Evaluación de la opinión y su importancia en nuestro caso
- Después de revisar la opinión y el testimonio de Amitai en el tribunal, y considerar los argumentos de la defensa sobre el asunto, estoy convencido de que el contenido de la opinión es confiable y está fundamentado en la medida requerida en el procedimiento que tenemos ante nosotros, y que antes del arresto de los acusados, una organización extremista y violenta operaba en Israel, cuya continuación podría haber provocado daños a la propiedad y la vida. Opino que los documentos abiertos adjuntos al dictamen, combinados con los objetivos de los ataques que se llevaron a cabo y las direcciones encontradas en los distintos lugares de escena, son suficientes para fundamentar esta afirmación. El documento "Reino de la Malicia" adjunto a la opinión es un documento muy difícil, que describe de manera detallada y exhaustiva las pautas para llevar a cabo actos terroristas violentos, con énfasis en incendiar casas y sus ocupantes. Estaba convencido de que la conclusión de que la serie de ataques detallados en la opinión, incluido el ataque en Duma y el incendio provocado de la Iglesia de la Dormición, se llevaron a cabo en el espíritu de la infraestructura de la "revuelta" era razonable e incluso necesaria. Los ataques que se llevaron a cabo indican la gravedad de la amenaza que representa esta infraestructura, lo que la convierte en un objetivo digno de frustrar.
La afiliación de los demandados con la infraestructura de la revuelta
- La explicación que tuvo la ISA al inicio del interrogatorio sobre la afiliación de los acusados a la infraestructura de la rebelión se basó principalmente en material de inteligencia, que no nos fue revelado (ver testimonio de Amitai, p. 924 de Perú). La opinión no se refiere a pruebas o documentos a este respecto, pero también se pueden encontrar varios motivos para este razonamiento en el material probatorio presentado para nuestra revisión.
- El acusador presentó como prueba un vídeo de Internet (P/152) que circuló en 2014 y que aparece en Internet con el título "Price Tag Detainees Speak", en el que se ve al acusado 2 hablando a la cámara, diciendo que recientemente fue puesto en libertad bajo sospecha de incendiar edificios en aldeas árabes, durante el cual se abstuvo de cooperar con sus interrogadores. Llama a los investigadores "emisarios del gobierno extranjero en nuestro país" y dice que "continuaremos trabajando para el establecimiento de un estado judío, para el establecimiento del Templo". Estos son contenidos que se corresponden con los documentos de "revuelta" que se adjuntaron a la opinión. Cabe señalar que el acusado confirmó en su testimonio que sí dijo las palabras filmadas en el video, pero declaró que otra persona le dijo que recitara los mensajes (págs. 1098-1099 de Perú). El acusador se refirió a declaraciones similares hechas por el acusado 2 durante su interrogatorio, tanto a los informantes como a los interrogadores de la ISA. Cuando se le preguntó al acusado sobre esto en su contrainterrogatorio, respondió: "No estoy diciendo que no tuve opiniones retrógradas una vez, hubo opiniones y cambiaron" (p. 1122 de Perú). Creo que el video respalda la hipótesis que también se basó en información de inteligencia, según la cual el acusado 2 pertenece a la infraestructura de la rebelión. Esto puede verse reforzado por las declaraciones del acusado 2 a los informantes, donde describió su ideología y los métodos de compartimentación por los que pertenece la organización.
- Con respecto al acusado 1, el acusador se refirió a la actitud del acusado hacia el tribunal, que ya se reflejó durante la prórroga de su detención desde el 2 de diciembre de 2015 (P/62), cuando la transcripción dice: "El tribunal le pide al sospechoso que se pare y mire al tribunal, y el sospechoso no está dispuesto a mirar al tribunal". Según ella, la negación del acusado de la autoridad del tribunal es consistente con las ideas de la infraestructura. El acusador también se refirió a los detalles de la opinión sobre la relación del acusado con Meir Ettinger, quien en el pasado se desempeñó como "amigo" del acusado, una conexión que el acusado confirmó en su testimonio (p. 1032 de Perú).
Soy de la opinión de que los indicios aparentes de la participación del acusado 1 en la actividad de infraestructura antes de su arresto son menores que los del acusado 2. Sin embargo, debe aclararse que en la etapa en que se decidió interrogar al acusado 1 para una investigación necesaria, la sospecha contra él también se basó en las declaraciones del acusado 2, quien declaró en su interrogatorio sobre la participación del acusado 1 en el ataque a la Duma, que los investigadores clasificaron como el ataque más grave atribuido a la infraestructura (testimonio de William, págs. 255-256 de Perú).
- Los interrogadores de la ISA que testificaron ante nosotros enfatizaron que el objetivo principal del interrogatorio de los acusados era lograr la frustración óptima de la infraestructura terrorista llamada Infraestructura de la Rebelión. Para frustrar las investigaciones, se pidió a los investigadores que descifraran los ataques llevados a cabo por miembros de la red en el pasado, siendo el ataque en Duma el más destacado. investigar y obtener la mejor información posible sobre los miembros de la red para detenerlos y frustrar sus actividades; y trabajar para obtener detalles sobre los planes futuros para la infraestructura, en un intento de frustrar los ataques planificados. Este es el mensaje transmitido por los jefes del equipo de investigación a todos los investigadores (testimonio de Netzer, p. 53 de Prov. S. 12-16, p. 63 de Prov. S. 29-32; Testimonio de Miguel, p. 664 de Perú, párrs. 4-17).
Opino que la descripción de los objetivos de la investigación por parte de los interrogadores es coherente con su carácter preventivo. Contrariamente al argumento de la defensa, el hecho de que las investigaciones necesarias incluyeran muchas preguntas sobre la participación en eventos pasados no niega esta naturaleza frustrante.
Cabe señalar que el jefe del equipo de investigación, Miguel, confirmó que en la prueba del resultado, los acusados no proporcionaron información sobre una actividad planificada en el curso de su interrogatorio, sino solo sobre una que se había llevado a cabo en el pasado (p. 698 de Perú, párrs. 1-5; pág. 731 de Perú, párrs. 22-26). Sin embargo, el interrogatorio de los sospechosos de la organización "revuelta", incluidos los acusados, condujo a una reducción significativa en el número de ataques terroristas llevados a cabo en nombre de la red durante un período prolongado de tiempo (véase: Testimonio de Amitai, p. 917 de Perú).
- En cuanto a la decisión de utilizar "medidas especiales" contra los acusados, estoy convencido de que se tomó después de serios intentos de obtener la información de una manera diferente (ejercicios de interrogatorio e incluso interrogatorios regulares de la ISA), cuando estos intentos no tuvieron éxito (ver detalles en el testimonio de Miguel, pp. 652-653 de Perú; Testimonio de Netzer, p. 53 de Perú, párrs. 16-17). La decisión de interrogar al acusado 2 fue un interrogatorio necesario por parte de los altos mandos del servicio, y la aprobación recibida de estos funcionarios incluía detalles de los medios que los interrogadores pueden utilizar y durante qué período de tiempo pueden llevarse a cabo (p. 656 de Perú). Las investigaciones necesarias se llevaron a cabo bajo la supervisión de los más altos funcionarios, se documentaron y posteriormente se presentó un informe sobre ellas al Fiscal General (testimonio de Netzer, pág. 65 de Perú, párrs. 13-14).
- Por lo tanto, me gustaría proponer determinar que la suposición de los interrogadores de la ISA de que los acusados pertenecen a la infraestructura de la rebelión, una infraestructura cuya actividad continua podría haber provocado daños a la propiedad y la vida, es razonable y está anclada en la evidencia que se nos presentó y que estaba en el conocimiento de los investigadores antes de la investigación necesaria. La serie de ataques detallados en el dictamen, incluido el ataque en Duma, indican la gravedad de la amenaza que representa la infraestructura de la revuelta, lo que la convierte en un objetivo digno de frustrar. Esta suposición fue corroborada por las pruebas acumuladas durante los interrogatorios posteriores a la detención de los acusados. Las medidas especiales se tomaron después de que otras acciones de investigación no arrojaron la información frustrante que los investigadores intentaron obtener. El propósito del interrogatorio era principalmente frustrar, aunque incluía muchas preguntas sobre eventos pasados y el ataque en Duma en particular.
E.3. Las "medidas especiales" empleadas
- Como se ha señalado anteriormente, la diferencia fáctica entre las partes con respecto a las medidas utilizadas en el marco de las investigaciones de necesidad es limitada. El acusador solicita que se determine que los medios utilizados son los especificados en la paráfrasis que se presentó. La defensa desea dar preferencia al testimonio de los acusados sobre los medios utilizados contra ellos.
El caso del demandado 1
- Por lo tanto, determino que las medidas especiales tomadas en las investigaciones necesarias contra el acusado 1, su duración y número, son las que se detallan en el Anexo 1.
El caso del demandado 2
- No encontré para Bachar la versión del acusado 2 con respecto a los medios adicionales sobre el testimonio de los interrogadores que participaron en los interrogatorios necesarios. El hecho de que el demandado 1 confirme el contenido de la paráfrasis refuerza la credibilidad de los investigadores, también en lo que respecta a la descripción de los medios relacionados con el demandado 2. No hay ninguna razón razonable por la que en la paráfrasis relativa al acusado 1, los interrogadores fueran precisos sobre los medios especiales que utilizaron, y en el caso del acusado 2 omitieron los medios, y específicamente el menos significativo de ellos.
- Por lo tanto, determino que también en el caso del acusado 2, las medidas especiales adoptadas en los interrogatorios necesarios, su duración y número, son las que se detallan en la paráfrasis P/2.
E.4. La violación de los derechos de los acusados a la integridad del cuerpo y la mente, y a la preservación de la dignidad humana
- Aplicar deliberadamente dolor a un interrogado para obtener la información necesaria constituye el uso del interrogado como herramienta por parte de los interrogados. Por lo tanto, la esencia misma de una investigación de necesidades constituye una violación de la dignidad humana.
- Durante su testimonio ante el tribunal, los acusados describieron el intenso dolor que sintieron como resultado del uso de los medios especiales en su contra, y en particular debido a dos de los medios detallados. Los acusados también describieron las maldiciones y humillaciones que les lanzaron los interrogadores durante el interrogatorio.
En su testimonio ante el tribunal, Miguel, que estuvo presente en los tres interrogatorios necesarios del acusado 2, confirmó que los medios utilizados eran "dolorosos y quizás incluso muy dolorosos" (p. 748 de Perú, párrs. 30-31), después de haberlos probado él mismo en el pasado. También confirmó que durante el interrogatorio de necesidad se hicieron declaraciones despectivas, que no se hacen en un interrogatorio normal.
- Otro elemento significativo en los interrogatorios necesarios es la incertidumbre y el miedo de los interrogados sobre lo que está por venir. Miguel y Netzer confirmaron que parte de la fuerza y el poder de la investigación de la necesidad es su impacto mental en los interrogados, quienes se encuentran en un estado de gran ambigüedad y tensión, y no saben hasta dónde puede llegar el comportamiento violento de sus interrogadores (p. 749 de Perú).
- Los equipos de defensa abordaron el impacto de la investigación de necesidad en el estado mental de los acusados. El acusado 1 describió en su testimonio que en los días posteriores al primer interrogatorio, se sintió muy confundido, sufrió pesadillas y falta de sueño (p. 952 de Perrault, párrafos 3-6). Describió los interrogatorios de necesidad como "una pesadilla que todavía no me abandona" (p. 956 de Perú, párrs. 1-2).
En el caso del acusado 2, la defensa afirma que después del primer interrogatorio necesario, intentó suicidarse. El acusador no acepta la versión del acusado en este contexto. Abordaré este tema en detalle a continuación. En su testimonio ante el tribunal, el acusado 2 declaró que desde el período posterior al final del interrogatorio hasta hoy, ha estado sufriendo pesadillas y miedos. Después de someterse a un examen psiquiátrico como parte del IPS, se le diagnosticó trastorno de estrés postraumático y se decidió administrarle medicamentos, así como una serie de sesiones de terapia que lo ayudaron (pp. 1086-1087 de Perú; N/15). Cabe señalar que en el caso del acusado 2, la defensa presentó una "opinión psicodiagnóstica y psiquiátrica" (P/14), sobre la cual me extenderé más adelante.
- Por lo tanto, propondría determinar que las medidas especiales que se utilizaron violaron gravemente el derecho básico de los acusados a mantener la integridad del cuerpo y la mente. Además, se violó la dignidad de los acusados, tanto por el hecho mismo de que fueron tratados como una herramienta para obtener información, como por las declaraciones humillantes hechas contra ellos durante el interrogatorio.
E.5. El uso de medios especiales en nuestro caso requiere la invalidación de confesiones en virtud de la sección 12 de la Ordenanza de Pruebas