El demandado añade que los daños adicionales reclamados, como honorarios de abogados y honorarios por una petición administrativa, gastos de financiación y gastos generales, no se probaron en absoluto, y que, según él, no existe ninguna conexión causal fáctica entre la supuesta infracción y el supuesto daño, y que el permiso de construcción expiró debido a las dificultades financieras de los demandantes y no a las pruebas de terreno. Finalmente, argumenta que los demandantes no cumplieron con la carga de reducir el daño.
- Otras Solicitudes Municipales 2274/21 Mor contra Elad Israel Residences Ltd. (1 de enero de 2023) El Tribunal Supremo analizó los principios de cálculo de los daños en un caso en el que se celebró un contrato basado en una representación falsa y la parte perjudicada no quiso rescindir el contrato. En tal caso, el daño puede calcularse de dos maneras, según su elección: una compensación que situe a la parte perjudicada donde estaría si el contrato no se hubiera firmado, o una compensación que le situe en la misma situación en la que habría estado si hubiera firmado un contrato desde el principio, basándose en los hechos tal como son. Calcular la compensación según la primera forma situará a la parte lesionada lo más cerca posible de donde habría estado si no hubiera negociado con la otra parte. El cálculo de la compensación según el segundo método busca situar a la víctima en el lugar donde habría pagado la propiedad por una contraprestación diferente, menor y que refleje el valor real de la venta.
- El Tribunal Supremo señaló la manera en que debe hacerse el cálculo de la compensación en cada una de estas opciones.
La primera forma, la compensación que situará a la parte perjudicada donde habría estado si el contrato no se hubiera concluido, requiere que el tribunal determine el daño de la víctima a la luz del beneficio que la víctima obtuvo del contrato. Por tanto, el valor actual de la propiedad que se va a vender debe deducirse del daño causado por la víctima (que consiste en todos los gastos incurridos en relación con el contrato). Este cálculo puede resultar en una cantidad negativa o en la inelegibilidad para la compensación, si el valor de la propiedad ha aumentado o si la contraprestación contractual que pagó fue inferior a su valor real. Según esta opción, también es posible calcular el daño según el beneficio que podría haber crecido para la víctima de una transacción alternativa, o una compensación por gastos excesivos incurridos como resultado de la tergiversación, como la prolongación de las negociaciones, exámenes de expertos y más.
- La segunda vía, la compensación por ajuste, pretende eliminar la distorsión de la contraprestación acordada y adaptarla al estado real de las cosas, de la misma manera en que la parte perjudicada habría estado si el contrato se hubiera celebrado al conocer los hechos tal y como son. Como parte de este enfoque, se asume que la parte perjudicada habría entrado en la transacción en cualquier caso, pero a un precio menor que refleja la ponderación de todos los hechos relacionados con la transacción. Este método de cálculo no se ve afectado por la cuestión de la rentabilidad del contrato.
Hay tres formas de calcular la compensación de ajuste: resta de la contraprestación contractual, brecha de valor de mercado y cálculo proporcional.