Casos legales

Estímulo de apertura (Haifa) 70021-11-19 Ilan Shpak contra el Technion-Instituto de Tecnología de Israel - parte 6

September 30, 2020
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El Dr. Zohar también señaló que en el pasado se desempeñó como mentor de otro estudiante.

  1. El 17 de septiembre de 2019, el Solicitante escribió una carta al Comité de Consejería y Seguimiento, incluso antes de la audiencia programada para el 18 de septiembre de 2019, y señaló en la carta que asumió la responsabilidad de sus fallas, pero que deseaba informar al Comité de las circunstancias que lo llevaron a esta situación, incluida una situación financiera difícil que lo obligó a trabajar en dos trabajos, su regreso a la pregunta unos meses antes de la fecha de la audiencia del comité y el incidente que le ocurrió a su amigo al que estuvo expuesto el Solicitante. Cuando la totalidad de las circunstancias le afectaron psicológicamente y perjudicaron sus estudios.

Además de la carta del solicitante, también se presentó una carta al Comité Consultivo y de Seguimiento. Sra. X, y también la carta del Dr. Yaniv Zohar.

Además de estas cartas, el solicitante se puso en contacto con la Sra. Dalia Peled de la Unidad de Promoción Estudiantil y, tras reunirse con ella, le dijo que presentaría a los miembros del Comité Consultivo y de Seguimiento el documento S/2, en el que constaba lo siguiente:

"El estudiante Ilan Shpak estuvo en la Unidad de Avance Estudiantil dos veces y contó lo que le sucedió durante los exámenes.  Tengo la impresión de que pasó por un evento difícil, que lo marcó.  Agradecería su consideración...".

El Solicitante no presentó esta carta de la Sra. Peled al Comité Asesor y de Seguimiento antes de la audiencia, que estaba programada para el 18 de septiembre de 2019 (ver págs. 8, párrafos 1-9 de la transcripción).

  1. El 18 de septiembre de 2019, un comité asesor y de seguimiento se reunió en el caso del solicitante, y en el resumen de su decisión, señaló la acumulación de los dos fracasos en el primer año de estudios del solicitante, los dos fracasos adicionales en el año académico 2019-2019, y también señaló que se trataba de un asunto de incumplimiento de las condiciones para la transición al tercer año de medicina.

El Comité Asesor y de Seguimiento observó que el Solicitante alegó haber vivido hechos personales que le afectaron durante el último semestre, pero ante la acumulación de 4 suspensiones en la primera matrícula en asignaturas obligatorias, el Comité decidió recomendar la terminación de los estudios del Aspirante para la titulación MD, sin embargo, se le dio al solicitante la oportunidad de completar sus estudios de grado Bsc (es decir, un graduado en ciencias médicas), al tiempo que señala que el solicitante debe completar sus requisitos académicos dentro de los 4 años de estudio.

  1. El 10 de octubre de 2019, el apelante presentó una apelación enmendada contra la decisión del Comité Asesor y de Seguimiento, después de recibir permiso para presentar una apelación enmendada, y también se extendió el plazo para presentar una apelación.

En el marco del recurso de casación, el recurrente planteó sus alegaciones relativas a las dificultades que le llevaron a suspender dos asignaturas en el semestre de primavera del curso 2019-2019, y también señaló que no se le dio la oportunidad de una cita especial en el curso de Física 2, a pesar de su enfermedad.

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