Contradicciones, lagunas e inexactitudes en el testimonio de una víctima de delito - General
- Los tribunales han abordado innumerables veces la forma en que se debe examinar la credibilidad de los testimonios de las víctimas de agresión sexual, y la fiabilidad de su versión. Eso, entre otras cosas, Porque en algunos de ellos, Las pruebas de confiabilidad que aplicamos cuando probamos la confiabilidad de otros testigos, e incluso víctimas de otros delitos, No aplicable cuando se trata de víctimas de agresión sexual. a veces, Estas pruebas nos llevarán a conclusiones opuestas a las que llegaremos al examinar los testimonios de testigos que no son víctimas de agresión sexual. La Corte Suprema ha revocado recientemente todos los fallos conocidos sobre este asunto, Volador"guímel 24996-04-25 Anonymous v.' Israel [31.8.25] [Voló"guímel 24996], Del Honorable Vicepresidente Sohlberg, Entre otras cosas, se afirma: "Como es bien sabido, aunque S.En el estado normal de las cosas, el tribunal es "meticuloso" con las contradicciones e inexactitudes en las declaraciones de los testigos que comparecieron ante él"En delitos sexuales"El enfoque es diferente, el tribunal no espera que las víctimas sean un 'dispositivo de precisión automático''...; Por lo tanto Debemos examinar la credibilidad de la denunciante con respecto al núcleo de los hechos, cuando a veces el tribunal se basta con el "núcleo" de la verdad en su versión... La razón de esto radica en las características especiales de los delitos sexuales, en particular, el trauma único que los acompaña en las víctimas del delito, que a veces conducen a inexactitudes e inconsistencias en su versión... Esto es aún más cierto cuando se trata de delitos sexuales en la familia, que se cometieron contra la víctima del delito cuando era menor de edad, a veces durante un período de años" (Referencias omitidas – De.En.f). Según también lo determinó el Honorable Juez (Como su título entonces) Amit Ltd."f 2192/23 Anonymous v.' Israel [27.6.24] [Un"f 2192/23], párrafo 11: "Cuando se trata de los testimonios de víctimas de delitos sexuales, a diferencia de otros casos, no se espera que su testimonio sea "completo, consistente, coherente y desprovisto de inexactitudes"". Así se sostuvo en"f 1324/23 Abu-Abed N' Israel [15.7.24] [interés Abu-esclavo], párrafo 66, Del Honorable Juez Kabub:
"Muchas veces se ha determinado en la jurisprudencia que al examinar el testimonio de una denunciante de un delito sexual, la confiabilidad de su versión no debe descartarse sobre la base de inexactitudes y discrepancias en los detalles. En cambio, la versión del denunciante debe examinarse de manera integral, asumiendo que no es imposible que el trauma causado por el incidente y la investigación del mismo hagan que el evento no se conserve en la memoria como documentación precisa en tiempo real. 8916/08 Anonymous v. Estado de Israel (1 de julio de 2009), (párrafo 29), de la siguiente manera: