[Comparar también: Plan de Zonificación (Laborismo Nacional) 3-163/Ned Helsco Israel en una apelación fiscal - Patrimonio del difunto Eli Gal-On et al., 28(1) 066 (1994)]
- Por tanto, el derecho, así como el derecho a la remuneración, que se discutió en el arbitraje, es un derecho sujeto a arbitraje, y la decisión del árbitro respecto al impago real, especialmente cuando no se reclamó compensación por retención salarial allí, no constituye una desviación de la autoridad que establece los fundamentos para la anulación del procedimiento [véase y compare también otras sentencias de este tribunal: TB (Tel Aviv) 58922-01-17 Uri Itzhaki - The Netanya Sports and Basketball Promotion Company in a Tax Appeal [publicado en Nevo] (23 de marzo de 2018); SAASH (Tel Aviv) 53107-06-18 SOTIRIS NINI - Maccabi Avshalom Petah Tikva - Departamento de Fútbol (NPO) [Publicado en Nevo] (2.10.18)].
Además, el laudo arbitral trató cuestiones relacionadas con la deducción de multas y daciones salariales, cuestiones en las que el conocimiento de lo que es apropiado y aceptable en la relación entre un equipo y un jugador está más en manos de las instituciones judiciales internas gestionadas por la Asociación.
- El grupo se basa, entre otras cosas, en la sentencia en el caso Tev (Tel Aviv) 24483-05-20 Ohad David - Bnei Kfar Iksal for Culture and Sport [publicada en Nevo] (16 de junio de 2020), en la que se determinó que "como es bien sabido, el derecho a los salarios está en el núcleo de la legislación laboral y de los derechos sólidos. Las partes no pueden condicionar el derecho a la remuneración. Por tanto, el árbitro no estaba autorizado a discutir la cuestión del derecho del demandante a los salarios." Se trata de una sentencia concisa que rechaza una solicitud de anulación de una sentencia en la que se rechazó una solicitud para dar efecto a un laudo arbitral, cuando las circunstancias del caso solo se revisaron brevemente. Por lo tanto, no podemos derivar de ello un decreto igual al de nuestro caso, especialmente porque en cualquier caso estamos ante una sentencia paralela que no nos obliga. Esto también es cierto respecto a la sentencia en el caso TB (Tel Aviv) 34603-12-15 Harel Holdings - Hapoel Tel Aviv Football Club en una Apelación Fiscal - Daniel Amos [publicado en Nevo] (9 de junio de 2016), cuyo recurso fue desestimado debido a la suspensión del procedimiento contra el club de fútbol, y no fue escuchado en su fondo.
- Además de lo anterior, debe recordarse que la norma es que, en circunstancias especiales, el tribunal puede dictaminar que el laudo de arbitraje debe mantenerse en vigor, incluso cuando el árbitro falló en ausencia de autorización. Según se sostuvo en Civil Appeal Authority 4710/00 Herzl Goshen - Givat Haviva Seminar, 55 (2) 426 (2001):
"El principio de que el arbitraje no es un marco reconocido para discutir derechos derivados de 'leyes protectoras' no es una norma rígida, y circunstancias especiales justifican desviarse de ella. En primer lugar, la falta de una parte para alegar la ausencia de jurisdicción del árbitro durante el arbitraje y la presentación de la reclamación de falta de jurisdicción solo después de haber dictado un laudo arbitral suele ser perjudicial para él y obstaculizará su intento de anular el laudo (Civil Appeal 816/88 Ma'ale Yosef Regional Council v. Tisra Ltd., [publicado en Nevo] en la p. 130; Civil Appeal Authority 300/89 Valko Construction and Earthworks Company en Tax Appeal contra Eilat Beach Development Company Ltd., [publicado en Nevo] en la p. 516). En segundo lugar, en asuntos arbitrales, el argumento de falta de autoridad del árbitro que surge en el marco de una moción para anular una sentencia se examinará en el contexto de la cuestión de si dejar el laudo en vigor, a pesar de la falta de autoridad, podría causar una injusticia para alguna de las partes. En este espíritu, el artículo 26(a) de la Ley de Arbitraje establece: "El tribunal puede rechazar una solicitud de anulación a pesar de la existencia de uno de los motivos expuestos en el artículo 24, si considera que no se ha causado injusticia."