Soy de la opinión de que no se debe interferir en el juicio de los instructores que acompañaron al solicitante en la experiencia, que son fisioterapeutas certificados. El profesor Moshiov no estuvo presente en el experimento y desea reemplazar la opinión de los examinadores por la suya. La interferencia en la discreción en el grado de experiencia visto por los instructores equivale a interferir con la libertad académica del demandado. La demandante no demostró que la decisión de fallarla en este experimento estuviera contaminada por la arbitrariedad o que hubiera otros defectos en su juicio. Debido a que fracasó en un experimento en el que se observaron varios incidentes de seguridad, la demandada tenía derecho a discutir el Comité de Asuntos Estudiantiles durante sus estudios posteriores en la institución.
El Comité de Asuntos Estudiantiles discutió el caso del solicitante el 26 de enero de 2016, y al día siguiente el presidente le escribió al solicitante que estaba más allá de la letra de la ley
[...] Se decidió permitirle continuar el experimento de forma condicional. El próximo fin de semana, los representantes del departamento lo examinarán en los campos de la rehabilitación neurológica y ortopédica en un examen práctico. Solo si apruebas el examen podrás continuar con la experiencia, asegurándote de llegar a tiempo a la clínica, y todos los aspectos profesionales.
[...]
(Anexo 16 a la respuesta a la moción de apertura)
El solicitante comenzó una experiencia clínica repetida en Beit Hadar, un centro médico, de rehabilitación y enfermería en Ashdod, el 24 de enero de 2016 o alrededor de esa fecha. La demandada afirma que se le permitió comenzar el mismo experimento para no causar un retraso en sus estudios, y que se le aclaró de antemano que no podría continuar el experimento si no pasaba la prueba. La solicitante afirma que el 31 de enero de 2016, recibió el aviso del Comité de Asuntos Estudiantiles de que su experiencia estaba condicionada a que aprobara un examen práctico. El examen está programado para el 04.02.16. El 02.02.16, se le envió una lista de los sujetos que se examinarían en la prueba. El solicitante solicitó que se pospusiera el examen, alegando que la lista se había presentado demasiado tarde (correspondencia por correo electrónico, Apéndice 17 de la respuesta). Dos días después, se llevó a cabo el examen práctico en el hospital y nuevamente el solicitante falló varias cláusulas de seguridad (resultado de la prueba Apéndice 18). En el primer caso (reconstrucción del LCA) volvió a recibir comentarios sobre el tema de la seguridad: no se desinfectaron las manos, el paciente se movió de la cama al sillón con calcetines, se estiró el drenaje y más. También en el segundo caso, en el que se trató a un paciente que sufría de dolor en el hombro y subalta, el solicitante falló por falta de apoyo y en otras cláusulas detalladas en los comentarios del mismo documento.