El Honorable Juez Ayala Procaccia en la Apelación Civil 9008/01 Estado de Israel v. A.M. Turgeman Ltd., IsrSC 57(5) 799 (2003), en el apartado 12 de su sentencia, p. 810:
"Junto con la importancia de llevar a cabo procedimientos penales como un valor general, existe una creciente conciencia de la importancia general de imponer responsabilidad penal a una empresa. Es cierto que la cuestión de la responsabilidad penal impuesta a una empresa se conoce como una cuestión compleja que está plagada de dificultades conceptuales y morales. Sin embargo, a pesar de las dificultades familiares que acompañan a esto, la responsabilidad penal de una empresa se estableció en la sección 23 de la Ley Penal, 5737-1977, y el concepto a favor de hacer cumplir dicha responsabilidad se está arraigando en la ley con el fortalecimiento del estatus de las empresas en la ley moderna y la conciencia que requiere su subordinación a un sistema de normas de conducta que asegure el respeto de los valores que son esenciales para la sociedad y la conformidad con las percepciones prevalecientes de la vida".
Esto también fue discutido por la Honorable Jueza Dafna Barak-Erez en HCJ 4395/12 Dror Cohen v. Central District Attorney's Office (publicado en Nevo, 2012, en adelante: el Caso Ferroviario):
"De hecho, hoy en día, el principio de responsabilidad penal corporativa es un fundamento institucional de nuestra ley... Las razones para reconocerlo son principalmente pragmáticas: la centralidad de las corporaciones en la actividad económica y la preocupación de que el no reconocimiento de la responsabilidad penal corporativa permita que los actos delictivos estén cubiertos bajo el velo opaco de la estructura corporativa".
Encontramos una visión similar en la literatura. Así, por ejemplo, las palabras de Bar-Mor, Corporations, en la página 76 (en el capítulo 4.31, que trata de la responsabilidad penal de la corporación):
"La corporación, como entidad real, tiene una entidad legalmente reconocida, es un ciudadano de la comunidad mundial y, por lo tanto, debe asumir responsabilidad penal personal para proteger los intereses que puede dañar. El alcance de las áreas y asuntos en los que está involucrada la corporación es casi exactamente el mismo que el de un individuo y, por lo tanto, debe estar sujeto a una red similar de responsabilidades. La intensa participación de la corporación en la actividad moderna invita a situaciones de acciones u omisiones realizadas en nombre de una corporación, que la sociedad desea prevenir. Por lo tanto, la prevención se llevará a cabo imponiendo responsabilidad penal personal a la corporación".