Casos legales

Caso (Haifa) 576/06 Liran Ben Harush contra la Universidad de Haifa - parte 2

June 29, 2008
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"Re: Su solicitud de representación legal

En respuesta a su pregunta de 27 de febrero de 2006 sobre su representación ante el Comité Disciplinario por un abogado en su nombre, lamento informarle de que he decidido no acceder a su solicitud, porque el Comité Disciplinario no se apartará del principio de que ninguna persona estará representada ante él por un abogado.

Tenga en cuenta que, de acuerdo con las Regulaciones de Disciplina Estudiantil de la Universidad, puede utilizar otro estudiante o miembro del personal académico de la Universidad, a su elección, para manejar sus argumentos durante la audiencia disciplinaria de acuerdo con la Sección 9.9 de las Regulaciones de Disciplina Estudiantil.

(...)".

 

Yo.      En respuesta a la carta antes mencionada, el Adv. Heffler envió, el 15 de marzo de 2006, una carta al Oficial Disciplinario de la Universidad de la siguiente manera:

"1.    Mi cliente (es decir, el demandante 1.  A.G.) rechaza el "principio" según el cual no tiene derecho a ser representado por un abogado.  Tampoco me inventó la fuente legal de este "principio".

  1. En opinión de mi cliente, esta es una violación fatal de uno de los derechos básicos en el Estado de Israel.  El principio es el derecho a ser representado: la desviación de él es la excepción y no al revés.
  2. Mi cliente no comparecerá ante el comité disciplinario mañana (a menos que me informe lo antes posible de que puede ser representado) y acudirá a un tribunal civil sobre el asunto.
  3. En estas circunstancias, le pido que posponga la fecha de la audiencia.

(...)".

 

  1. Los demandantes no comparecieron en la audiencia que tuvo lugar el 16 de marzo de 2006 en la Autoridad Disciplinaria de la Universidad.  Por lo tanto, recibieron una invitación a otra audiencia que se celebraría en su caso ese día 27.4.06.
  2. Día 26.4.06 Hefler anunció que reiteraba su argumento de que la falta de representación legal ante la autoridad disciplinaria era inconstitucional y, por lo tanto, ")...) Toda audiencia celebrada sin representación es nula y sin efecto, (...)".  El abogado Hefler agregó que los demandantes (y otros dos estudiantes) El asunto será abordado por el tribunal.
  3. Los demandantes no comparecieron a la audiencia que tuvo lugar en su caso el 27 de abril de 2006.  La decisión en el procedimiento disciplinario en su caso se dictó en la fecha mencionada en su ausencia.

A continuación se presentarán los principales puntos de la decisión.

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