo."Minutos del día 31 de enero de 2022, p. 31). Sin embargo, sus palabras son incompatibles con lo que indica su declaración jurada, que afirma que la extirpación del útero pone fin a sus dudas. No está claro, entonces, qué significa su afirmación de que "todo irá bien" - y esto ocurre unos seis meses después de la extracción y fertilización del óvulo, es decir, unos seis meses después de que la relación se haya deteriorado. Según la propia versión del demandado, en esta etapa no tenía intención de permitir que el apelante tuviera hijos a través de los embriones congelados. Su conducta es una continuación directa del engaño del apelante en las etapas anteriores, y los argumentos del demandado en este contexto no deben ser escuchados.
En la práctica: La propuesta preliminar del Fiscal General
- Como se puede recordar, el Fiscal General propuso un esquema según el cual -sujeto a ciertas determinaciones fácticas- el apelante podría celebrar un acuerdo para llevar embriones, de acuerdo con la Ley de Subrogación, como madre soltera destinada. En las circunstancias del caso, este esquema puede constituir una solución equilibrada y viable, que moderará la vulneración de los derechos del demandado. Vale la pena recordar que en el Nachmani Los jueces minoritarios enfatizaron las implicaciones de la paternidad para el ser humano, desde una perspectiva legal, humana, económica, social y de otro tipo (véase: Materia Otra discusión Nachmani, en pp. 683-684). En teoría, el esquema propuesto ofrece una solución parcial a las dificultades que surgieron en el Nachmani - En la que la gestación subrogada individual no era posible en absoluto. En este contexto, quiero enfatizar que el hecho de que los tratamientos de fertilidad en este caso se realizaran antes de la promulgación de la Enmienda nº 2 a la Ley de Subrogación no tiene ninguna relevancia en nuestro caso. De hecho, esta enmienda legislativa de 2018 -que por primera vez permitió a una mujer comenzar el proceso de gestación subrogada sola como madre soltera- es posterior a los tratamientos de fertilidad que las partes recibieron en 2015. Sin embargo, esto no aumenta ni disminuye en las circunstancias del caso. Esto se debe a que el acuerdo para el porte de embriones (es decir, el acuerdo de gestación subrogada) aún no se ha firmado durante los tratamientos de fertilidad. Hoy ya está en vigor la Enmienda nº 2 a la Ley de Subrogación, y si el acuerdo se firma en virtud de ella, no será posible impedir que el apelante actúe conforme a las disposiciones pertinentes de la ley.
- En la audiencia ante nosotros, el abogado del demandado señaló que se oponía a cualquier uso de embriones congelados, incluso dentro del marco del esquema, lo cual considera dificultades. Además de lo anterior, el demandado se abstuvo de aclarar -aunque solo fuera como argumento alternativo- si, en un escenario en el que se acepta la apelación, preferiría adoptar el esquema. Además, en su respuesta del 29 de octubre de 2025 a la propuesta del tribunal presentada al final de la audiencia, el demandado señaló que "no acepta la propuesta de adoptar las recomendaciones de la familia apelante en un compromiso, mientras que se opone en principio y de forma sustantiva al uso de embriones con fines de fertilización en un proceso de gestación subrogada." En estas circunstancias, es apropiado permitir que el demandado, en la etapa actual, aclare su posición respecto al esquema del Fiscal General, en la medida en que su objeción general al uso de embriones congelados sea rechazada y permita al apelante continuar con el proceso de gestación subrogada. El demandado debe hacerlo en un plazo de 14 días, tras lo cual se emitirá una decisión suplementaria.
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- Antes de concluir, me gustaría enfatizar que se espera que las lecciones necesarias aprendidas -tanto en el Ministerio de Sanidad como en las instituciones médicas- se lleven a cabo de forma completa y lo antes posible. Ampliar la regulación legal sobre el conjunto de derechos entre cónyuges que inician procedimientos de FIV podría haber tenido una contribución decisiva. Al mismo tiempo, e incluso antes de la promoción de la legislación sobre el tema, es posible esforzarse por la firma de los cónyuges que ingresan juntos en el proceso de FIV de una manera que les anime a pensar con antelación sobre cuestiones críticas desde su punto de vista, como el uso de embriones congelados incluso sin consentimiento. Una buena forma de hacerlo es utilizando un documento que incluya más de una alternativa (por ejemplo: elegir entre "los embriones pueden usarse incluso sin consentimiento conjunto" y "los embriones no pueden usarse sin consentimiento conjunto") - de una manera que obligue a la pareja a elegir una alternativa Adecuado para ellos Tras llegar a un acuerdo y entendimiento. Una definición clara de las reglas que se aplican a tales situaciones puede evitar la formación de otro asunto doloroso como el que hemos escuchado antes.
- Finalmente: Si se escucha mi opinión, sugeriré a mis colegas que se acepte el recurso sin el cargo de costes, en el sentido de que la sentencia del Tribunal de Distrito será anulada. El apelante podrá utilizar los embriones congelados, pero las instrucciones operativas al respecto se darán tras la presentación de la posición del demandado detallada anteriormente.
Dafna Barak-ErezJuez
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