Casos legales

Caso Civil (Tel Aviv) 35033-04-21 Reembolso Legal Ltd. contra Fábricas de Dinamómetros para Pruebas de Vehículos 1965 Ltd. - parte 29

July 6, 2026
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Kotler, por su parte, alegó que el demandado nunca se le acercó con ninguna pregunta o solicitud de consulta, e incluso cuando se llegó a un acuerdo de mediación, el demandado no se puso en contacto con él respecto a la forma de realizar el contrato (párrafos 32, 33 de la declaración jurada).  El testimonio de Fisher indica que el demandado no tomó ninguna medida para promover la participación del demandante en el cumplimiento del acuerdo.  "Abogado Yitzhaknia: Dices que no pasó, que tuvo que hacerlo, que tuvo una idea, y de repente no pasó nada.  ¿Y qué hiciste? El testigo, Sr.  Fischer: En retrospectiva, me di cuenta de que me habían engañado.  Abogada Yitzhaknia: ¿Qué es en retrospectiva? El testigo, Sr.  Fischer: Al final, cuando entendí cuando le hicimos la pregunta qué tipo de trato le dio el día de su solicitud de honorarios y él no escribió nada, Abogado Itzhaknia: En 2019, el testigo, Sr.  Fischer: Sí.  " (p.  214, líneas 9-16).

La jurisprudencia enseña que puede haber circunstancias en las que sea posible enterarse implícitamente de la conducta de las partes sobre el abandono y la expiración del acuerdo, sin que se presente un aviso de cancelación.

En Tax Appeal 2943/18 Anonymous contra Anonymous [Nevo] (6 de diciembre de 2018), se discutió la validez de un acuerdo prenupcial, y el tribunal dictaminó que el hecho de que las obligaciones bajo el acuerdo no se cumplieran durante un largo periodo de más de una década implica la conclusión de que el acuerdo fue abandonado y que las obligaciones en virtud de él son nulas y sin efecto.El tribunal resumió bien y de forma exhaustiva la jurisprudencia relativa al abandono de un acuerdo (párrafo 12), haciendo referencia a varias sentencias.  Véase, por ejemplo, la sentencia en Other Municipal Applications 10148/05 Teddy Jerusalem en Tax Appeal v.  Katz-Shivan, [Nevo] (15 de marzo de 2010) (párrafo 20), en la que el tribunal determinó:

"...  La conclusión legal respecto al abandono y la expiración del acuerdo, que el tribunal de primera instancia derivó de los hechos probados ante él, también está bien fundamentada en la jurisprudencia de este tribunal, en la que se determinó que pueden existir casos en los que el silencio, la inacción y la falta de cualquier acción para cumplir con las obligaciones establecidas en el contrato durante un periodo muy largo indicarán que las partes han abandonado el acuerdo y renunciado a su ejecución, y por tanto debe considerarse un acuerdo que ha expirado o sido cancelado con el consentimiento de las partes y ha fallecido."

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