Casos legales

Petición de apelación/Reclamación administrativa 20037-03-25 Zohar Hutzot Ltd. contra el municipio de Kiryat Ono - parte 8

April 22, 2025
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Segundo, El Demandado 4 sostiene que la brecha en el componente de precios entre su oferta en relación con la categoría 2 y la propuesta del apelante fue tan significativa, Así, incluso si el comité de licitaciones hubiera modificado la calificación otorgada al apelante en el componente de calidad basándose en la recomendación del Municipio de Fatah-Hope o se basa únicamente en las recomendaciones dadas al apelante en el marco de la segunda ronda, Esto no le llevó a ganar en relación con la categoría 2.

En cuanto al equilibrio de conveniencia, El Demandado 4 sostiene que la balanza de conveniencia se inclina a su favor, ya que desde el anuncio de su victoria, la garantía de licitación ha sido reemplazada por una garantía de rendimiento en la suma de 200,000 Q"VIII, y se firmaron acuerdos entre esta y varios clientes para la publicidad en las instalaciones objeto de la licitación.  Por lo tanto,, Según ella,, Cada día que gana la licitación se retrasa, Absorber es un daño significativo.

  1. El Demandado nº 3, en la réplica que presentó, también solicita, además del rechazo de la solicitud de alivio temporal y la cancelación de dicha orden, la desestimación del recurso contra el terreno.  Así,  el demandado 3  también se basa en el razonamiento del tribunal de primera instancia, y también enfatiza que la petición del apelante se presentó con retraso y que el apelante actuó de mala fe,  como señala la sentencia del tribunal de primera instancia.  En cuanto al saldo de conveniencia, el Demandado 3   sostiene que también ha bastado, desde el anuncio de la victoria de la licitación, colaborar con terceros, y que, además del daño causado a él y a esos terceros por el retraso en la ejecución de las obras objeto de la licitación, este retraso perjudica el interés público para el cual el Ayuntamiento y la Sociedad de Desarrollo publicaron la licitación objeto de apelación.
  2. Al igual que los demandados 2-3, en la réplica presentada en su nombre, el Ayuntamiento y la Compañía de Desarrollo también se basan en los motivos de la sentencia del tribunal de primera instancia. Además, e incluso al igual que los demandados 2-3, el Municipio y la Compañía de Desarrollo también enfatizan que la petición del apelante se presentó con retraso, y alegan que la petición se presentó con falta de limpieza en vista de la conducta del apelante respecto al municipio de Petah Tikva, como se ha descrito anteriormente.  En este contexto, el ayuntamiento y la empresa promotora afirman que las posibilidades de apelación son escasas.  En cuanto al equilibrio de conveniencia, el ayuntamiento y la empresa urbanística alegan que cada día que las obras objeto de licitación se retrasan,  se les priva de ingresos por franquicia a razón de decenas de miles de shekels en un cálculo mensual y, por tanto, en su opinión, el equilibrio de conveniencia se inclina a su favor.

Discusión y decisión

  1. Tras revisar el aviso de apelación, la solicitud de medida provisional en la apelación y la respuesta de los demandados, he llegado a la conclusión de que la apelación debe ser desestimada. Esto está de acuerdo con nuestra autoridad conforme al Reglamento  138(a)(1) del   Reglamento de Procedimiento Civil, 5779-2018, que se aplica al procedimiento ante nosotros en virtud del Reglamento 34(a) del  Reglamento de Tribunales  Administrativos (Procedimientos), 5761-2000.
  2. El punto de partida de nuestra discusión es la regla profunda según la cual el tribunal no se reúne como un "comité supremo de licitaciones" y no reemplaza la discreción profesional del comité por su propia discreción.  La intervención en las decisiones del comité de licitaciones se reserva solo para casos excepcionales, en los que se determinó que el comité de licitaciones se desvió materialmente de las normas básicas de las leyes de licitaciones, tal como se determinan en la legislación y la jurisprudencia (véase, muchos ejemplos: Petición de Apelación/Reclamación Administrativa 7383/23 Kfar Giladi Quarries Limited Partnership contra Israel Lands Authority, párrafo 21 al fallo del presidente en funciones Vogelman [Nevo] (28 de mayo de 2024); Petición de apelación/Reclamación administrativa 2550/23 Namarna contra New Amidar National Housing Company in Israel Ltd., párrafo 14 de la sentencia del juez E. Stein [Nevo] (30 de marzo de 2023); Petición de apelación/Reclamación administrativa 1856/22 Hai Nahmias Residences and Investments in Tax Appeal v. Peretz Bonei Hanegev (1993) Ltd.,  párrafo  13 de la sentencia del juez N. Sohlberg [Nevo] (18 de agosto de 2022)).

Opino que la sentencia del tribunal de primera instancia es coherente con el precedente que he comentado anteriormente, Así que no hay margen para que la apelación sea aceptada.

  1. Como se ha descrito anteriormente, el primer argumento del recurrente es que el comité de licitaciones se disolvió de su discreción y confió enteramente en el consultor, y por esta razón todas las decisiones que tomó, incluida la decisión de seleccionar a los demandados 3-4 como ganadores de la licitación, deberían ser descalificadas.  De hecho, no hay disputa en que un comité de licitaciones no puede disolverse de su discreción y delegar todos sus poderes a una parte externa.  Sin embargo,  se subrayó en la jurisprudencia que no existe impedimento para que el comité de licitaciones reciba asistencia y consulta de una entidad externa de este tipo, y en las circunstancias apropiadas, también es deseable la asistencia de un consultor para examinar propuestas y examinar el cumplimiento de los licitantes con las condiciones de prueba requeridas en la licitación (como se hizo en nuestro caso  ) (véase, por ejemplo: Apelación de Petición/Reclamación Administrativa 6117/15 10.R.  Iniciación en la Apelación Fiscal contra la Autoridad de Tierras de Israel  –  Espacio Empresarial Sur, párrafo 26 de la sentencia del juez S. Jubran [Nevo] (23 de junio de 2016); Apelación de la Petición/Reclamación Administrativa 10392/05 Ozan Brothers Construction Company en Apelación Fiscal contra Israel Lands Administration, párrafo 60 de la sentencia del juez A. Peery Kachia [Nevo] (5 de julio de 2009); y la sentencia del  juez  D. Dorner en la Apelación Petición/Reclamación Administrativa 5678/01 Eden Broadcasting en Tax Appeal v. Afik Rom - The New Israeli Channel Ltd., IsrSC 56(1) 917, 923 (2001); Para más información sobre la dependencia de un comité de licitaciones en un consultor externo, véase: Omer Dekel Tenders, Vol. 2,  30-33 (2006)).

En nuestro caso, en su sentencia, el tribunal de primera instancia sostuvo que, aunque en cuanto a la interfaz de trabajo entre él y el consultor, el comité de licitaciones podría haber funcionado mejor, y que el comité de licitaciones se basó intensamente en la opinión del consultor, no se determinó que el comité de licitaciones fuera disuelto de su discreción, sino que sus decisiones se tomaron tras ejercer discrecionalidad independiente.  Esta determinación, que es principalmente fáctica, se basó, entre otras cosas, en la audiencia del consultor y del representante del comité de licitaciones en una audiencia celebrada ante el tribunal de primera instancia.  En vista de esto, no creo que haya margen para nuestra intervención en esta determinación.

  1. Otro argumento planteado por el apelante es que la decisión del comité de licitaciones de celebrar una segunda ronda de recomendaciones respecto a ella y respecto al demandado 3 violó el principio de igualdad y los principios del derecho de licitaciones. Este argumento también debe ser rechazado:

            Primera, y como también sostuvo el tribunal de primera instancia, En mi opinión, hay verdad en el argumento de los demandados de que el mero hecho de que dicho argumento fuera planteado por el apelante, Manchados por la inocencia-32.  Esto, Después de que la apelante actuara de una manera que debería haber sabido que causaría un representante del Municipio de Fatah-Esperanza, Señor Sharabi, Contactar con el consultor y el comité de licitaciones y exigir que se modifique la puntuación otorgada al apelante en el componente de calidad, Y ahora se está quejando de otra ronda de recomendaciones que se celebraron como resultado de esto.

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