Casos legales

Reclamación derivada (Tel Aviv) 58205-11-23 Harel Primack contra Delek Group Ltd. - parte 4

May 31, 2026
Impresión

R: La recuperación de las empresas en manos se debió a dos cosas: una, a un nivel exógeno de los mercados, y dos, a las acciones tomadas por esas empresas para permitirles realmente estar sanas tras la crisis que experimentaron. 

P: ¿Qué ocurre en los mercados, es el precio del petróleo lo que ha aumentado?

R: Precios que han aumentado, sí, que se han recuperado.

P: ¿Por los precios del petróleo que han subido?

R: Sí, la gasolina y el petróleo, sí.  Pero no solo, digo...  La recuperación no les habría llegado si no hubieran llegado a esta situación cuando están relativamente sanos.

Q: ...  Si el precio del petróleo hubiera subido día a día, habría subido de las mismas 30 a 70 empresas, ¿se habría recuperado?

R: Sí, por supuesto.

Q: ...  Si el precio del petróleo hubiera subido de 30 a 100, toda la crisis habría terminado.

R: Así empezó, así que así terminó.

En el interrogatorio del solicitante, Primak confirmó que había habido un aumento en el precio de las acciones de la empresa (p.  415, preguntas 15-20).  Reiteraré y reitero, como se ha dicho, que la decisión bajo ataque en nuestro caso no trata sobre si el CEO tiene derecho a recibir remuneración o no, sino que trata sobre la forma en que se aprobó la decisión revocadora y examina si se tomó conforme a la ley, con un estándar probatorio preliminar, con el fin de descubrir documentos.  Por lo tanto, la afirmación del demandado de que la asamblea aprobó posteriormente un cambio en la política de remuneración de la empresa es irrelevante.

Podría haber habido circunstancias especiales que dependieran de la identidad del CEO en funciones o de las razones para aprobar la remuneración a pesar de la objeción de la asamblea general, de acuerdo con la posición del Fiscal General para casos relacionados, tal y como se detalla en el asunto Matriz, párrafo 38:

"Casos Especiales" pueden referirse a circunstancias especiales relacionadas con la identidad de un CEO en ejercicio, incluyendo cualificaciones excepcionales; retención de personal de alta calidad; oferta limitada de posibles CEOs debido al ámbito de negocio o experiencia especial de la Compañía (párrafo 7.2 del puesto); circunstancias especiales relacionadas con la Compañía, incluyendo una situación empresarial que pueda verse afectada por cambios en la dirección de la Compañía; eventos externos a la Compañía que tengan un impacto significativo en su negocio y justifiquen mantener la estabilidad de la dirección; La presencia de la Compañía en un periodo sensible que requiere continuidad gerencial que no es posible sin remuneración (párrafo 7.3 del puesto); Circunstancias especiales relacionadas con la ventaja relativa del consejo de administración frente a la asamblea general para examinar los intereses superiores de la empresa, entre otros: datos no públicos como una propuesta competidora para el CEO; Negociaciones que requieren que el CEO permanezca para madurar y que aún no esté obligado a informar; una capacidad más precisa del consejo de administración para evaluar la contribución del CEO a un evento concreto en la vida de la empresa y establecer un conjunto de incentivos cuya importancia la reunión encuentre difícil de evaluar (párrafo 7.4 del puesto)" (énfasis añadidos, M.A.).

Parte previa1234
5...9Próxima parte