Casos legales

Caso Civil (Tel Aviv) 46784-05-14 Zvi Banduri et al. v. T.G.I. Real Estate Investments Ltd.

December 10, 2017
Impresión

Tribunal de Distrito de Tel Aviv – Jaffa

Caso Civil 46784-05-14 Banduri y otros c. T. G. Non Real Estate Investments Ltd. et al.
Apelación Civil 7715-12-14 Mor et al. v. Levy et al.
Apelación Civil 42869-10-14 Amiel v. Levy et al.

Ante: El Honorable Juez Yehuda Farago – Juez Superior

Demandantes/Solicitantes: Zvi Banduri y otros
por el abogado Moshe Zingel

contra

Demandados/Demandados: 1 T. G. Inversiones No Inmobiliarias Ltda.
2. Yosef Tuviyahu
3. Sharon Shati
5. Imperio Consulting & Holdings Ltd.

(Se sobreseyeron las actuaciones contra estos acusados)
4. Adv. Yehuda Levy
Por la abogada Ruth Waxman

Veredicto

1. Introducción
antes de una reclamación monetaria.
Los demandantes forman parte de un grupo de inversionistas que son socios de la empresa extranjera (demandada 5) – Empire Consulting & Holdings Ltd., la cual se encuentra legalmente constituida bajo las leyes de Costa Rica (en adelante: la "Compañía Extranjera") en el establecimiento de una empresa de venta de una propiedad hotelera conocida comoPalasso Parkubicada en Costa Rica (en adelante: el "Proyecto").
Acusado 1-T. G. Non-Yielding Investments (2008) Ltd. (en adelante: "T. G. I") fue la empresa que comercializó el "proyecto" reclutando inversores como socios en el mismo junto con la "empresa extranjera".
Los demandantes, como se ha dicho, se encuentran entre estos inversores.
Los demandados 2 y 3 -Yosef Tuviyahu y Sharon Shati- eran, según afirman los demandantes, los administradores y accionistas mayoritarios deT. G. E.
El Demandado 4 – Adv. Yehuda Levy – fue el fideicomisario con el que los demandantes depositaron su dinero de inversión.
En este momento, el "proyecto" aún no se ha establecido, a pesar de las muchas acciones que se han tomado para promoverlo y establecerlo.
El derecho de los demandantes es recibir un rendimiento de su inversión.
En el escrito de demanda, los demandantes alegan:
"1. Los demandantes no son más que personas de la comunidad, personas normativas que "cayeron" en la red tejida para ellos por los demandados 1-3 y 5, que los engañaron, atrayéndolos con falsas representaciones y fraude para que compraran los derechos de un proyecto hotelero en Costa Rica, mientras buscaban altos rendimientos, que dicen se lograrán construyendo y mejorando la propiedad que dicen. En un lugar atractivo..."
Según ellos:
"E. Los demandados negociaron con los demandantes de mala fe, y los demandantes se basaron en las falsas declaraciones de los demandados, quienes declararon, entre otras cosas, que eran propietarios del terreno y del hotel, y que el proyecto en el que estaban invirtiendo su dinero era para mejorar la propiedad."
En el escrito de demanda, los demandantes detallan una serie de reclamaciones por fraude y estafa, que afirman fueron llevadas a cabo por los demandados 1 a 3, tras lo cual el "proyecto", en ese momento, no se constituyó y su dinero se fue por el desagüe.
Se alegó que el Demandado 4, el abogado Yehuda Levy, había incumplido su deber fiduciario en el manejo de los fondos de los demandantes, al tiempo que actuaba en un conflicto de intereses, ya que también era el abogado en ese momento. G. No lo voy a hacer".
En su escrito de contestación, los demandados 1 a 3 rechazan las reclamaciones de los demandantes contra ellos, argumentando, entre otras cosas:
"21. Los inversionistas sabían y/o deberían haber sabido que invertir en un proyecto en el extranjero, así como abraza la posibilidad de ganancias significativas, también abarca riesgos que en muchos casos están arraigados en factores externos que pueden afectar el proyecto. En este caso, estábamos hablando de un proyecto emprendedor lleno de diversos retrasos y baches, lo que retrasó significativamente su construcción.
Artículo 22. Se dejó claro a los inversores que el proyecto tiene varias etapas:
22.1. Adquisición de los derechos de arrendamiento del terreno en el que existe el hotel inactivo.
22.2. Demolición del edificio existente, promoción de la fase de planeamiento y obtención de permisos de construcción.
22.5. Construcción de un nuevo y lujoso proyecto turístico en los terrenos arrendados.
23. T.G.Islands Income-Producing Investments (2008) Ltd. (en adelante; "Rendimientos"), es la que comercializó el proyecto según los datos recibidos de la empresa emprendedora, que se basaron en la situación del mercado y las previsiones que existían sobre el mismo en ese momento. Esta empresa no es parte de la demanda.
...
24. El proyecto incluía la demolición de una serie de edificios existentes y la reconstrucción, y dependía del calendario de las autoridades estatales, así como de los cambios en su política.
25 de la Constitución. Esto es para aclarar que el proyecto ha comenzado a tomar forma y en él se ha invertido el dinero de los inversores (hasta el momento) así como los fondos de la empresa emprendedora, con el fin de comprar el terreno, pagar arquitectos, consultores, impuestos, etc.
En otras palabras, el intento de crear una imagen engañosa, como si los demandantes no tuvieran derechos sobre la propiedad que compraron, es un pecado contra la realidad.
Además, en un momento dado, y según se informó a los inversores, se hicieron compromisos sobre la venta inicial de los derechos del proyecto a un tercero (lo que fue una fuente de ganancias para los inversores), y por esto incluso se realizaron pagos por las partes de Jalo en fideicomiso.
26. Sin embargo, lamentablemente se produjeron retrasos en el avance del proyecto por razones que no dependen de los demandados, entre otras cosas a la luz de la crisis económica mundial ocurrida a finales de2008, que no pasó por alto el mercado inmobiliario en Costa Rica.
Artículo 27. Además, a principios de2011, se tomó una decisión gubernamental con respecto a las áreas ecológicas en el Estado de Costa Rica. De acuerdo con la decisión del gobierno, el Ministerio de Medio Ambiente es responsable de mapear y re caracterizar las tierras arrendadas en Costa Rica y determinar qué áreas son bienes nacionales y en qué áreas se requerirá un plan de zonificación y/o definirlo como un bien nacional.
A raíz de esta decisión gubernamental, se llevó a cabo un mapeo de las áreas ecológicas en los terrenos objeto del proyecto, lo que requirió una replanificación del hotel y la obtención de nuevos permisos.
28. Además, una serie de decisiones, junto con un cambio en la política y la rotación de altos cargos en la dirección del municipio durante2011, provocaron un retraso significativo en el cronograma del proyecto (aparte de la crisis económica mundial), hasta su congelación.
29. A pesar de lo anterior, la empresa emprendedora ha afrontado y sigue haciendo frente a las dificultades inesperadas y ha gastado fondos considerables para promover el proyecto.
30. Gracias a las acciones, incluyendo los gastos e inversiones realizadas, y a las acciones (que se están llevando a cabo en el día de hoy), la empresa emprendedora logró obtener la aprobación para extender el contrato de arrendamiento de los terrenos en nombre de las autoridades, y también, recientemente, hace unos meses (el3 de marzo de 2014), se dio la aprobación de las autoridades para cambiar el plan regulatorio existente de la siguiente manera: Modificación del Reglamento del Plan Regulador.. Eso permitirá el desarrollo de una zona turística de alta densidad".
Este es el lugar para aclarar que el plan regulador vigente (previo a la aprobación del nuevo) no permitía construir más allá de 2.000 metros cuadrados en total y no permitía la construcción de más de 21unidades hoteleras. A raíz de los esfuerzos y acciones del desarrollador, el plan regulatorio se cambió a un plan regulatorio con la posibilidad de obtener permisos de construcción más amplios y mejores. Así, siguiendo el nuevo plan que se aprobó, es posible construir en el 80% del tamaño del terreno, y el número de habitaciones de hoteles de hasta80unidades.
31. No hace falta decir que los demandantes, como todos los demás inversores, recibieron informes periódicos a lo largo del proyecto sobre el progreso del proyecto, las acciones tomadas, así como las dificultades que surgieron. Y ahora, a pesar de lo anterior, al menos la mayoría de ellos no presentaron ninguna reclamación y/o demanda, hasta pasados más de 6 años.
Artículo 32. A los mencionados les resulta difícil aceptar el hecho de haber celebrado un acuerdo de asociación para el emprendimiento con todos los riesgos y perspectivas que conlleva. No es posible, sobre todo cuando no se ha incumplido ninguna obligación hacia ellos, y cuando existe un interés común de la empresa emprendedora que es socia del proyecto, intentar reclamar la devolución de los fondos con carácter retroactivo. De hecho, los demandantes están tratando de introducir reglas del juego según las cuales el riesgo de la inversión no debe aplicarse a ellos, sino solo al azar.
...
"9. Y por si fuera poco, también haremos hincapié en el hecho de que la reclamación en cuestión se presentó más de 6años después de la fecha de la inversión. Este hecho también demuestra que los demandantes no creyeron que tuvieran ninguna causa de acción, y se congelaron, a pesar de que durante todo el período fueron informados sobre el proyecto y las acciones emprendidas para impulsarlo a través de informes periódicos que recibían."
En su escrito de defensa, el fideicomisario, el abogado Yehuda Levy, rechazó los argumentos de los demandantes y argumentó, entre otras cosas:
"12.3. En la práctica, el abogado actuó con meticulosa precisión de acuerdo con las instrucciones fiduciarias que le dieron los demandantes. El abogado transfirió fondos de la cuenta de depósito en garantía únicamente de acuerdo con las instrucciones de los contadores de T.G.Una. Income-Producing Investments (2008) Ltd. (en adelante: "TGI") con el propósito de adquirir derechos sobre los bienes inmuebles objeto del proyecto. Está claro que la adquisición de los derechos sobre la tierra con el propósito de establecer el proyecto es la "necesidad real del proyecto" como lo requieren las disposiciones del fideicomiso. Esto es suficiente para desestimar la demanda contra el abogado.
1.3. De conformidad con las Disposiciones de Fideicomiso tal como se definen a continuación, que fueron adjuntas por los propios Demandantes, los Demandantes otorgaron expresamente al Abogado poderes para actuar con los fondos de acuerdo con su entera discreción para promover el Proyecto, de manera irrevocable.
1.4. Los demandantes renunciaron expresamente y por escrito a las reclamaciones y reclamaciones contra el abogado en este asunto. Todo como se detalla a continuación.
1.5. El abogado transfirió todos los fondos fiduciarios con el fin de comprar los derechos inmobiliarios del proyecto de una manera que esté totalmente de acuerdo con las disposiciones del fideicomiso.
1.6. De hecho, esta demanda no es más que un intento indebido por parte de los demandantes de obtener una compensación del abogado por el fracaso comercial de su inversión especulativa, a pesar de que el abogado no falló de ninguna manera y los demandantes solo pueden quejarse de sí mismos."
El 5 de julio de 2015, el abogado Aviv Paritzky fue nombrado liquidador deT. G. (Demandado 1) y se detuvo el procedimiento en su contra.

El 27 de julio de 2015, se emitió una "orden de suspensión de pagos" contra los acusados 2-3, Yosef Tuviyahu y Sharon Shati, y se detuvo el proceso contra ellos.
El 25 de mayo de 2016, el Tribunal del Distrito Central aprobó la suspensión de los procedimientos de reclamación y cobro contra el demandado 5-Empire Consulting & Holdings Ltd.
En consecuencia, sólo queda la demanda contra el abogado Yehuda Levy (demandado 4).
En consecuencia, los demandantes redujeron la cuantía de la reclamación a la suma de 2.393.372 NSI.
Se escucharon las pruebas y las partes presentaron escritos de alegaciones finales.
Ha llegado el momento de un juicio.
2. Los Acuerdos
Los demandantes, entre ellos abogados, profesionales y empresarios, firmaron una serie de acuerdos y documentos.
una. Acuerdo de comercialización
Este acuerdo fue firmado entre la empresa que comercializaba el "proyecto" – T. G. y cada uno de los demandantes.
Este acuerdo establece, entre otras cosas:
"Acuerdo de comercialización
Celebrado y firmado en Ramat Ganel 31 de octubre de 2010
Entre: T. G. Islands Income-Producing Investments (2008) Ltd.
Por un lado;
Y entre: ...(Inversionistas Demandantes, Y.P.)
Por otro lado ;
Considerando que, se ha formado una sociedad para el inicio de la construcción y venta de una propiedad hotelera (en adelante: la "Sociedad") conocida como el "Parque Palazzo", ubicada en Costa Rica, Manuel Antonio, con un área de aproximadamente 13.5 mil metros cuadrados y un área total de aproximadamente 12.2 mil metros cuadrados (en adelante y el "Proyecto").
Considerando que, el Empresario, que es una corporación legal extranjera llamada "Empire Consulting & Holdings Ltd", que está relacionada con el Comercializador (en adelante: el "Empresario"), ha formado en el pasado un grupo de compradores para comprar el45% de los derechos de la Sociedad (en adelante: el "Grupo Original") y el Empresario posee acciones del 55% de la Sociedad (en adelante: la "Acción del Desarrollador").
Considerando que, el Promotor tiene la intención de vender partes adicionales de la participación del Promotor a otro grupo de compradores (en adelante: el "Nuevo Grupo") y el fortalecimiento del Proyecto se dividirá entre el Promotor, el grupo original y el nuevo grupo, de acuerdo con la tasa de su inversión, de acuerdo con su participación relativa en la sociedad (los "Derechos en el Proyecto");
Considerando que el comercializador recibió del desarrollador un derecho exclusivo para comercializar los derechos del proyecto en Israel;
Visto y considerando: Que el Cliente se puso en contacto con el Minorista y solicitó gestionar la compra de una participación proporcional del 0,33% delos derechos del Proyecto de conformidad con los términos de este Acuerdo (en adelante: los "Derechos Adquiridos");
Considerando que , a petición del cliente, el comercializador le ofreció comprar los derechos adquiridos, de acuerdo con los detalles proporcionados a Line-H, como se detalla en este acuerdo a continuación;
Considerando que se le han proporcionado al Cliente los detalles en relación con la compra de los derechos adquiridos a través del Revendedor de acuerdo con los términos establecidos en este Acuerdo, de la siguiente manera, y sujeto al compromiso del Cliente de pagar al Revendedor una comisión de marketing;
Considerando que , el Cliente se compromete a comprar los derechos adquiridos, de conformidad con este Acuerdo en lo sucesivo;
En consecuencia, se declaró, acordó y estipuló entre las partes lo siguiente:
...
2. Los compradores de los derechos sobre el Proyecto, incluido el Cliente, se unirán a la sociedad establecida por el Desarrollador y que constituye una corporación legal extranjera que, después de la adquisición de los derechos adquiridos, sujeto al cumplimiento de todas las obligaciones del Cliente en virtud de este Acuerdo, el Cliente será uno de sus accionistas.
3.a. El Cliente confirma que en el momento de la firma de este Acuerdo, ha recibido y examinado a su satisfacción todos los detalles relevantes necesarios para tomar la decisión de realizar una inversión en el Proyecto y unirse a la Asociación, detalles que incluyen, entre otros: un plan de negocios, la estructura de la corporación legal, la ubicación del proyecto, el número de habitaciones de hotel, la naturaleza del proyecto, el acuerdo de asociación (JV), el tamaño del área, el precio de la propiedad, los ingresos y gastos proyectados (como se detalla en el plan de negocios), Financiación y condiciones de financiación. Además, el Cliente confirma que ha recibido respuestas a todas las preguntas y/o aclaraciones planteadas por él y que ha recibido toda la información necesaria para su participación en este Acuerdo. El Cliente reconoce y confirma que algunos de los datos se basan en estimaciones y pronósticos razonables y que los resultados futuros reales pueden diferir de lo que se presenta.
B. Sobre la base de la información y los detalles puestos en conocimiento del Cliente, el Cliente expresó su deseo de comprarlos derechos adquiridos a través del Revendedor y de firmar el Acuerdo de Asociación (JV) que regula las obligaciones y derechos de los miembros de la Sociedad.
...
4. Después de examinar todos los términos, el Cliente declara por la presente que se compromete a comprar los derechos adquiridos, en una cantidad que refleje el...de todos los derechos sobre el proyecto.
...
6. ...
c. Todo el monto de la compra antes mencionado se depositará en una cuenta fiduciaria número 310310 en Bank Hapoalim, Sucursal 567 (en adelante: la "Cuenta Fiduciaria"), que fue abierta por el Adv. Yehuda Levyde 4 Rakhwitzman St., Tel Aviv, a los efectos de esta transacción (en adelante: el "Fideicomisario").
El fideicomisario transferirá el monto de la compra al desarrollador de acuerdo con los requisitos comerciales para completar la inversión en la sociedad.
...
9. El Cliente declara y confirma que es consciente y acepta que, aunque el Desarrollador es una empresa relacionada con el Comercializador, el Comercializador opera en Israel solo como comercializador de los derechos del Proyecto, y que la compra de los derechos adquiridos a través del Comercializador no impone al Comercializador y/o le atribuye, directa o indirectamente, ningún compromiso y/o representación y/o promesa de ningún tipo, a excepción de las representaciones y documentos presentados por el Desarrollador. A través del comercializador, al cliente.
10. El comercializador se compromete a acompañar al cliente en todas las etapas de la transacción de compra de los derechos en la sociedad hasta que se complete y se reciban los documentos de los acuerdos de asociación (JV), y el cliente se registre como accionista de la sociedad, como propietario de los derechos adquiridos".
(El subrayado es mío, Y.P.)
Adjunto al "Acuerdo de Comercialización" había una carta de instrucciones para el fideicomisario, que fue firmada por los demandantes, cuya esencia era: instruyendo al fideicomisario – Adv. Yehuda Levy – para depositar los fondos en una cuenta de depósito en garantía y transferirlos "con el propósito de promover la transacción de compra y/o con el propósito de completarla, y que esta transferencia constituye parte de los términos de la transacción en los Estados Unidos"; y que no tendrá ninguna responsabilidad por el fideicomiso y/o por el cumplimiento de las instrucciones del beneficiario (excepto por malicia).
Me referiré a esta "Carta de Instrucciones al Fideicomisario" más adelante durante la audiencia en el caso del Fideicomisario, Adv. Yehuda Levy.
Nuestros ojos ven:
De la condición de suboficial. G. "No existía la condición de mero comercializador del "proyecto" que crea la relación entre los demandantes y su socio en la transacción – la "empresa extranjera" – y coordina sus actividades hasta la firma del "acuerdo de asociación" entre la "empresa extranjera" y los demandantes.
En este "acuerdo de comercialización", cada uno de los demandantes declaró:
"... que en el momento de la firma del presente contrato, recibió y examinó a su satisfacción todos los detalles relevantes necesarios para tomar la decisión de realizar una inversión en el proyecto y unirse a la sociedad...".
y que "recibió respuestas a todas las preguntas y/o aclaraciones planteadas por él y que recibió toda la información requerida para su participación en este acuerdo. El Cliente reconoce y confirma que algunos de los datos se basan en estimaciones y pronósticos razonables y que los resultados futuros reales pueden diferir de lo que se presenta".
Y que "todo el dinero del importe de la compra... se le confiará un fideicomiso... El Banco Hapoalim tiene la sucursal 567... que fue inaugurado por el Adv. Yehuda Levy..." (En adelante:"El Fideicomisario").
y que "el fideicomisario transferirá el dinero del monto de la compra al desarrollador de acuerdo con los requisitos comerciales para completar la inversión en la sociedad".
y que el fideicomisario -Adv. Yehuda Levy- debe transferir los fondos "para promover la transacción de compra y/o con el propósito de completarla, y que esta transferencia es parte de los términos de la transacción en los Estados Unidos". 
En. "Acuerdo de Asociación Comercial"
Además del "Acuerdo de Comercialización", se firmó el "Acuerdo de Asociación Comercial" entre la "Compañía Extranjera" y cada uno de los demandantes, que para nuestros fines y en su traducción al hebreo del idioma inglés, establecía, entre otras cosas:
"Acuerdo de Asociación Comercial
...
Entre media:
... (Cada uno de los demandantes)
(en adelante, conjunta y solidariamente: la "Sociedad" y los "Socios")
Y
Empire Consulting & Holding Limited (Empire Consulting & Holdings Ltd.)
Sociedad constituida bajo las leyes de Jersey
(o cualquier otra entidad en su nombre o lugar)
(en adelante: "el fundador")
(Los Socios, el Fundador, en lo sucesivo denominados las "Partes")
Considerando que, el fundador es el accionista mayoritario de Ola del Pacífico Ltd., una empresa legalmente constituida bajo las leyes de Costa Rica ("Ola del Pacífico"), con derecho a ser registrada como propietaria de todos los derechos sobre parcelas de tierra, ubicadas en la ciudad de Ola del Pacífico, Costa Rica, con un área total de aproximadamente 13,844 metros cuadrados (en lo sucesivo denominadas las "Tierras"), copias de las cuales se adjuntan arriba como Apéndice B:
...
Considerando que, el fundador y los socios están interesados en constituirse según lo establecido en un acuerdo de asociación comercial (en adelante: la "Asociación Comercial" ola "JV") según el cual los socios invertirán en Ola del Pacífico a cambio de la asignación de acciones en Ola del Pacífico como se describe a continuación, y las partes, conjuntamente a través de Ola del Pacífico, cooperarán en la inversión, desarrollo y administración del terreno con el objetivo de establecer un proyecto residencial y/o áreas comerciales en el terreno o parte del mismo y operar el proyecto (en adelante: el "Proyecto"), todos sujetos al Plan de Proyecto, los Acuerdos y demás anexos que se anexarán al presente Acuerdo mediante la firma de las partes en lo sucesivo;
Considerando que, los Socios, conjunta y solidariamente, confirman y declaran por la presente que están familiarizados con el Proyecto, la tierra y los términos principales del compromiso con el Fundador y cualquier otra entidad que lo represente o en su lugar, y que su compromiso de conformidad con este Acuerdo se basa en un examen en profundidad por su parte;
Considerando que las partes desean definir sus derechos y obligaciones mutuos al celebrar el Acuerdo de Asociación Comercial como se establece a continuación y sujeto a los términos y condiciones de este Acuerdo;
Por lo tanto, las partes acordaron lo siguiente:
2. La finalidad de la inversión y el compromiso
...
2.2 Las partes celebran un contrato de conformidad con los términos y condiciones de este Acuerdo con el fin de establecer el Proyecto en el terreno a través de la Asociación Comercial.
...
2.4 Sujeto a lo dispuesto en el preámbulo de este Acuerdo, Ola del Pacífico es el único propietario de los derechos y la tierra, a menos que las partes acuerden lo contrario. El proyecto se construirá a través de Ola del Pacífico...
...
3. Tareas y funcionamiento de la sociedad comercial
3.1 El funcionamiento y la realización de la sociedad comercial serán llevados a cabo, en beneficio de los socios y del fundador, por el fundador. Sin perjuicio de la finalidad general antes mencionada, los Socios otorgan al Fundador las siguientes facultades:
3.1.1 El fundador gestionará todos los asuntos de la sociedad comercial a discreción y en beneficio de las partes, será responsable de las actividades de la sociedad comercial y tendrá el derecho exclusivo de decisión en relación con la sociedad comercial y el proyecto. Las decisiones del fundador en nombre de la sociedad comercial vincularán a las partes sin ninguna restricción y en cualquier asunto.
...
3.1.3 Negociar y suscribir contratos para la ejecución y construcción del Proyecto, incluyendo y sin limitación, negociar y suscribir contratos de financiación con bancos o cualquier otra entidad financiera que financie el Proyecto con sujeción a los términos y condiciones que el Fundador...
...
4. Financiación de la asociación empresarial y del proyecto
4.1 El capital del Proyecto se basará en el capital y los activos de Ola del Pacífico y, por lo tanto, incluirá los terrenos, los planos del Proyecto (como se establece a continuación), licencias, permisos, etc., además de los dineros que se pagarán a Ola del Pacífico a cambio de la asignación de acciones a la Sociedad de acuerdo con lo anterior. Los Socios reconocen, confirman y acuerdan que todos los fondos que se requerirán (o que se han requerido) de acuerdo con las necesidades comerciales y de acuerdo con las necesidades del Proyecto, incluido el pago de cualquier depósito, costos de cierre y costos de transferencia que se requerirán pagar para la promoción y finalización del Proyecto, se incluirán en el Plan de Negocios del Proyecto adjunto a este Acuerdo como parte integral del mismo (en adelante: el "Plan del Proyecto"). El plan del proyecto, incluido el presupuesto, se adjunta al acuerdo como parte integrante como apéndice 4.1.
El plano del proyecto también representará un detalle general de los componentes del parquet. Con el fin de evitar cualquier duda, los Socios reconocen que el Plan del Proyecto se basa en una previsión "razonablemente previsible" y no garantiza el éxito del Proyecto. Además, los socios reconocen que el plan del proyecto está sujeto a cambios y ajustes, según sea necesario, durante el período del proyecto.
...
4.3 Cualquier pago por parte de los socios de los pagos adeudados por ellos de conformidad con el acuerdo se retendrá para la empresa conjunta hasta que se abra una cuenta bancaria, en el Sr. Yehuda Levy, abogado, como fideicomisario y sujeto a los términos de la cuenta fiduciaria adjunta a continuación como parte integral y marcada como Apéndice C. (El subrayado es mío, Y.P.)


El Apéndice Ces un "Documento de Instrucciones del Fideicomisario", firmado por cada uno de los demandantes.
Este documento otorga al fideicomisario, el abogado Yehuda Levy, la autoridad para transferir fondos de la cuenta fiduciaria en beneficio del "proyecto" de acuerdo con sus necesidades, hasta la fecha en que abra una cuenta bancaria para la "sociedad comercial", que también es la fecha en la que se supone que el fideicomisario debe transferir todos los fondos acumulados en la cuenta fiduciaria a esta cuenta y poner fin a su papel como fideicomisario.
En este "Documento de Instrucción", los demandantes liberan al fideicomisario de cualquier responsabilidad por un acto u omisión en la realización de sus acciones, excepto por un acto malicioso.
El contenido principal y la esencia del "Documento de Instrucciones del Fideicomisario" se discutirán con más detalle más adelante durante la audiencia del caso del Fideicomisario, Adv. Yehuda Levy.
De la lectura de estos acuerdos se desprende que los demandantes eran muy conscientes del tipo de transacción en la que habían participado y de sus riesgos:
1. Era claro para los demandantes que estaban entrando en una sociedad con una "empresa extranjera" sujeta a la ley costarricense.
No he escuchado de los demandantes, ya sea por sí mismos o a través de un abogado, que hayan examinado de alguna manera la identidad y la solidez de esta empresa.
2. Este es un activo/inmueble ubicado en el Estado de Costa Rica.
Escuché de los demandantes que no visitaron la propiedad y no verificaron de ninguna manera los derechos existentes sobre la tierra y la posibilidad de ejecutar la transacción. Ello a pesar de que "en el contrato de comercialización" declaran y confirman que "en el momento de la firma del presente contrato, recibió y examinó a su satisfacción todos los detalles relevantes necesarios para tomar la decisión de realizar una inversión en el proyecto..."Y si bien "en el contrato de asociación empresarial" los demandantes confirman y declaran, "los socios, conjunta y solidariamente, confirman y declaran conocer el proyecto, el terreno y los términos principales del compromiso con el fundador".
3. A los demandantes les quedaba claro que con su dinero, junto con el capital de la "sociedad extranjera", se establecería el "proyecto", incluyendo todos los trámites necesarios para tal fin.
Era claro para los demandantes que el dinero que habían depositado en la cuenta fiduciaria y/o pagado directamente a T. G. I", estaba destinado a esto.
1. Estaba claro para los demandantes que no había garantía de que recibirían el retorno que esperaban, si es que lo recibían.
El "Acuerdo de Comercialización" establece:
"El cliente sabe y confirma que algunos de los datos se basan en estimaciones y pronósticos razonables y que los resultados futuros reales pueden diferir de lo que se presenta".
"9. El Cliente declara y confirma que es consciente y acepta que aunque el Desarrollador sea una empresa relacionada con el Comercializador, el Comercializador opera en Israel solo como comercializador de los derechos sobre el Proyecto, y que la compra de los derechos adquiridos a través del Comercializador no impone al Comercializador y/o le atribuye, directa o indirectamente, ninguna obligación y/o representación y/o promesa de ningún tipo, a excepción de las representaciones y documentos presentados por el Desarrollador. A través del comercializador, al cliente".
El "Acuerdo de Asociación Comercial" establece:
"4.1 ... Con el fin de evitar cualquier duda, los Socios reconocen que el Plan del Proyecto se basa en una previsión "razonablemente previsible" y no garantiza el éxito del Proyecto. Además, los socios reconocen que el plan del proyecto está sujeto a cambios y ajustes, según sea necesario, durante el período del proyecto".
En su testimonio, los demandantes afirmaron que no habían leído detenidamente o incluso en su totalidad todos los acuerdos que habían firmado.
Se trata de demandantes, entre los que se encuentran abogados, profesionales y empresarios que se presume que han leído los documentos antes de firmarlos; Otros, deberían haber consultado con abogados y/o personas que entiendan el asunto. Si no lo hacían, no tenían más remedio que quejarse de sí mismos. Los demandantes no pueden repudiar la suscripción de los acuerdos y su contenido vinculante.
A partir de las pruebas que se me presentaron, me enteré de los siguientes hechos:
2. En el momento de la celebración de los acuerdos, la "empresa extranjera" tenía derechos de arrendamiento de los terrenos del propietario del municipio del cantón de Agvirri (en adelante: el "municipio").
Estos derechos de arrendamiento se prorrogaron en 2016por otros 25 años (véase el testimonio del liquidador, Adv. Aviv Paritzky, en la página 205 de la transcripción).
En su testimonio, el testigoYoel Tavor, uno de los inversionistas/"socios", dice:
"Una. Tuve claro en todo momento que se trataba de un contrato de arrendamiento... Todo el mundo lo tenía claro" (p. 131)
1. Los inversionistas, incluidos los demandantes, tienen derechos -en cadena- sobre estas tierras, de acuerdo con el "Acuerdo de Asociación Comercial".
Sus derechos se registran ante el liquidador.
Ninguno de los demandantes renunció a sus derechos.
cuando se realiza o vende el activo; Una vez pagadas las deudas con los distintos acreedores, los inversores, incluidos los demandantes, recibirán el resto de la contraprestación, cada uno según su parte.
En su testimonio , el liquidador, el abogado Paritzky, explica:
"Testigo: Hay muchos proyectos, así que no los recuerdo todos de memoria, y no quiero ser engañoso. En cuanto a Manuel Antonio, este es un campo muy hermoso a la orilla del mar, es un contrato de arrendamiento del municipio de Manuel Antonio,
Zingal: Usted dijo un contrato de arrendamiento de la municipalidad, ¿verdad?
Testigo: Del municipio, sí. Yo mismo estuve presente hace unos meses, visité este sitio una vez y firmamos el contrato de arrendamiento por otros 25 años. Es decir, hoy tenemos un contrato de arrendamiento actualizado por otros 25 años. Pagamos una cuota de arrendamiento anual. El propietario del arrendatario es en realidad una empresa local que participa en la cadena.
No recuerdo cuántas empresas hay en el medio, pero al final del día, y el propietario de la cadena de arriba son los accionistas de la empresa, los señores Tuviyahu y Shati, no son los inversores en sí, sino que de nuevo hay un registro interno de la empresa, quiénes son los inversores en ese proyecto y qué porcentaje tiene cada uno de ellos. Presenté un informe confidencial al tribunal en el que detallé toda la naturaleza de los derechos de todos los inversores en todos los proyectos y la razón por la que lo presenté como un informe confidencial que creo, no sé qué, que se trata de cientos, si no miles, de inversores que invirtieron en todo tipo de lugares del mundo. No estoy seguro de que quieran que sea público".
(עמ' 205-204)
1. "Se trata de un terreno muy bonito a la orilla del mar" – en palabras delliquidador, el abogado Aviv Paritzky – en el que había edificios antiguos, entre ellos un antiguo hotel, que tuvo que ser demolido y en su lugar se construyó el nuevo hotel.
En su testimonio, el testigoYoel Tavorrelata lo que vio durante su visita al lugar después de firmar el "acuerdo":
"R: Había, había en esta zona, había algunas cosas sobre esta zona, al principio había un hotel allí.
P: Que deberían haberlo demolido.
R: Parte de ella fue demolida antes de que yo llegara, había otra estructura de hormigón de dos o tres pisos y sé que este edificio también fue demolido después de que yo estuve allí, y por lo que recuerdo también tengo fotos de la situación posterior, creo".
(pág. 133)
Adjunto al expediente de pruebas del acusado se adjunta una carta fechada el 18 de marzo de 2010, enviada porel ingeniero Claudio R. Zúñiga Serrano, al arquitecto del proyecto, Armando Freda, en el que escribe, entre otras cosas:
Palacio del Parque
(Logotipo: Palazzo Park)
Municipio de Aguirre
"Por el bien del cantón de Agura es mejor para todos"
Ingeniería y Supervisión Urbana
...
Kipos, 18 de marzo de 2010
Arquitecto Armando Freda
Arcco Ltd.
Moisés Abendigno Luria
aquí
Re: Aprobación del permiso de construcción para el proyecto Ole del Pacífico
Estimado Arquitecto:
..., tengo el honor de informarles que en la sesión No. 03-2010 del 12 de marzo de 2010 de la Comisión Fiscalizadora de Permisos de Construcción de la Municipalidad de Aguirre, se aprobó el permiso de construcción No. 034-2010, para un proyecto conocido como Ola del Pacífico, que incluye la construcción de un hotel. Su valor fue estimado por este municipio en 3.500.000.000,00 C (3.500.000.000,00C//), y el monto a devolver por concepto de pago del impuesto sobre una licencia de construcción (1%) es de 35.000.000,00C. (35 millones 100/00 colones).
Le envío por fax el comprobante de pago con el fin de que pague la póliza de seguro de riesgos de trabajo y también le informo que para realizar el pago de la licencia de construcción debe presentar la póliza antes mencionada o alternativamente y dado que la póliza mencionada es responsabilidad de la empresa constructora, se le proporcionará el documento antes mencionado (el resto de la construcción) contra la presentación de la póliza de riesgos de trabajo.
Quedamos a su disposición para cualquier pregunta o duda.
Bienvenido
(Sello redondo: Municipalidad de Aguirre)
___________________(-) Firma
Ing. Claudio R. Zúñiga Serrano
Coordinador del Departamento de Ingeniería y Supervisión Urbana
Copia: Archivo
Apéndice 2: Dibujo de ACOPAC para el tamaño del área ecológica"
El archivo de pruebas contiene informes continuos que los demandantes han recibido a lo largo de los años:
1. Octubre 2008 Informe de Progreso del Proyecto N/8
2. Informe de Avance del Proyecto Julio 2009 N/9
3. Informe de Avance del Proyecto Marzo 2010 N/10
4. Informe de Avance del Proyecto Agosto 2010 N/11
5. Informe de Avance del Proyecto Marzo 2011 N/12
6. Informe de Avance del Proyecto Diciembre 2010 N/13
7. Informe de Avance del Proyecto Septiembre 2011 N/14
8. Informe de Avance del Proyecto Enero 2012 N/15
9. Informe de Avance del Proyecto Abril 2014 N/9 (para pruebas presentadas en la corte)
A partir de estos informes, es posible conocer los muchos esfuerzos realizados por la administración del "proyecto" para promoverlo, entre ellos: el desalojo de los ocupantes ilegales de los terrenos, la elaboración de los planos de construcción y su adecuación a los requisitos urbanísticos actualizados existentes, teniendo en cuenta las áreas ecológicas ubicadas en el área del "proyecto", la necesidad de participar en las audiencias y apelaciones que se presentaron, el cambio en un modelo de planificación y comercialización más atractivo y adecuado para Costa Rica, las actividades de comercialización que se han realizado, los trabajos de demolición de edificios antiguos, Obtener la aprobación escrita de la municipalidad para los planes renovados aprobados, obtener la aprobación formal del Ministerio de Medio Ambiente, informar sobre los contactos que tuvieron lugar con la municipalidad a la luz de su nueva política luego de las elecciones celebradas en febrero de 2011 en las que se eligió un nuevo alcalde, y contratar a un abogado especializado en estos temas para manejar el avance del "proyecto".
Estas acciones fueron financiadas por la "empresa extranjera", entre otras cosas, con los fondos depositados por los demandantes en el marco del "Acuerdo de Asociación Comercial" y luego de que los demandantes dieran su consentimiento previo -en el "Acuerdo de Asociación Comercial" y en el "Plan de Negocios"- para utilizar estos fondos para las actividades antes mencionadas.
¡Su reclamo se presentó ante el tribunal solo en 2014,6 años!Después de que los trámites para el establecimiento del "proyecto" estaban en marcha.
En su testimonio, Yoel Tavor dice que durante su visita al lugar y en sus reuniones con la empresa gestora, quedó impresionado por su trabajo y actividad:
"R: ... Pero las principales reuniones eran con la empresa de gestión que contrataron allí...
...
Testigo: La empresa se llama City Eye, me impresionaron mucho, una empresa seria con un gerente joven y ambicioso.
...
Testigo: El papel de esta empresa era llevar la situación a un permiso de construcción, ese es el trabajo, y desalojar a los ocupantes ilegales y desalojar a "aquellos" que querían apoderarse de la tierra.
...
Testigo: Y había otro problema allí, un problema ecológico, donde son muy cuidadosos para asegurarse de que haya un huevo pequeño allí, porque para la construcción, no para la construcción, trataron de reducir el permiso, y tuvieron que aumentarlo. Vi allí varias carpetas de discusiones, tanto legales como con todas las autoridades de planificación, para lograr esto. Trabajaron en ello muy seriamente. Luego me enviaban lo que hacían cada mes y tomaban una acción significativa.
Adv. Zingal: ¿Quién es la empresa?
R: Esa empresa tomó una acción significativa.
P: Muéstrenos un documento de todas las cosas de las que está hablando.
R: Por ejemplo, aquí es por casualidad,
P: Su documento.
R: Este informe está en español, pero también lo tengo en inglés. En un momento lo encontraré en inglés.
P: Quiero la empresa.
R: Sí, de la empresa. Aquí. Por ejemplo, es un documento que me dieron por un mes determinado.
P: Muéstrame.
R: Lo que hicieron allí.
El Honorable Juez: N/5.”)págs. 134-136)
En su testimonio, el liquidador, el abogado Aviv Paritzky, lo confirma:
Waxman: ¿Sabe si desde que TGI entró en este proyecto y Manuel Antonio tomó alguna acción para promover el proyecto en sí o no?
Testigo: Sí, lo hicieron.
P: ¿Qué vamos a hacer?
R: Se tomaron muchas acciones, eso es lo que dije, había un bufete de abogados que lo manejaba, un bufete de abogados, y creo que también había un planificador que trató de obtener las aprobaciones. Allí tenían todo tipo de problemas, de invasiones que evacuaban. Tuvieron grandes guerras con el alcalde, después de ese alcalde tuvieron grandes guerras allí en la prueba de acción, no lograron avanzar, todavía no se ha otorgado un permiso, el permiso solicitado.
P: ¿Sabe si se llevaron a cabo actividades de demolición en este lote por parte del TGI del edificio anterior o usted no está involucrado?
R: No sé, hoy el campo es llano y hay plantas pero nada más allá de eso.
P: ¿Está vallado?
R: Hay un huevo, hay un huevo ecológico allí, parte del cual fue expropiado para este huevo .
El Honorable Juez: En otras palabras, hoy no hay superestructuras,
Testigo: Hoy en día no hay edificios en el campo. Hay todo tipo de asuntos comerciales allí todo el tiempo, como los que invaden,
...
Testigo: Y los puestos que se están instalando allí y la municipalidad exige evacuarlos, así que tuve que contratar a una empresa de seguridad para asegurarme de que nadie se siente allí.
Waxman: ¿Sabe si el lugar está cercado?, ¿está cercado por TGI, o no tiene idea?
Testigo: De nuevo, no, no en la forma en que se define una instalación de seguridad. Necesitamos una empresa de seguridad para asegurarse de que no abran después de eso, lo alquilaron como un estacionamiento que cubrió algunos de los gastos".(págs. 208-209)
El abogado Paritzky añade:
"Hasta: Ahora, otro punto que creo que es importante para el asunto, de hecho, hoy la situación de planificación del terreno es problemática porque a pesar de que es una ciudad muy cara y el lote está en uno de los lugares más atractivos de la ciudad, está tanto en la playa como en la entrada de un parque ecológico muy famoso que atrae a mucha gente, no se puede construir allí sin obtener la aprobación del Ministerio del Interior y Turismo local, y la empresa ha estado contratando abogados durante varios años y trataron de obtener estos permisos y no lo lograron. Allí hubo todo tipo de alcaldes que lo cambiaron y lo torpedearon. Recientemente presenté una solicitud al tribunal para reemplazar y contratar a otro bufete de abogados en mi nombre, y la solicitud fue aprobada. Esta semana ha habido una visita a la propia propiedad junto con un tasador cuyos servicios fueron aprobados por el juzgado y una reunión con los abogados, y esto con el fin de conseguir una valoración más o menos fundada para que nos permita realizar la propiedad.
...
Testigo: Todavía tenemos que obtener este permiso, que probablemente no sea algo sencillo, pero si logramos obtener este permiso, entonces el valor será considerable".(pág. 207)
...
"R: Sí, sí. Tengo que ejercer los derechos de una manera que creo que maximizará el rendimiento neto.
P: No lo he escuchado.
R: Maximizar los ingresos netos que quedarán para que sea posible distribuir la mayor cantidad de dinero posible a los acreedores.
...
R: Entonces, de nuevo, porque tengo una posición y también en la liquidación de la empresa y también en su quiebra y una de las razones por las que contraté los servicios de un bufete de abogados local es entre otras cosas para que verifiquen todos los aspectos fiscales por mí y me encuentren la planificación fiscal que me deje más neta, para que pueda vender de acuerdo con lo que me recomendaron, ya sea que venda la empresa local o la empresa local, Espere un minuto, venda la propiedad en sí o las empresas en el camino venderán sus derechos".
(pág. 214)
Es decir, cuando se realiza o se vende el inmueble y después de pagadas las deudas con los distintos acreedores, los inversores, incluidos los demandantes, recibirán el resto de la contraprestación, cada uno según su parte.
En su testimonio, el testigo Yoel Tavor dice que habría sido posible obtener un beneficio mayor de lo esperado si los demandantes hubieran cooperado con él y se hubieran adherido al acuerdo (P/5) en el que él, Yoel Tavor y otro inversor, Adi Maron, llegaron a un acuerdo con la "empresa extranjera" y TGI (Sharon Shati y Yosef Tuviahu), según el cual el 80% de los derechos de arrendamiento de la propiedad se transferirían a la propiedad de los demandantes.
N/6 es una carta enviada a todos los co-inversores explicando la viabilidad económica del asunto.
En su testimonio , Yoel Tavor relata:
"Testigo: Argumenté y también escribí a todos los inversores después para que no demandaran, ni a TGI ni a Yehuda Halevy ni a TGI para que no demandaran porque estaban en una situación en la que se esperaba que dentro de uno o dos años llegaran a la bancarrota, lo que efectivamente sucedió,... Y no Yehuda Levy porque en mi opinión su lealtad era transferir el dinero y no a la propiedad en sí y la propiedad en sí, le sugerí tomar un camino diferente y efectivamente llegué a un contrato con TGI que recibíamos toda la propiedad como regalo y otro millón de dólares... (pág. 117)
"Testigo: Llegamos a un acuerdo después de varios meses de discusiones con TGI de que en lugar de que nosotros fuéramos el 45 por ciento, ellos serían el 55 por ciento y no invirtieron nada, que nosotros obtendríamos el 80 por ciento de la propiedad y ellos solo el 20 por ciento y su 20 por ciento es solo después de verificar cuánto invirtieron y tengo todos los documentos que invirtieron y el resultado final de eso, básicamente toda la propiedad es nuestra más que nos deberán un millón de dólares. Le explicamos todo esto a todo el mundo también... Hice lo mismo en Canadá en varias propiedades. Todas las propiedades que hice en Canadá, logramos salir de todas ellas, logramos devolver la inversión a la gente...
Estuve en esta propiedad, lo sé, hablé con toda la gente de allí. Hay una probabilidad muy alta de que pudiéramos haber salido de ella, tal vez no de toda la inversión, pero sí de una parte importante de ella". (pág. 120)
El problema es que, según Yoel Tavor, los demandantes recibieron asesoría legal para no hacerlo, y el acuerdo al que llegó con la "empresa extranjera" y TGI no se implementó.
3. El fideicomisario, Adv. Yehuda Levy
Debo decir desde el principio que no encontré ningún defecto en la conducta del fideicomisario, el abogado Yehuda Levy.
Se demostró ante mí que actuó en fideicomiso de acuerdo con la "Carta de Instrucciones al Fideicomisario" firmada por los demandantes en el anexo y como parte integral del "Acuerdo de Comercialización" y de acuerdo con el "Documento de Instrucciones al Fideicomisario" Apéndice C que los demandantes firmaron en el anexo y como parte integral del "Acuerdo de Asociación Comercial".
Otra demanda presentada contra él por otro inversor, Daniel Veltman, fue desestimadasin condena en costas, en una notificación conjunta de las partes (C.A. 2786-09-10 Tribunal de Magistrados de Tel Aviv).
En su testimonio , el abogado Yehuda Levy relata:
"Hasta que: Antes de abrir una cuenta de depósito en garantía, obtengo un conjunto del plan de negocios, los documentos, el acuerdo con Jovin Venture para ver cuál es el proyecto y para qué son los fondos, abro la cuenta y a partir de ahí, o bien se instruye a los inversores para que depositen los fondos en la cuenta de depósito en garantía, o como dice el Sr. Tavor, y nunca lo conocí ni hablé con él, elige depositar los fondos directamente en TGI. Ha habido muchos casos en los que los inversores han depositado dinero para rendir y me lo han pasado y me han dicho que lo anote en la línea de crédito de Man Dahu".(pág. 150)
La sección 6(c) del "Acuerdo de Comercialización" establece:
"C. Todos los fondos del monto de compra antes mencionado se depositarán en un depósito en garantía número310310
El Banco Hapoalim tiene la sucursal567 (en adelante: la "Cuenta Fiduciaria"), que fue abierta por el Abogado Yehuda Levy de la calle Rakhwitzman 4, Tel Aviv, a los efectos de esta transacción (en adelante: el "Fideicomisario").
El fideicomisario transferirá el monto de la compra al desarrollador de acuerdo con los requisitos comerciales para completar la inversión en la sociedad". (El subrayado es mío, Y.P.)
En el anexo del "Acuerdo de Comercialización" y como parte del mismo, los demandantes firmaron una "carta de instrucciones para el fideicomisario":
"Re: Carta de Instrucciones al Fideicomisario – H.N.Trust 310310
1. Somos los abajo firmantes... (En adelante: "Beneficiario")Por la presente acepto que todos los fondos depositados por mí en la cuenta fiduciaria, que es administrada por usted en el marco de la sucursal 567 3103310Bank Hapoalim, serán mantenidos por usted en fideicomiso con el fin de adquirir derechos en la sociedad que inicia el establecimiento y la venta de una propiedad hotelera (en adelante: la "Sociedad") conocida como "Palazzo park" ubicada en Costa Rica Manuel Antonio (en adelante: el "Proyecto")y se invertirá de vez en cuando a su discreción o, alternativamente, tendrá derecho a actuar de acuerdo conel asesoramiento que reciba eneste asunto. En cualquier caso, la inversión se limitará únicamente a planes sólidos.
Por la presente se aclara y acuerda que no asumirá ninguna responsabilidad y/u obligación por los resultados de la inversión de los fondos.
2. Soy consciente de que el beneficiario que se registrará en la cuenta fiduciaria vivirá TGI. Yielding Investments (2008)Ltd., que cuenta con la aprobación de las autoridades fiscales para la transferencia de fondos al extranjero, con el fin de facilitar la ejecución de transacciones financieras en el extranjero que serán requeridas para mí y en mi nombre.
3. Por la presente, se le dan instrucciones irrevocables para transferir los fondos, en su totalidad o en parte, a T. G.E. Income-Producing Investments (2008) Ltd. (en adelante: el "Cesionario") después de que se haya demostrado a su satisfacción que la transferencia de fondos es necesaria para el avance de la transacción de compra y/o con el fin de completarla, y que esta transferencia constituye parte de los términos de la transacción en los Estados Unidos.
4. Las disposiciones de este documentos onirrevocables ya que de ello dependen los derechos de terceros.
5. El fiduciario se compromete a cumplir con los deberes que se le asignan en esta orden escrita con una habilidad razonable, pero se acuerda que no asumirá ninguna responsabilidad por el fideicomiso y/o por el incumplimiento de las instrucciones del beneficiario, a menos que esto se haga maliciosamente.
6. Indemnizaré al Fideicomisario por cualquier pago que pueda hacer a una persona que no sea parte de este Acuerdo en virtud de una sentencia judicial o un acuerdo al que haya accedido, debido a cualquier reclamación que surja directa o indirectamente, del mantenimiento de los fondos en el fideicomiso y/o su transferencia para mí en virtud de una carta de confianza.
...
8. Su papel como fideicomisario expirará con la transferencia de los ingresos de la venta, que se depositaron en la cuenta fiduciaria, para completar la transacción, y tendrá derecho a reembolsar la cuenta fiduciaria una vez cumplida la condición antes mencionada.(El subrayado es mío, Y.P.) (Anexo 6b)
Posteriormente, los demandantes firmaron un "acuerdo de asociación comercial" con la "empresa extranjera", en el que se establecía, entre otras cosas:
"4. Financiación de la asociación empresarial y del proyecto
4.1 ... Los Socios reconocen, confirman y acuerdan que todos los fondos que se requerirán (o que se han requerido) de acuerdo con las necesidades comerciales y de acuerdo con las necesidades del Proyecto, incluido el pago de cualquier depósito, costos de cierre y costos de transferencia que se requerirán pagar para la promoción y finalización del Proyecto, se incluirán en el Plan de Negocios delProyecto adjunto a este Acuerdo como parte integral del mismo (en adelante: el "Plan del Proyecto"). El plan del proyecto, incluido el presupuesto, se adjunta al acuerdo como parte integrante como apéndice 4.1.
...
4.3 Cualquier pago por parte de los socios de los pagos adeudados por ellos de conformidad con el acuerdo se retendrá para la empresa conjunta hasta que se abra una cuenta bancaria, en el Sr. Yehuda Levy, abogado, como fideicomisario y sujeto a los términos de la cuenta fiduciaria adjunta a continuación como parte integral y marcada como Apéndice C.
(El subrayado es mío, Y.P.)
En consecuencia, y en consecuencia, los demandantes firmaron el Apéndice C del "Acuerdo de Asociación Comercial" (tal como el acuerdo firmado por la Sra. Brown, Yael y Tzila), que decía, entre otras cosas (en su traducción del inglés al hebreo, Apéndice 3 del escrito de demanda):
"Un documento de instrucciones al fideicomisario
1. Nosotros, los abajo firmantes...(el "Beneficiario"), por la presente damos nuestro consentimiento para que todos los fondos depositados por usted en la Cuenta Fiduciaria administrada por mí como parte de una cuenta...La sucursal 567 del Banco Hapoalim - se mantendrá bajo su custodia para la construcción del Hotel Covado Bao la del Pacífico Costa Rica y se invertirá de vez en cuando, a su entera discreción, y tendrá derecho, a su discreción, a actuar de acuerdo con el asesoramiento que recibirá a este respecto.
Por la presente se aclara y acuerda que usted no asumirá ninguna responsabilidad y/u obligación por los resultados de la inversión de los fondos.
2. Por la presente, le proporcionamos instrucciones irrevocables para la transferencia de la totalidad o parte de los fondos, en beneficio de los contratistas y de acuerdo con las necesidades reales del proyecto, hasta la fecha en que se abrirá una cuenta bancaria para la sociedad comercial según lo declarado ydefinido en el acuerdo de asociación comercial que hemos firmado, una copia del cual se adjunta arriba.
Las instrucciones relacionadas con la transferencia de fondos al proyecto le serán dadas por las entidades que supervisan la ejecución del proyecto en esta etapa y supervisan su ejecución. Con el establecimiento del grupo de gestión del proyecto, y siguiendo el acuerdo de JVC, estas instrucciones serán dadas por el propio grupo de gestión.
...
6. El fideicomisario se compromete a llevar a cabo las acciones que se le confían en su fideicomiso por medio de esta carta de instrucciones con una habilidad razonable; Sin embargo, se acuerda que no asumirá ninguna responsabilidad por el fideicomisario y/o por el incumplimiento de las instrucciones del beneficiario, a menos que se trate de un acto malintencionado.
7. Por la presente, lo libero de cualquier responsabilidad por cualquier acto u omisión de su parte como fideicomisario de conformidad con esta carta de instrucciones, con la excepción de un acto malicioso de su parte.
...
10. En caso de que la sociedad gestora no facilite al fiduciario, en uno de los casos anteriormente expuestos, el nombre de otro fiduciario o de un tercero al que se vayan a remitir los fondos fiduciarios, el fiduciario tendrá derecho a transferir los fondos a otro fiduciario, según lo estime oportuno.
11. Su empresa dejará de existir como fiduciaria al abrir una cuenta para la sociedad comercial, según lo especificado y definido en el acuerdo de asociación comercial, y tendrá derecho a transferir a esta cuenta cualquier saldo que quede en la cuenta fiduciaria y cerrarla."
(El subrayado es mío, Y.P.)
Aprenda que de acuerdo con el "Acuerdo de Comercialización", la "Carta de Instrucciones al Fideicomisario", el "Acuerdo de Asociación Comercial" y el "Documento de Instrucciones del Fideicomisario" y el "Plan de Negocios", los fondos depositados en la "Cuenta Fiduciaria" están destinados a financiar el establecimiento del "Proyecto" en conjunto y además de los fondos y capital de la "Compañía Extranjera".
Para poder hacer esto, incluso se indica en la "Carta de Instrucciones al Fiduciario" en el "Acuerdo de Comercialización":
"3. Por la presente, se le dan instrucciones irrevocables para transferir los fondos, en su totalidad o en parte, a T. G. Isla. Income-Producing Investments (2008) Ltd. (en adelante: el "Cesionario") después de que se haya demostrado a su satisfacción que la transferencia de fondos es necesaria para el avance de la transacción de compra y/o con el fin de completarla, y que esta transferencia constituye parte de los términos de la transacción en los Estados Unidos.
4. Las disposiciones de este documentos onirrevocables ya que de ello dependen los derechos de terceros."
Lo mismo ocurre con el "Documento de Instrucciones para el Fideicomisario" (ApéndiceCdel "Acuerdo de Asociación Comercial"):
"2. Por la presente, le proporcionamos instrucciones irrevocables para la transferencia de la totalidad o parte de los fondos, en beneficio de los contratistas y de acuerdo con las necesidades reales del proyecto, hasta la fecha en que se abrirá una cuenta bancaria para la asociación comercial según lo declarado en el acuerdo de asociación comercial que hemos firmado, una copia del cual se adjunta arriba.
Las instrucciones relacionadas con la transferencia de fondos al proyecto le serán dadas por las entidades que supervisan la ejecución del proyecto en esta etapa y supervisan su ejecución. Con el establecimiento del grupo de gestión del proyecto, y siguiendo el acuerdo de JVC, estas instrucciones serán dadas por el propio grupo de gestión.
...
11. Su empresa dejará de existir como fiduciaria al abrir una cuenta para la sociedad comercial, según lo especificado y definido en el acuerdo de asociación comercial, y tendrá derecho a transferir a esta cuenta cualquier saldo que quede en la cuenta fiduciaria y cerrarla."
(El subrayado es mío, Y.P.)
Se demostró ante mí que el fideicomisario, el abogado Yehuda Levy, actuó exactamente de acuerdo con la "Carta de instrucciones al fideicomisario" y el "Documento de instrucciones para el fideicomisario";y de conformidad con el compromiso que los demandantes asumieron en el "Contrato de Asociación Empresarial" y el "Plan de Negocios".
Me ha quedado comprobado que todos los fondos que se acumularon en la cuenta fiduciaria fueron transferidos a la cuenta fiduciaria que fue abierta en el exterior por el bufete de abogados Peschio & Cantes en Costa Rica – que acompañó el "proyecto" en el extranjero, bajo la supervisión directa del abogado Sergio Solera.
En su testimonio , el abogado Yehuda Levy relata:
"Testigo: La cuenta se abre cuando ella está registrada como beneficiaria, la llamaré beneficiaria, para el caso la llamaré rendimiento y no TGI,
El Honorable Juez: ¿Cuál fue el propósito del cálculo?
Testigo: El propósito de la cuenta era depositar en la cuenta todos los fondos de los inversores que fueron designados para el propósito de la empresa conjunta, para establecer la asociación entre los inversores y Empire Company, que es una empresa registrada fuera del espectáculo en Jersey y administró los proyectos en el extranjero, es el desarrollador, la empresa, se define como el desarrollador. Cada vez que dicen TGI, TGI lo hizo, no es TGI, TGI fue el comercializador. Yielding fue la empresa comercializadora. Empire era el empresario.
...
עד: El proyecto, el proyecto comenzó como dije en enero de 2008, en abril de 2008 me dijeron que todo el dinero de los inversionistas estaba levantado, algunos de los inversionistas porque Empire no me lo transfiere a mí, Empire trata directamente con el fiduciario en Costa Rica y que estoy obligado a transferir los fondos a la cuenta abierta por Pezzio, los abogados compensaron a Cantes en Costa Rica donde en esta oficina se sienta el Sr. Sergio Solera que era un abogado que acompañó personalmente este proyecto y en abril de 2008 sí transferí toda la masa que había acumulado de mi dinero La fidelidad sin excepción por cuenta en Costa Rica.
Tengo que enfatizar una cosa. El ingreso de estos inversionistas al proyecto en Costa Rica tuvo dos etapas, una fue en abril de 2008, cuando se transfirió el dinero con el que efectivamente llevaron a cabo el cierre del trato, y posteriormente en 2009, en 2010 y algunos de los demandantes están incluidos aquí, compraron a Empire al desarrollador, un porcentaje de sociedad en el proyecto en sí, no estuvieron en el cierre del acuerdo original, por eso los acuerdos firmados con ellos, los acuerdos de comercialización o el acuerdo de unión también son diferentes. En los acuerdos con los que está explícitamente escrito, quiero unirme al proyecto existente". (págs. 150-151)
...
"El Honorable Juez: Usted dijo que en algún momento transfirió todo el dinero que se había acumulado en el fideicomiso a una oficina en Costa Rica donde también estaba sentado el abogado.
Testigo: Que era un relato del proyecto, en realidad.(pág. 152)
...
"Hasta que: ... Este dinero está destinado a hacer un trato. Ahora las personas que se supone que deben hacer el trato son los abogados en Costa Rica y ellos son los que se supone que deben moverse, transferir el dinero. No transferí el dinero al vendedor, transferí el dinero al fiduciario.
...
R: Yo digo que transferí todo.
P: Todo está en Israel, entonces, ¿dónde está la lealtad, dónde se construye cuando el dinero está aquí?
...
Testigo: Me preocupaba que ese dinero fuera a parar al fideicomiso de Costa Rica.
...
Testigo: Al síndico.(pág. 163)
...
"Testigo: Si yo no hubiera transferido los fondos con el propósito de ejecutar la transacción como me dijeron que iba a ser firmada a través de los fiduciarios en Costa Rica, habría sido defraudado de mi cargo, habría abusado de mi responsabilidad como fiduciario y habría neutralizado esta transacción y causado a las partes un daño inconmensurable". (pág. 173)
En su testimonio, el Abogado Yehuda Levy también habló sobre otras acciones que beneficiaron a los inversionistas, las cuales fueron llevadas a cabo por los leales abogados en CostaRica:
"R: ... En Costa Rica se suponía que el terreno se iba a comprar con su franquicia y alguien allí a última hora y supongo que fue el Adv. Sergio Solera a quien se le ocurrió la idea de que hubiera sido mejor si hubieran comprado las acciones de Ola de Pacífico S, que es la empresa que tenía los derechos de arrendamiento y la franquicia para que esta personalidad jurídica pudiera renovar la franquicia de vez en cuando, de lo contrario, si hubieran comprado el terreno por separado de la empresa, habría que empezar todo el proceso de nuevo, es decir, pedir una franquicia y listo. Aquí se ocuparon de la franquicia existente y realmente lograron renovarla por vigésimo año para el establecimiento de este proyecto hotelero". (pág. 152)
"Testigo: Se les ofreció a los inversionistas comprar un porcentaje en el proyecto, en el proyecto en el marco de la sociedad que se va a establecer entre Empire y los mismos inversionistas, esta fue mi confianza, yo transferí los fondos, seguí en contacto porque se compraron más derechos de Empire, que en realidad se diluyó en el proyecto desde el cincuenta y cinco por ciento, seguí en contacto con el abogado Sergio Solera hasta el 2012, al final del día recibí de Yield la lista de inversionistas según sus porcentajes, Recibí su libro de contabilidad y recibí la confirmación en 2012 del Sr. Solara respecto a la compra de las acciones de la empresa en el titular de la franquicia y la construcción legal tributaria que pretenden realizar, que pretenden realizar...
...
Testigo: Según tengo entendido, había algún tipo de construcción de una cadena de empresas que permitiría una reducción de impuestos en Costa Rica o Panamá, donde se suponía que estaba ubicada la empresa conjunta de los inversionistas y el Imperio.
...
Testigo: Pero eso no es con lo que estaba lidiando.(págs. 153-154)
Recibió una actualización sobre estas acciones de los fideicomisarios en el extranjero, aunque con la transferencia de los fondos a la cuenta fiduciaria en el extranjero, terminó su papel como fideicomisario.
La "Carta de Instrucciones al Fideicomisario" dice:
"8. Su papel como fideicomisario expirará con la transferencia de los ingresos de la venta, que se depositaron en la cuenta fiduciaria, para completar la transacción, y tendrá derecho a disponer de la cuenta fiduciaria una vez cumplida dicha condición".
El "Documento de Instrucciones para el Fideicomisario" establece:
"11. Su empresa dejará de existir como fiduciaria al abrir una cuenta para la sociedad comercial, según se especifica y define en el acuerdo de asociación comercial, y tendrá derecho a transferir a esta cuenta cualquier saldo que quede en la cuenta fiduciaria y cerrarla."
Rechazo la afirmación de los demandantes dequeel fideicomisario, el abogado Yehuda Levy, debería haber supervisado el progreso de la obra y, en consecuencia, haber liberado fondos de la cuenta fiduciaria.
Rechazo su argumento de que esto fue explicado por el abogado Yehuda Levya los demandantes que hablaron con él.
Esta reclamación de los demandantes es inconsistente con los documentos anteriores, en los que los demandantes instruyeron al fiduciario para que transfiriera la totalidad de los fondos a la cuenta fiduciaria en el extranjero; y que, tras su transferencia, pusiera fin a su cargo de fideicomisario y cerrara la cuenta fiduciaria en Israel.
En estos documentos, no hay ningún requisito del fiduciario para supervisar ningún proceso, y ciertamente no está obligado, ni está capaz, de que Tel Aviv supervise lo que está sucediendo en Costa Rica.
Los demandantes ni siquiera le pagaron ningún salario para llevar a cabo dicha supervisión.
Para ello, las partes socias -los demandantes y la "empresa extranjera"- celebraron un acuerdo con el bufete de abogados -Peschio & Cantes- en Costa Rica, que acompañó al "proyecto".
Para ello, se abrió una cuenta fiduciaria en el extranjero a la que se transfirieron los fondos desde la cuenta fiduciaria en Israel, cuando los abogados -el bufete de abogados compensó a Cantes en Costa Rica- son los fideicomisarios de esta cuenta.
El abogado Yehuda Levy no recuerda con cuál de los demandantes habló, pero estoy seguro de que la persona con la que habló explicó bien su papel: concentrar los fondos y transferirlos a la cuenta fiduciaria en el extranjero después de haber abierto dicha cuenta, y que este es el final de su posición.
En su testimonio, el abogado Yehuda Levy dice:
"Testigo: En este caso, estamos hablando de un proyecto que tiene varias etapas y algún tipo de dinámica, primero hay que comprar el terreno o las acciones de la empresa que es dueña del terreno en sí y su franquicia, y luego comienza la etapa de permisos y la realización de la concesión y su evaluación y todo lo que implica este asunto. Yo, mi fideicomiso ha sido establecido para concentrar los fondos con usted y transferirlos tan pronto como se abra una cuenta bancaria para un proyecto en Costa Rica. Yo, el pequeño de Tel Aviv, no puedo supervisar un proyecto de construcción como este, no me invitaron, al igual que no me pidieron que examinara, que examinara el valor de la transacción o la viabilidad del acuerdo, no es asunto mío, no me meto en estas cosas".
(pág. 153)
...
"Avance Waxman: Mire, usted dijo que no recuerda haberse reunido con la gente, podría ser que la gente,
...
P: Si hubiera tales conversaciones, ¿qué diría en ellas?
R: Entonces les expliqué sobre el bufete de abogados de confianza en Costa Rica, los fondos se concentrarán conmigo y se transferirán con el propósito de cerrar la transacción en Costa Rica. No habrá trato, los fondos les serán devueltos desde mi cuenta de depósito en garantía. Tuve casos en los que la gente depositó dinero e informó a la empresa que estaba incumpliendo la transacción y les devolví el dinero. He tenido casos como este en este proyecto. Nunca le he dado a ninguno de ellos ningún consejo legal con respecto a este proyecto. No era asunto mío, no representé a estos inversores y no les di ningún consejo legal que pudiera haberlos engañado bajo ninguna circunstancia. Les dije a todos, señores, consúltenles abogados, es más fácil para mí hablar con sus abogados porque tengo un idioma común con ellos. Pero ninguno de ellos recibió asesoramiento legal de mi parte.
P: Y no se le puede haber dicho a la gente que voy a liberar el dinero solo de acuerdo con el progreso de la construcción, va a haber un primer piso, voy a tirar así,
Zingel: Lo siento, esa no es la pregunta.
El Honorable Juez: Lamento haber preguntado eso, él dijo que no. Le pregunté y le expliqué.
Testigo: Absolutamente no, absolutamente no. No hay ninguno" (pp. 157-158)
En su testimonio, el testigo Yoel Tavor dice:
"Argumenté y también escribí a todos los inversores para que no demandaran... Yehuda Levy porque en mi opinión su lealtad era transferir dinero y no a la propiedad..." (pág. 117)
Rechazo las afirmaciones de los demandantes de que el fideicomisario, el abogado Yehuda Levy, no transfirió todos los fondos acumulados en la cuenta fiduciaria en Israel a la cuenta fiduciaria en el extranjero. Hubiera sido mejor que este argumento no se hiciera en absoluto.
En su testimonio, el abogado Yehuda Levy reiteró que todos los fondos fueron transferidos a la cuenta fiduciaria en el extranjero.
N/1 y N/2 son los documentos para la transferencia de los fondos fiduciarios al extranjero.
P/3 es una copia de un libro mayor ordenado.
N/4 es la carta del Abogado Solra - el fiduciario en Costa Rica - confirmando la recepción de los fondos.
N/5 es el reporte de la cuenta fiduciaria en Costa Rica.
No encontré ninguna falla en el hecho de que, debido a las restricciones y las aprobaciones fiscales requeridas, algunos de los fondos se transfirieron a través de una cuenta T. G. Faltade rendimiento.
La "Carta de Instrucciones al Fideicomisario" firmada por los demandantes decía:
"2. Soy consciente de que el beneficiario que se registrará en la cuenta fiduciaria vivirá TGI. Yielding Investments (2008)Ltd., que cuenta con la aprobación de las autoridades fiscales para la transferencia de fondos al extranjero, con el fin de facilitar la ejecución de transacciones financieras en el extranjero que serán requeridas para mí y en mi nombre."
El abogado Yehuda Levy explica a la pregunta del abogado Zingel, abogado de los demandantes:
Zingal: El 15 de julio de 2009
R: Sí.
P: Una chica llamada Anna escribió que no sé quién es y le exigió que transfiriera diez mil dólares a una cuenta que le devengaba.
R: Así es.
P: ¿Quién es Ana y por qué están cediendo en Israel, por qué la trajeron a Israel?
R: Anna, entonces te voy a explicar, te voy a explicar, una empresa de rendimiento que transferimos, intentamos transferir la primera masa de fondos a la cuenta fiduciaria en Costa Rica, resultó que necesito una confirmación del IRS, una confirmación del IRS para poder transferir estos fondos. Debido a la urgencia del asunto, al final del día, hicimos uso de la licencia que tienen las empresas que rinden para transferir dinero al extranjero, tienen una exención. Anna es una empleada del departamento financiero de Manivot y desde el departamento de finanzas yo recibía las instrucciones para hacer transferencias a la cuenta de Manivot y ella las transfería a la cuenta de puntuación.
P: ¿Cómo sabe usted todo esto?
R: ¿Cómo lo sé?, te lo leeré. En una carta de instrucciones al fideicomisario de Yafit y Omer Dotan, se lee: "Por la presente se le dan instrucciones irrevocables para transferir los fondos, en su totalidad o en parte, a la cuenta de TGI Income-Producing Investments 2008 Ltd. en lo sucesivo después de que se haya demostrado a su satisfacción que la transferencia de los fondos es necesaria para que la transacción se lleve a cabo". En el párrafo 2 del documento, la carta de instrucciones al fideicomisario con respecto a una cuenta específica que es la cuenta del proyecto que abrí, está escrito: "Soy consciente de que el beneficiario que se registrará en la cuenta fiduciaria es TGI Income-Producing Investments 2008 Ltd., que cuenta con la aprobación de las autoridades fiscales para la transferencia de fondos al extranjero, con el fin de facilitar la ejecución de transacciones financieras en el extranjero que se requerirán para mí o en mi nombre".(pág. 176)
Y lo más importante de todo; Estos fondos han llegado completamente a su destino para la cuenta fiduciaria en el extranjero.
No encontré ningún defecto en el hecho de que el abogado Yehuda Levy, que prestó servicios a T. G. También fue fiduciario en otras transacciones realizadas a través de él, también fue fiduciario en el "proyecto" en cuestión. No hay ninguna prohibición al respecto.
En su testimonio, el abogado Yehuda Levy se refirió a esto:
"Testigo: puedo ser un fideicomisario de ambas partes y eso es lo que fui".(pág. 160)
Rechazo el argumento de que para cada acción que se tomó, el abogado Yehuda Levy tuvo que obtener la aprobación de los demandantes. Esto es imposible en vista de la multitud de socios/demandantes. Por lo tanto, tampoco existe tal requisito, y el asunto se resolvió de antemano en los documentos de las "Instrucciones al Fideicomisario".
La "Carta de Instrucciones al Fideicomisario" dice:
"3. Por la presente, se le dan instrucciones irrevocables para transferir los fondos, en su totalidad o en parte, a T. G.E. Income-Producing Investments (2008) Ltd. (en adelante: "el cesionario") después de que se haya demostrado a su satisfacción que la transferencia de fondos es necesaria para avanzar en la transacción de compra y/o con el fin de completarla, y que dicha transferencia constituye parte de los términos de la transacción en los Estados Unidos.
En el "Documento de Instrucciones del Fideicomisario" (ApéndiceC), se indica:
"1. Nosotros, los abajo firmantes, ... (el "Beneficiario"), por la presente damos nuestro consentimiento para que todos los fondos depositados por usted en la Cuenta Fiduciaria administrada por mí como parte de una cuenta ...La sucursal 567 del Banco Hapoalim - se mantendrá bajo su custodia para la construcción del Hotel Covado Baola del Pacífico Costa Rica y se invertirá de vez en cuando, a su entera discreción, y tendrá derecho, a su discreción, a actuar de acuerdo con el asesoramiento que recibirá a este respecto.
Por la presente se aclara y acuerda que usted no asumirá ninguna responsabilidad y/u obligación por los resultados de la inversión de los fondos.
2. Por la presente, le proporcionamos instrucciones irrevocables para la transferencia de la totalidad o parte de los fondos, en beneficio de los contratistas y de acuerdo con las necesidades reales del proyecto, hasta la fecha en que se abrirá una cuenta bancaria para la sociedad comercial según lo declarado y definido en el acuerdo de asociación comercial que firmamos, una copia del cual se adjunta arriba.
Las instrucciones relacionadas con la transferencia de fondos al proyecto le serán dadas por las entidades que supervisan la ejecución del proyecto en esta etapa y supervisan su ejecución. Con el establecimiento del grupo de gestión del proyecto, y siguiendo el acuerdo de JVC, estas instrucciones serán dadas por el propio grupo de gestión."
En su testimonio, el abogado Yehuda Levy se refirió a esto:
"Zingal: Por favor, dígame por qué no estuvo en contacto con las personas que usaron el dinero en sus manos en fideicomiso y no les informó de lo que estaba haciendo.
Testigo: Porque usted recibió una carta de instrucciones de ellos para actuar, desde el momento en que yo recibí una carta de instrucciones para actuar, estoy actuando, vale la pena mencionar que tengo que averiguar y preguntar, y obtener el permiso de cada uno de los cincuenta o sesenta inversionistas en este proyecto, se pueden imaginar cómo habría sido este proyecto, no se habría llevado a cabo en absoluto. Es por eso que los inversionistas firman documentos con anticipación que saben que estos son los mecanismos que funcionarán en el proyecto para el beneficio del proyecto y para su eficiencia". (pág. 196)
Es cierto que el fideicomisario, el abogado Yehuda Levy, no transfirió a los socios/inversores una vez al año y al final de su mandato una "cuenta" para los asuntos del fideicomiso, como lo requiere lasección 7dela Ley de Fideicomisos, 5739-1979; y esto es inapropiado, pero se me ha demostrado que mantuvo una contabilidad ordenada y una transferencia ordenada de los fondos del fideicomiso de la cuenta fiduciaria en Israel a la cuenta fiduciaria en el extranjero.
Está claro para mí que si hubiera habido algún requerimiento por parte de alguno de los demandantes para recibir alguna información e informe del fiduciario, no habría habido ningún impedimento para darlo. Aparentemente, estaban satisfechos con los otros informes en curso que recibieron sobre la realización del "proyecto", como se detalló anteriormente.
En cualquier caso, la ausencia de estos informes no resta valor a la conclusión de que el abogado Yehuda Levy actuó con precisión y meticulosidad de acuerdo con las "instrucciones al fideicomisario" que se le dieron; y que todos los fondos fiduciarios fueron transferidos a la cuenta fiduciaria en el extranjero, a los efectos de las acciones necesarias para el establecimiento del "proyecto".
A partir de la fecha en queel fideicomisario, el abogado Yehuda Levy, transfirió los fondos fiduciarios a la cuenta fiduciaria en el extranjero, según las instrucciones de los demandantes en los documentos de las "Instrucciones al Fideicomisario", terminó su posición como fideicomisario y ya no tiene ninguna responsabilidad por lo que se hizo con estos fondos. La responsabilidad se transfirió a fideicomisarios en el extranjero: el bufete de abogados compensó a Cantes.
El fiduciario, Adv. Yehuda Levy, no tiene ninguna responsabilidad por el hecho de que el "proyecto" aún no se haya establecidodebido a las dificultades objetivas que surgieron en Costa Rica como se detalló anteriormente; y que los demandantes aún no hayan recibido el retorno que esperaban de su inversión. Su papel como fiduciario consistía en concentrar los fondos de inversión en una cuenta de depósito en garantía y transferirlos a la cuenta fiduciaria en el extranjero. Cuando lo hizo, puso fin a su cargo. No tiene ninguna responsabilidad por el dinero de los demandantes y el uso que se haga de él en el extranjero.
Los demandantes eran muy conscientes del riesgo que implicaba su inversión, cuando se decía explícitamente en los acuerdos que firmaron:
"El Cliente reconoce y confirma que algunos de los datos se basan en estimaciones y pronósticos razonables y que los resultados futuros reales pueden diferir de lo que se presenta" (el "Acuerdo de Marketing").
"Los socios reconocen que el plan del proyecto se basa en una previsión 'razonablemente previsible' y no garantiza el éxito del proyecto". (el "Acuerdo de Asociación Comercial").
Esta es la ley de cualquier inversión financiera cuyo resultado esté envuelto en la oscuridad. Ciertamente, cuando se trata de una inversión en la construcción de un "proyecto" en el extranjero en el estado de Costa Rica.
Determino que el fideicomisario Yehuda Levy actuó de manera precisa, meticulosa e impecable de acuerdo con las instrucciones que se le dieron en el "Documento de Instrucciones del Fideicomisario" y la "Carta de Instrucciones del Fideicomisario", de acuerdo con y sujeto al "Acuerdo de Marketing" y al "Acuerdo de Asociación Comercial".
Los demandantes no tienen causa de acción contra el fideicomisario, el abogado Yehuda Levy.
Dado que no encontré ninguna falla en la conducta del fideicomisario, el abogado Yehuda Levy, no necesita en absoluto las protecciones que se le otorganen los párrafos 6 y 7del "Documento de instrucciones del fideicomisario" que lo eximen de cualquier responsabilidad (excepto en casos de malicia):
"6. ...Se acuerda que no asumirá ninguna responsabilidad por el fideicomisario y/o por el incumplimiento de las instrucciones del beneficiario, a menos que se trate de un acto malintencionado.
7. Por la presente, lo libero de cualquier responsabilidad por cualquier acto u omisión de su parte como fideicomisario de conformidad con esta carta de instrucciones, con la excepción de un acto malicioso de su parte.
Y en la sección 5 de la "Carta de Instrucciones al Fideicomisario":
"5. ... Se acuerda que no asumirá responsabilidad alguna por el fideicomiso y/o por el incumplimiento de las instrucciones del beneficiario, a menos que esto se haya hecho maliciosamente".
Desestimo la demanda contra el fideicomisario, el abogado Yehuda Levy. 
4. Conclusión
Desestimo la demanda contra el fideicomisario, el abogado Yehuda Levy.
Ordeno a los demandantes, en los tres casos, que paguen conjunta y solidariamente al abogado Yehuda Levy sus gastos, incluidos los honorarios de los abogados, por un monto total de 50.000 NIS.
Dado el día de hoy, 10 de diciembre de 2017, en ausencia de las partes.
La Secretaría enviará copia de la sentencia a las partes.
Yehuda Farago

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