Casos legales

Tribunal Superior de Justicia 61683-12-25 El Movimiento por un Gobierno de Calidad en Israel contra El Gobierno de Israel - parte 43

August 20, 2026
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"[Un] medio de comunicación estatal distorsionaría y manipularía la información para afianzar a los políticos en funciones, impedir que votantes y consumidores tomen decisiones informadas y, en última instancia, socavaría tanto la democracia como los mercados.  Dado que los medios privados e independientes ofrecen puntos de vista alternativos al público, permiten a los individuos elegir entre candidatos políticos, bienes y valores, con menos temor a abusos por parte de políticos, productores y promotores sin escrúpulos.  Además, la competencia entre empresas mediáticas asegura que votantes, consumidores e inversores obtengan, de media, información imparcial y precisa.  El papel de estos medios privados y competitivos se considera tan importante para el sistema de pesos y contrapesos de la democracia moderna que se les ha llamado "el cuarto poder", junto con el ejecutivo, el legislativo y los tribunales."

"Los medios estatales distorsionarán y distorsionarán la información para afianzar a los políticos en funciones, impedir que votantes y consumidores tomen decisiones informadas y, en última instancia, socavar tanto la democracia como los mercados.  Dado que los medios privados e independientes ofrecen al público perspectivas alternativas, permiten a las personas elegir entre candidatos políticos, productos y valores, en el contexto de un menor temor al abuso por parte de políticos, fabricantes y promotores sin inhibiciones.  Además, la competencia entre las compañías de telecomunicaciones garantiza que votantes, consumidores e inversores reciban, de media, información precisa e imparcial.  El papel de estos medios privados y competitivos se considera importante para el sistema de controles y equilibrios de la democracia moderna, hasta el punto de que les ha valido el apodo de 'Cuarta Autoridad', junto con el poder ejecutivo, el legislativo y los tribunales." (Véase ibid., en la p.  342).

Para verificar lo anterior, el artículo examinó 97 países, lo que mostró que el control gubernamental de los medios está asociado con países más pobres, derechos individuales diluidos, sistemas educativos y de salud inferiores y regímenes más autocráticos (véase ibid., pp.  343-344).  A esto añadiré que un modelo teórico publicado en una importante revista económica predijo la erosión de los cimientos de la democracia en países donde el gobierno controla los medios (véase: Timothy Besley y Andrea Prat, ¿Esposas para la mano que te agarra? Captura de medios y rendición de cuentas gubernamental, 96 Sí.  Economía.  Rev.  720 (2006)) - Según el escenario que se materializó bajo los auspicios del "Ministerio de la Verdad" estatal, descrito en la distopía de George Orwell, "1984".

  1. El argumento de los demandantes de que el cierre de la emisora constituye una vulneración de la libertad de expresión depende de la restricción. La libertad de expresión es una libertad negativa: un derecho que, salvo algunas excepciones, impide la imposición de prohibiciones y restricciones a la expresión de opiniones (véase: Tribunal Superior de Justicia 7150/16 The Reform Center for Religion and State The Movement for Progressive Judaism in Israel v.  Minister of Justice, párrafo 34 de la sentencia [Nevo] (21 de septiembre de 2020)).  Esta libertad no impone una obligación positiva al Estado de ayudar a las personas a expresar sus opiniones y difundirlas al público mediante la operación de una emisora de radio.  No solo eso: las emisiones de noticias y actualidad en nombre del Estado son un medio de comunicación poderoso.  Estas emisiones pueden debilitar la voz de las emisoras privadas e incluso silenciar la expresión de opiniones de todos aquellos cuyas voces el Estado prefiere no escuchar.  Por tanto, empoderar las emisiones estatales de noticias y actualidad puede perjudicar la libertad de expresión y distorsionar el discurso público.  No olvidemos la escena televisiva - que ya era cosa del pasado - de un soldado de "Army Radio", vestido con el uniforme del ejército popular, desde un micrófono de la emisora hasta la boca de un político.  Esta aparición es una distorsión del régimen, ya que las Fuerzas de Defensa de Israel -el ejército de todos- no deberían tener ningún papel en el discurso político que tiene lugar en el país, ni siquiera el papel de entrevistador y locutor.
  2. El cierre de la estación Galei Tzahal no supondrá un cambio en los derechos u obligaciones de un público no especificado. Al igual que la apertura de la estación, esta ley es una disposición administrativa individual que no está sujeta a acción legislativa (véase: Apelación Penal 213/56 Attorney General contra Alexandrovich, IsrSC 11 695,702 (1957)).  A pesar de ello, los demandantes y el Fiscal General argumentan que la decisión del gobierno de cerrar la emisora es un "arreglo preliminar", que debe entrar dentro del ámbito de la legislación primaria, y por tanto la decisión carece de autoridad.  Este argumento se basa en una definición amplia de "arreglo preliminar" adoptada en el caso del Tribunal Superior de Justicia 3267/97 Rubinstein contra el Ministro de Defensa, IsrSC 52(5) 481, párrafo 19 (1998)), que deriva la primacía de un acuerdo de varias características que incluyen la amplitud de las implicaciones públicas de dicho acuerdo.  En mi opinión, un "arreglo preliminar" es un acuerdo que otorga derechos a un público no especificado o, alternativamente, restringe los pasos de dicho público sin que esté explícitamente anclado o autorizado por la legislación primaria.  En otras palabras, no me veo como un socio en la definición amplia y vaga de un "acuerdo preliminar".  En este sentido, acepto la crítica del profesor Yoav Dotan, Preliminary Arrangements and the New Principle of Legality, Mishpatim 42 379 (2012); y la definición más restrictiva y precisa de "disposición preliminar", que propongo adoptar, se alimenta, en gran medida, de estas palabras (véase ibid., en pp.  443-447).
  3. No solo eso. En el caso que tenemos ante nosotros, si vemos la decisión de cerrar "Army Radio" como un "arreglo preliminar", inevitablemente llegaremos a la conclusión de que la histórica decisión de abrir la emisora también fue un "arreglo preliminar".  Dado que la decisión de abrir la Radio del Ejército fue tomada por el gobierno y nunca estuvo consagrada en la legislación de la Knéset, veremos ante nosotros -nos guste o no- una decisión tomada sin autorización.  Si este es el caso, quien haya hecho un acto sin autoridad tiene derecho a corregir el error cometido, y es mejor hacerlo una hora antes.  En otras palabras, el argumento de los peticionarios y del Fiscal General, que equipara la decisión de cerrar "Army Radio" con el estatus de un "acuerdo preliminar", que requiere legislación primaria, es una reclamación que sufre de autorefutación.  Este argumento no puede valerse solo por esta razón.
  4. Estas consideraciones conducen a la conclusión respecto al rechazo de las peticiones. A pesar de ello, me encuentro de acuerdo con la conclusión final de mi colega, el juez Kasher.  Esto se debe a una sola razón: lo que se indicó en la carta del Ministro de Comunicaciones, el Dr.    Karei, que fue enviada al Ministro de Defensa el 30 de marzo de 2025, bajo el título "Cierre de la Radio del Ejército y Privatización de Frecuencias", una carta que formaba parte de los procedimientos para el cierre de la emisora.  Esta carta dice, entre otras cosas, lo siguiente:

"Me dirijo a vosotros por fe en nuestra colaboración, para avanzar juntos en un movimiento importante y necesario: el cierre de la emisora militar Galei Tzahal, mientras se implementa la agenda liberal de derechas que compartimos.  La Radio del Ejército, que originalmente se estableció como una estación militar para el apoyo y la conexión con los soldados de las FDI, hace tiempo que se convirtió en un bastión político, desvinculado de su propósito original.  Las críticas a los soldados de las FDI y el daño continuo a los valores de cohesión nacional durante la guerra se han vuelto algo habitual.  Es poco probable que en un país democrático exista una emisora de radio militar, ciertamente una política, que, en lugar de ser el 'hogar de los soldados', baje su ánimo.  Nuestros combatientes regresan del campo de batalla y se ven obligados a escuchar contenido que no solo no les apoya, sino que a veces critica duramente sus acciones."

  1. En mi opinión, el contenido de esta carta - que, como se ha señalado, constituyó una parte significativa del proceso de toma de decisiones del gobierno respecto al cierre de la emisora - equivale a una interferencia gubernamental en el contenido de las emisiones radiofónicas. Esto mientras que la idea legítima que justifica - y quizás incluso requiere - el cierre de la Radio del Ejército es la separación entre el gobierno y el contenido emitido en los medios.  No creo que me equivoque al decir esto: dado lo que se afirmó en la carta del Ministro de Comunicaciones, no está claro si este último apoyaría con entusiasmo el cierre de la emisora de "Radio del Ejército" basándose en el principio de separación entre un periódico y el gobierno, o si las emisiones de la emisora le satisfacían a él y a sus socios.  Por ello, se constató que los procedimientos de toma de decisiones sobre el cierre de la emisora de radio "Army Radio" estaban defectuosos por la consideración de un objetivo extranjero.
  2. Como ya he señalado, contrariamente a la posición de los peticionarios y a la del Fiscal General, opino que el cierre de la emisora de "Radio del Ejército" no implica un procedimiento complejo. Por esta razón, y dado que la emisora es un factor importante en la industria de las comunicaciones de radiodifusión, no sería excesivo exigir que este procedimiento esté libre de defectos y consideraciones ajenas.
  3. En mi opinión, esta conclusión clara justifica convertir la orden nisi que se emitió ante nosotros en una orden definitiva.
  4. Por estas razones, y sujeto a lo anterior en mi opinión, he decidido sumarme a la conclusión a la que llegó mi colega, el juez Kasher, en su veredicto.

 

   

Alex Stein

Juez

 

 

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