Casos legales

Estímulo de apertura (Haifa) 1682-04-20 Alon Hanchin v. Technion – Instituto de Tecnología de Israel - parte 35

December 24, 2020
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El Technion señaló que el solicitante ni siquiera afirmó que se trataba de una redacción incorrecta, poco después de que se tomara la decisión del comité, cuando presentó una apelación en tiempo real al Decano de Estudios de Pregrado.

En su respuesta al incentivo introductorio, el Technion argumentó que más allá de la problemática situación académica, la conducta del solicitante durante el período de sus estudios fue problemática, ejerció un juicio irrazonable con respecto a los exámenes y que durante el curso de exposición de tercer año, hubo una acumulación de casos en los que se observó una conducta inadecuada e inusual por parte del solicitante, incluida la ausencia sin previo aviso, la falta de cumplimentación de reuniones y la falta de presentación de diarios reflexivos, de manera excepcional en comparación con la conducta de los estudiantes de la Facultad de Medicina.

El Technion señaló que este no fue el motivo de la terminación de los estudios del solicitante, pero según el Technion, este es un estudiante que no se comporta de acuerdo con los estándares que se esperan de un estudiante en la Facultad de Medicina.

  1. Según el Technion, no hay lugar para que el tribunal intervenga en las condiciones académicas establecidas por el Technion para la terminación de los estudios, que están en el centro de la discreción académica.

El papel del Technion es capacitar a los médicos en Israel, y no inscribirse en un segundo curso en el mismo curso es motivo de terminación de los estudios, como se indica en el catálogo de estudios médicos, y este es un asunto que no puede ser objeto de una discusión legal.

Además, el Technion argumentó que, dado que el solicitante eligió estudiar en el Technion, aceptó las reglas y procedimientos establecidos por el Technion, y se le prohíbe presentar reclamos contra estas reglas.

El Technion señaló además que el solicitante no solo reprobó el curso de Señales y Sistemas B en el primer y segundo registro, sino que también reprobó en la primera fecha de este curso en el tercer registro, cuando el examen se llevó a cabo en línea al final del 20/7, y el examen presentado por el solicitante se presentó como un escaneo borroso de tal manera que es imposible entender lo que estaba escrito en él.

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