Un empresario con una visión y unos conocimientos únicos ofreció a su amigo, un hombre de negocios, invertir dinero en una empresa y ambos crearon una sociedad participada y gestionada conjuntamente. Al cabo de unos años surgió una disputa entre los dos que provocó una pérdida total de confianza entre ellos. El empresario, al que se le ocurrió la idea, exigió hacerse cargo de la empresa debido a su profunda conexión con ella, mientras que su amigo, el inversor, exigió disolver la empresa o venderla al mejor postor. ¿Cómo debe decidirse este Juicio de Salomón?
En los litigios entre accionistas relacionados con la opresión del accionista o con una situación de "punto muerto" o de "pérdida de confianza", la legislación israelí otorga al Tribunal un amplio margen de flexibilidad y discrecionalidad, de forma que se garantice la solución más adecuada dadas las circunstancias. A veces, cuando no hay duda de que las partes deben separarse, cuanto antes mejor, la cuestión que se plantea es cómo debe organizarse la separación entre las partes. Entre los posibles mecanismos convencionales se pueden encontrar: Disolución de la sociedad; Compra forzosa de acciones, donde una de las partes compra las acciones de la otra de acuerdo con un precio a determinar por un tasador externo; Realización de pujas entre las partes en diversos métodos y más. La liquidación de la sociedad como solución a la separación se considera en la mayoría de los casos un remedio extremo y normalmente se dará sólo como último recurso y cuando no haya otra solución (por ejemplo, cuando el conflicto provoque el bloqueo total de la sociedad, que no le permita funcionar en absoluto).
Una de las partes de un conflicto puede solicitar al Tribunal la separación y exigir recibir las acciones de la otra parte (a través de una expropiación forzosa) porque, a su juicio, es la más vinculada a la empresa. Así, por ejemplo, en un caso visto en febrero de 2018, el Tribunal Supremo israelí concedió un recurso de expropiación forzosa y sostuvo que un accionista que poseía el 50% de una empresa propietaria de una bodega boutique compraría las acciones restantes en poder del otro accionista. En ese caso, el accionista que exigió comprar las acciones del otro fue, entre otros, quien estableció la empresa y su negocio. Además, era el enólogo de la bodega que dirigía todo el proceso de fabricación, desde el cultivo de la uva hasta la producción completa del vino, cuando tanto la bodega como el viñedo estaban situados en su parcela de terreno y lugar de residencia. El otro accionista, sin embargo, era un mero empresario cuya única vinculación con el negocio y la empresa era financiera. Además, no mostraba ningún interés por lo que ocurría en la empresa e incluso solicitó al Tribunal la liquidación de la misma.
Sin embargo, no en todos los casos un accionista podrá dictar las condiciones de separación, a través de una expropiación forzosa, aunque haya participado en la gestión de la empresa. Por ejemplo, en un caso juzgado en junio de 2022, el Tribunal se negó a conceder a un accionista de una empresa familiar una exención que obligara a su hermano a venderle a pesar de que supuestamente tenía cierta ventaja sobre él, ya que era quien dirigía la empresa. El Tribunal sostuvo que ambas partes tienen una profunda conexión que va más allá de lo meramente financiero, ya que se trata de una empresa familiar que fue fundada por su padre fallecido y que les fue heredada a partes iguales. Por lo tanto, en estas circunstancias el Tribunal prefirió aplicar un mecanismo de separación más equitativo a través de una licitación en la que las partes presentarían sus ofertas simultáneamente, y la parte que haga la oferta más alta es la que comprará la participación de la otra, pero la compra se hará al precio de la segunda oferta (es decir, según el precio más bajo de las dos ofertas), de modo que cada una tenga la misma oportunidad de comprar las acciones de la otra.
Es importante entender que el Tribunal tiene una discreción muy amplia para elegir cualquier mecanismo y que normalmente no será posible dictar la forma de separación. Acudir al Tribunal sin una preparación previa y sin comprender toda la gama de alternativas puede acarrear costosos procedimientos judiciales en los que no siempre puede garantizarse el resultado deseado. También puede darse la situación de que el Tribunal designe como liquidador a una persona que carezca de toda familiaridad con la empresa o de conocimientos financieros, lo que puede provocar el colapso total de la empresa en litigio. Por lo tanto, antes de acudir al Tribunal, es aconsejable consultar a un abogado experto en el ámbito de los conflictos entre accionistas y estar bien preparado. El mismo abogado también podrá ayudar a resolver las disputas entre las partes e intentar evitar en todo momento la necesidad de acudir a los Tribunales.