Casos legales

Instituto Nacional de Seguros (Jerusalén) 60260-10-10 Oved Zaken contra el Instituto Nacional de Seguros - parte 20

June 22, 2014
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En nuestro caso, surge la cuestión de la existencia de una relación empleado-empleador entre el demandante y Hapoel Katamon porque no se firmó ningún contrato entre las partes del que podamos conocer el propósito del compromiso entre ellas.  Sin embargo, en mi opinión, las afirmaciones anteriores son importantes para nuestro caso porque indican la existencia de una práctica internacional en la que los jugadores amateurs participan en el equipo a cambio de cubrir gastos y sin establecer una relación laboral.  La postura de la Asociación de que una situación en la que un futbolista pueda participar en un equipo sin su participación le convertirá en empleado está en línea con lo habitual en el mundo en la industria del fútbol.

Cabe señalar que, dado que la asociación es el organismo que coordina las actividades de todas las ligas en Israel, su posición debe recibir el peso adecuado.  Esto es especialmente cierto cuando el demandante, por su parte, no demostró lo contrario.  En otras palabras, el demandante no probó que él ni ninguno de los otros jugadores definidos como voluntarios creyera que la relación con el equipo debía establecer una relación de trabajo.  Además, el propio demandante afirmó que antes de participar en Hapoel Katamon estuvo activo en otros equipos, pero no afirmó ni probó que existiera una relación de empleador entre él y cualquiera de ellos de una manera que pudiera tener implicaciones para la audiencia en nuestro caso.

Mi conclusión, por tanto, es que la práctica que ha arraigado en las categorías inferiores es que los partidos no ven la relación entre ellos como una relación laboral, y por tanto no hay margen para sacudir toda una industria determinando que tal relación existe entre ellos, especialmente porque esto implica una organización burocrática que no tiene una importancia económica despreciable.  Argumentaré que la cuestión de los costes para establecer una relación empleado-empleador entre las partes está dentro del alcance del conocimiento de los jueces, y por tanto me resulta difícil aceptar la reclamación del demandante de que se trata de unos pocos cientos de shekels al mes.

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