Navegar y compararC.A. 1027/01 Dr. Yossi Guterman contra Jezreel Valley Academic College [Publicado en Nevo] (7/1/03).
En las circunstancias del caso, y teniendo en cuenta la importancia de la decisión con respecto a la terminación de los estudios de un estudiante de medicina, después de tres años de estudio, para ese estudiante, soy de la opinión de que existe un deber de razonamiento en el Comité de Asesoramiento y Seguimiento, especialmente a la luz del testimonio del Prof. Feuerstein, en cuanto a la discreción ejercida por el Comité, y en ausencia de criterios claros que se apliquen a todos los académicos con respecto al ejercicio de esta discreción.
Por lo tanto, cuando se trata de la ausencia de una transcripción de la audiencia ante un Comité Asesor y de Seguimiento, y la ausencia de razonamiento, se trata de deficiencias que justifican que el caso del recurrente vuelva a ser sometido a una nueva audiencia ante un Comité Consultivo y de Seguimiento, audiencia en la que se realizará una transcripción, y que la decisión en el caso del Solicitante será tomada por el Comité después de escuchar todos los argumentos, y recibir toda la información pertinente para ejercer su discrecionalidad, tomar nota de la información que se le puso en conocimiento y razonar su decisión.
- El demandado argumentó que, aunque las actas no fueron realizadas por un comité asesor y de seguimiento, se llevó a cabo una discusión ante el Decano de Estudios de Consentimiento y, por lo tanto, la ausencia de las actas, incluso si es un defecto, pierde su significado, cuando el Decano discutió en detalle la mayoría de los argumentos del solicitante planteados por él en la apelación.
A este respecto, debe responderse que se violó el derecho de apelación del recurrente cuando no tuvo ante sí el acta de la audiencia en el Comité Consultivo y de Seguimiento, así como la decisión razonada de los miembros del comité con respecto a las consideraciones para tomar la decisión, y esta información ni siquiera estaba frente a los ojos del Decano, Prof. Hazan, quien discutió la apelación del Solicitante, por lo que ella tampoco pudo saber cuál era la totalidad de las consideraciones consideradas por el Comité. o no consideró, y qué información se señaló a la atención de los miembros del comité.
- En vista de las fallas en la decisión del Comité Asesor y de Seguimiento del 18 de septiembre de 2019, que incluyen la falta de claridad en la citación a la audiencia, la falta de un protocolo del cual se puedan conocer los puntos principales, incluidos los argumentos del Solicitante, y la falta de traer la información relevante del Dr. Zohar y la Sra. X Para información de todos los miembros de la comisión, y a falta de una decisión detallada y motivada, considero que debe reanudarse la discusión sobre la cuestión de la continuación de los estudios del demandante MD El Comité Consultivo y de Seguimiento, con el fin de citar adecuadamente al solicitante e indicar por qué es convocado a la audiencia, mantendrá un protocolo en el que se registrarán los puntos principales, incluidos los argumentos del solicitante, la información que se le presente y las razones de su decisión.
Esto se debe al hecho de que el tribunal no reemplaza el juicio académico o profesional del Technion o del Comité de Asesoramiento y Seguimiento, y después de que no he encontrado en las circunstancias del caso que haya espacio para que el tribunal tome una determinación con respecto a la continuación de los estudios del solicitante, en lugar de un comité asesor y de seguimiento.