Casos legales

Estímulo de apertura (Haifa) 1682-04-20 Alon Hanchin v. Technion – Instituto de Tecnología de Israel - parte 28

December 24, 2020
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El solicitante argumentó que una propuesta para dividir el año escolar podría haberlo ayudado en el futuro, a la luz de su condición médica.

  1. El Solicitante también afirmó que en una reunión con el Dr. Wolfensohn el 3 de marzo de 2019, revisó su plan de estudios con el Dr. Wolfensohn y no se le dijo nada sobre la cantidad de cursos en los que se inscribió, y no se le ofreció hacer ajustes a la luz de su condición médica (el Solicitante no afirma que le pidió al Dr. Wolfensohn ajustes en la cantidad de cursos que tenía que tomar, debido a una condición médica).

Según el solicitante, se inscribió en un curso de genética general el 26 de marzo de 2019, después de la reunión que tuvo lugar entre él y el Dr. Wolfensohn el 20 de marzo de 2019.

El solicitante afirma que del testimonio del Dr. Wolfensohn se desprende que no recordaba datos específicos relacionados con su reunión con el solicitante, y si el Dr. Wolfensohn había prestado atención a la carga que el solicitante asumió en el semestre correspondiente, después de la (Extracto omitido), y llamando la atención del solicitante sobre esto, el solicitante no se habría inscrito nuevamente en un curso de genética general, cuando el propósito de la inscripción era mejorar la calificación en el curso.

El solicitante opina que el asesor académico, el Dr. Wolfenson, actuó con negligencia hacia él.

  1. El Solicitante alegó que existe una contradicción con respecto a la información proporcionada al Solicitante por el Technion, ya que existe una declaración de que de los estudiantes cuyos estudios en la carrera de Ciencias Médicas fueron terminados en los últimos cinco años debido a tres fallas en la primera inscripción, o fallas repetidas en la segunda inscripción, 22 de los estudiantes estudiaron en la carrera de medicina, mientras que el Prof. Feuerstein detalló en su declaración jurada que los estudios de 56 estudiantes fueron terminados, 25 de los cuales eran estudiantes de medicina.

A la luz de la contradicción en estos datos, el Solicitante consideró que se debía dar poca importancia a la respuesta del Technion, en todos los asuntos relacionados con la recepción de información, y que hay estudiantes cuya inscripción a los cursos ha sido cancelada de una manera que evitó su fracaso y su caso debe ser llevado ante un comité asesor y de seguimiento.

  1. El solicitante al que se refiereCrimecera 30713-12-12 Anónimo contra el Instituto de Tecnología Technion de Israel [Publicado en Nevo] (18/12/13) (en adelante: "El asunto de Anonymous"), y alegó que en el caso de cierta persona, se decidió permitir que una estudiante del programa estadounidense de la Facultad de Medicina continuara sus estudios en período de prueba, en vista de su condición médica, cuando su caso fue discutido por un comité asesor y de seguimiento, después de que reprobó dos fechas de examen en el curso.

El solicitante se refirió además aCrim. Crim. 269/06 Osdon contra el Colegio Académico [Publicado en Nevo] (15/6/06) (en adelante: "El asunto de Osdon"), en relación con la determinación de que la decisión de una institución académica de poner fin a los estudios de un estudiante es ilegal, cuando las disposiciones de los reglamentos de esa institución académica se aplican de manera desigual.

  1. El solicitante alegó que, a pesar de la dificultad para recuperarse después de la (Extracto omitido), cumplió con casi todas sus obligaciones, excepto por el hecho de que no tomó Moed A y Moed B en el curso de Señales y Sistemas B.

Según el solicitante, el apretado calendario de exámenes en ese momento es indicativo de sus importantes esfuerzos.

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