Casos legales

Caso familiar (Tel Aviv) 15885-01-20 A.A. contra Y.A. - parte 9

September 3, 2026
Impresión

El acusado no actuó ni siquiera después de la muerte de su madre: "P: En virtud de ser el custodio de la propiedad de su padre y la cuenta estaba a nombre de ambos, ¿no imitó lo que sucedió con la cuenta antes de la muerte de su madre? R: Solo vi que mi madre administraba un portafolio de acciones ahí, no me metí en el meollo.  P: No vi si había alguna entrada en la cuenta? R: No, no entré en eso" (p.  173, párrafos 7-9).  La conducta del demandado es desconcertante, especialmente cuando la cuenta aparentemente requiere administración, mientras que la afirmación de que no se debió tomar ninguna acción en la cuenta fue en vano e ilógica en vista de su composición: "Hasta el momento de la disputa.  .  A principios de 2020, no toqué nada que mejorara el saldo de la cuenta.  Lo único que normalmente haría es vigilar, definitivamente vigilar la cuenta, asegurarme de que entraran los ingresos de mi papá, yo no toqué y también escribí que no quería tocar la cuenta mientras mi papá estuviera vivo.  Esa era mi intención declarada.  P: Los valores son algo dinámico, el Forex es algo dinámico.  R: Nada.  P: ¿Nada de 2015 a 2020? R: No me atrapes por eso, digo, los valores generaron un retorno, los seguí pero no había necesidad de usarlos.  Mi madre hizo una muy buena inversión y hasta el día de hoy, por cierto, nada ha cambiado hasta hoy" (Demandado - p.  206, s.  21-26, p.  207, s.  1-16).

Como se dijo, la única acción que el demandado realizó en la cuenta estuvo relacionada con la devolución de fondos por la suma de ILS 30,000 a la que el fallecido tenía "debida": "Y me pertenece porque yo, esta tienda, después de que el inquilino se fue, él saqueó ahí, ...  y pagué mi dinero, por lo cual obviamente merezco un reembolso.  Este reembolso no es el reembolso de mis padres.  ...  Este es dinero que poseía y decidí en ese momento usarlo" (Demandado - p.  114, párrafos 6-10; Demandante - p.  11, párrafos 16-17; Prov.  22 de marzo de 2020, p.  6, párrafos 11-19).  Sin embargo, una persona no se paga a sí misma con su propio dinero.  Además, el demandante escribió al demandado: "Se recomienda en las cuentas conjuntas informar con anticipación de un gasto que vaya a uno de nosotros", sin que el demandado se apresure a señalarle que los fondos en la cuenta no se comparten (p.  129, párrafo 22, p.  130, párrafos 3,7; aviso fechado 29 de diciembre de 2018 N/5 de la declaración jurada del demandado 2).

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