El testigo, el Sr. Oz: Sí.
Abogado Fruchtman: ¿Entonces mintió?
El testigo, el Sr. Oz: No mintió, dice que al final fue un borrador.
Abogado Fruchtman: No, no, dijo que no firmó el contrato con ellos.
El testigo, el Sr. Oz: Si un contrato es firmado por una de las partes, ¿está firmado?
Abogado Fruchtman: Sí.
El testigo, el Sr. Oz: Bien.
Abogado Fruchtman: ¿Firmó, Raz firmó un contrato en mayo?
El testigo, el Sr. Oz: Recuerdo que venían a nuestras oficinas, la portería,
Abogado Fruchtman: ¿En mayo?
El testigo, el Sr. Oz: No, no, antes.
Abogado Fruchtman: Hace mayo,
El testigo, el Sr. Oz: Digamos que en realidad no recuerdo las fechas.
Abogado Fruchtman: ¿Recuerdas cuando venían a tus oficinas y lo que hacían en ellas?
El testigo, el Sr. Oz: En algún momento, los tres llegaron juntos a las oficinas, cuyo propósito era firmar un contrato.
Abogado Fruchtman: ¿Había un propósito para firmar un contrato y firmaron el contrato?
El testigo, el Sr. Oz: Que yo recuerde, sí.
Abogado Fruchtman: ¿Y están estos contratos en "Kolmeid"?
El testigo, el Sr. Oz: No.
Abogado Fruchtman: ¿Dónde se encuentran estos contratos?
El testigo, el Sr. Oz: Aparentemente fueron destrozados, aparentemente, no están con nosotros. Los buscamos, no están con nosotros.
(págs. 86-87 págs.)
- La declaración jurada de Yogev Oz y el demandado tampoco indica cuándo se firmó el acuerdo (párrafo 20 de la declaración jurada de Yogev Oz). El acuerdo se ocultó al tribunal al comienzo del procedimiento. Nuestra conclusión es que el demandante firmó incluso antes. A lo largo del contrainterrogatorio del acusado, sus respuestas con respecto a la firma de los acuerdos fueron evasivas. Usó mucho las palabras "no recuerdo", y en la práctica se desprende de su testimonio que aunque en junio de 2022 se firmó un acuerdo entre ambas partes, pero del interrogatorio de Yogev Oz (p. 86, línea 20) nos enteramos de que los tres empleados del demandante firmaron un acuerdo el 22 de mayo, que también incluía la cláusula de defensa legal. Después de que dos empleados se jubilaron, se mantuvo una nueva discusión con el acusado, se mejoraron los términos y se firmó un nuevo acuerdo "legal", como dijo el acusado.
- En vista de todo lo anterior, no confiamos en que el demandado no haya encontrado el contrato de trabajo firmado. De esto se puede inferir que si se hubieran presentado pruebas, se puede inferir que si se hubieran presentado las pruebas, habría podido actuar en su contra (CA 548/78 Noa Sharon et al. v. Yosef Levy, IsrSC 35 (1), 736; CA 465/88 The Bank for Finance and Trade Ltd. v. Salima Matityahu et al. IsrSC 45(4), 651; CA 55/89 Koppel (Self-Driving) Ltd. v. Telcar Company Ltd. IsrSC 44(4), 595). De la negativa de los demandados a presentar el acuerdo al tribunal, concluimos que la provisión de esta evidencia fue perjudicial para los acusados.
- La conducta de los acusados atestigua una falta de buena fe por su parte.
El agravio de causar incumplimiento de contrato
- El agravio de causar incumplimiento de contrato es un agravio consagrado en el artículo 62 dela Ordenanza sobre Agravios [Nueva Versión]. Esta es una intervención de un tercero que a sabiendas causa un incumplimiento de un contrato válido entre otras dos partes. Para probar este agravio, examinaremos a continuación si se cumplieron los elementos del agravio en este caso:
- La existencia de un contrato vinculante : en este caso , el demandado y el demandante celebraron un contrato de trabajo. Este es un contrato legalmente válido entre dos partes.
- La demandada (la tercera) sabía de la existencia del contrato de trabajo que había hecho violar. Además, la demandada admitió que sabía que había una cláusula de no competencia en el contrato de trabajo.
- Incumplimiento de contrato : el demandante demostró que se incumplió el contrato de trabajo cuando el demandado se puso en contacto con los clientes del demandante.
- La parte incumplidora sabía de la existencia del contrato y su incumplimiento: el demandado se puso en contacto con 3 de los empleados del demandante y les prometió protección legal contra una demanda personal contra ellos. El demandado trató de ingresar al negocio de la demandante, en un campo en el que ella no había trabajado anteriormente (testimonio de Yogev Oz, p. 89, línea 8). La demandada decidió ingresar a las áreas de ocupación de la demandante y parece que actuó para acortar el camino al emplear a los empleados de la demandante.
- La demandada causó un incumplimiento de contrato cuando se acercó a la demandada con una oferta para mudarse a trabajar para ella, y más tarde cuando usó los datos y las conexiones que él trajo consigo. El demandante demostró que el acuerdo se incumplió realmente, como resultado de la intervención del demandado (tercero). El acuerdo se incumplió cuando el demandado se acercó a los clientes del demandante, todo con el apoyo del demandado. El demandado era consciente del compromiso de los empleados clave en el demandante con respecto a la restricción de contactar con los clientes o con respecto a la cláusula de no competencia y, por lo tanto, les otorgó protección legal:
Abogado Fruchtman: Y confírmeme que sabía que el contrato de trabajo de Lankri contiene obligaciones aceptables de confidencialidad, no competencia y restricción de contacto con los clientes.