Seguro. Si estos disturbios se convierten o se convertirán en un asunto de naturaleza "crónica" en el futuro, puede ser apropiado expulsar al Solicitante 1 de sus estudios, y esta decisión no otorga al Solicitante 1 inmunidad de su destitución por motivos suficientes en el futuro, pero soy de la opinión de que las razones y los motivos para la destitución del Solicitante y la decisión que es objeto de la petición son claramente insuficientes para justificar la decisión.
Por lo tanto, revoco la decisión, que establece que el solicitante 1 no podrá continuar sus estudios en el grado 14 y que lo aleja de los estudios frontales en el grado 13.
En las circunstancias del caso, no condeno en costas.
La notificación se dio hoy, 8 de marzo de 1992, en ausencia de las partes.