En el caso de que la Solicitante, Dios no lo quiera, se abstenga de cooperar, en el sentido de evadir la asistencia a la reunión, no responda a la correspondencia o cualquier otro contacto con ella, personalmente o a través de sus abogados, y agobie o frustre la implementación de lo anterior, se aclara que mientras no se haya tomado una nueva decisión, la actual permanecerá vigente.
Dada la "contribución" de la demandante, por acción y omisión, al hecho de que durante muchos años su interés no fue blanqueado de la mejor manera posible, y los asuntos descritos anteriormente, decidí abstenerme de otorgar costos a su favor, y cada parte asumiría sus propios gastos.
Dado hoy, 27 de abril de 2014, en ausencia de las partes.
Ariel Vago